SAP Zaragoza 261/2006, 18 de Mayo de 2006

PonenteFRANCISCO CUCALA CAMPILLO
ECLIES:APZ:2006:964
Número de Recurso156/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución261/2006
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO: 261/06

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. FRANCISCO ACIN GARÓS

Magistrados:

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

D. FRANCISCO CUCALA CAMPILLO

En ZARAGOZA, a dieciocho de Mayo de dos mil seis.

VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 455/2005, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de EJEA DE LOS CABALLEROS , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN número 156/2006, en los que aparece como parte apelante D. Octavio , representado por el procurador D. INMACULADA ISIEGAS GERNER, y asistido por el Letrado D. DAVID ARBUES AISA, y como apelado D. Santiago y Dª Carina , representados por el procurador D. MIGUEL CAMPO SANTOLARIA, y asistidos por el Letrado D. MIGUEL-ANGEL SANCHEZ VISCOR; en cuyos autos, con fecha 21 de febrero de 2006 , recayó Sentencia que estimó la demanda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por Santiago y Carina , representado por el Procurador Sr. NAVARRO y asistido por el Letrado Sr. SANCHEZ VISCOR, contra Octavio , representado por el Procurador Sr. GASCON, y asistido por el Letrado Sr. ARBUES, y reconociendo la efectividad del derecho real inscrito a favor de los actores, debo CONDENAR Y CONDENO al demandado a: 1- Desalojar la parcela o parte de la finca urbana objeto de litigio, y eliminar todo aquello que perturbe su ejercicio.- La parte demandada abonará las costas causadas en esta intancia."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la parte demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte actora, presentando dentro del término de emplazamiento escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.

TERCERO

No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 9 de mayo de 2006.

CUARTO

Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al pender de resolución ante esta Sala un elevado número de recursos.

Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado DON FRANCISCO CUCALA CAMPILLO

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación debe ser íntegramente desestimado. En efecto, y prima facie, la alegación reiterada de la falta de legitimación pasiva del apelante por no ser el patio de la finca de la que el apelante es propietario se anuda al instituto de la...

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