SAP Granada 128/2005, 1 de Marzo de 2005

PonenteMOISES LAZUEN ALCON
ECLIES:APGR:2005:303
Número de Recurso114/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución128/2005
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

SENTENCIA NUM_128

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. ANTONIO MOLINA GARCIA

MAGISTRADOS

D. MOISES LAZUEN ALCON

D. JUAN F. RUIZ RICO RUIZ

==============================

En la Ciudad de Granada a Uno de Marzo del dos mil cinco. La Sección Cuarta de esta

Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio Art. 41 L.H ., seguidos en virtud de demanda de EXPLOTACIONES AGRARIAS TROPICALES S.A., que ha designado para que le represente en esta segunda instancia al Procurador Sr/a. Carlos Alameda Ureña, contra Jose Daniel Y Amparo , que han nombrado al Procurador Sr/a Hermoso Torres, para que les represente respectivamente en esta alzada, y contra Luis Andrés que ha designado a la procuradora Sra. Padilla Plasencia, y contra D. Alberto y Alvaro no personados en la alzada.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida Sentencia, fechado en Veinticinco de octubre de dos mil tres , contiene el siguiente Fallo: "QUE ESTIMANDO AS DEMANDAS DE CONTRADICCION interpuestas por el Procurado Sr. García Ruano, en nombre y representación de D.ª Amparo , y por la procuradora Sra. Pastor, en nombre y representación de D. Luis Andrés , y DESESTIMANDO LA DEMANDA presentada por la Procuradora S.a Aguado, en nombre y representación de "Explotaciones Agrarias Tropicales, S.A.", contra D.ª AdoraciónMorales Rodríguez, contra D.ª Amparo , contra D. Luis Andrés , y contra D. Alberto y D. Alvaro , debo declarar y declaro no haber lugar a las pretensiones por dicha entidad articuladas, imponiendo a "Explotaciones Agrarias Tropicales S.A.", las costas del procedimiento, y ordenándole la cancelación de la caución prestada, con devolución de la misma a los demandados, con imposición de las costas a la actora "Explotaciones Agraria Tropicales S.A."..."

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandante, por escrito y ante el Órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a la parte contraria, que lo impugnó; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para la votación y fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISES LAZUEN ALCON.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada en 25-10-0, por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Motril en autos del art. 41 de la L.H. 57/01 , seguidos por Explotaciones Agrarias Tropicales S.A., frente a D.ª Jose Daniel , Dª Amparo , D. Luis Andrés , D. Alberto y D. Alvaro , se formuló por la parte actora recurso de apelación que ha originado el Rollo 114/04 de esta Sala, que resolvemos, señalando, al respecto, con carácter previo, que el procedimiento del art. 41 L.H . es un proceso declarativo especial y sumario, que tiene por finalidad la efectividad de las acciones reales que dimanen de los derechos inmobiliarios inscritos, concediendo fuerza ejecutiva provisional a los asientos del Registro de la Propiedad, que quedan así equiparados a una resolución provisoria, y producen, si no hay contradicción, plenos efectos ejecutivos, por lo que con ese ejercicio se pretende, y no es otra su finalidad, conseguir un resultado, de hecho idéntico al que se lograría con la ejecución de la sentencia que se hubiere obtenido, de haber ejercitado, con éxito, en la vía ordinaria una acción real, entre las que se incluye, como más característica, la reivindicatoria. La acción derivada, pues, del art. 41 L.H ., citado, no es otra cosa que una...

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