SAP Alicante 61/2008, 5 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA DOLORES LOPEZ GARRE |
ECLI | ES:APA:2008:866 |
Número de Recurso | 484/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 61/2008 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª |
Rollo de apelación nº484-07.
Juzgado de Primera Instancia nº1 de Elda
Procedimiento Juicio verbal nº 611-06
Cuantia: 2.609,60 €
S E N T E N C I A Nº 61/2008
Iltmos Srs.
Don Francisco Javier Prieto Lozano.
Don José María Rives Seva.
Doña Maria Dolores López Garre.
En la Ciudad de Alicante a cinco de Febrero del año dos mil ocho.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al
margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 484-07 los autos de juicio verbal nº 611-06 seguidos en el Juzgado
de Primera Instancia nº1 de la ciudad de Elda en virtud del recurso de apelación entablado por la parte actora Don Jose Enrique que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado por la Procuradora Señora Alberola
Pérez y defendidos por el Letrado Don Francisco Castro Medina y siendo apelado la parte demandada Don Jose María y Mercantil Cetacuatro S.L. representado por el Procurador Don Emilio Rico Pérez y defendidos por el Letrado Don
Roberto Gil Vera.
ANTECEDENTES DE HECHOS.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de la Ciudad de Elda y en los autos de Juicio nº 611-06 en fecha 1-3- 07 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-Que desestimando la demanda interpuesta por D. Jose Enrique contra D. Jose María como gerente de la mercantil CETACUATRO S.L. debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la parte demandada de las pretensiones deducidas en su contra. Y todo ello con expresa imposición en costas a la parte actora".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 484-07
En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 5-2-08 y siendo ponente la Iltma. Sra. Doña Maria Dolores López Garre.
Plantea la parte recurrente como primera cuestión la de la cuantia del procedimiento que es fijado por el juzgador a quo en la suma de 2.609,60€ teniendo en cuenta las facturas aportadas por la parte actora con la demanda,en su recurso la parte actora considera que la cuantia debe fijarse en la suma de 1.500€ al no ser bienes nuevos sino de segunda mano.
La impugnación de la cuantia no debe aceptarse, pues la parte actora en ningún momento fijo la cuantia de la demanda al considerar que ejercitando una acción reivindicatoria no era necesario la cuantificación de los bienes,no siendo aceptable fijar la cuantia según manifestaciones de la esposa del actor, frente a la documentación aportada por la demandante con la demanda.
En cuanto al fondo del asunto debatido, la parte actora solicita en su demanda la devolución de unos objetos que quedaron en el local propiedad del demandado,al haber finalizado el contrato de arrendamiento que tenia con el mismo, siendo estos objetos un toldo, un cristal de seguridad y un motor de persiana.
La parte actora alega que llegó a un acuerdo con el demandado por el que dejaba unos objetos en el local que retiraría si el nuevo inquilino no los queria, retirando el aparato de aire acondicionado, solicitando las llaves para retirar el resto de objetos negándose el demandado al estar alquilado el local, considerando que se trataba de mejoras que se quedaban en el local en virtud del contenido de la cláusula sexta del contrato.
La sentencia de...
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