SAP Barcelona 529/2004, 15 de Septiembre de 2004

PonenteMYRIAM SAMBOLA CABRER
ECLIES:APB:2004:10802
Número de Recurso223/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución529/2004
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N ú m. 529/04

Ilmos. Sres.

D./Dª. AMELIA MATEO MARCO

D./Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

D./Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a quince de septiembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 508/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Sant Feliu de Llobregat , a instancia de D/Dª. Eugenia , contra D/Dª. Jesús ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de Julio de 2.003 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interposada per la procuradora Mercè Parpal Roca en representació de Eugenia contra Jesús i absolc al demandat de les petisions formulades en contra seva, imposo les costes a la part actora.- Estimo parcialment la reconvenció formulada per Jesús i declaro que la parcela núm. NUM001 de la URBANIZACIÓN000 és essencialment indivisible per no tener les parceles resultants de la divisió la superficie mínima edificable necessària per poder obtener el permís d'edificació de dues vivendes aïllades. Pel que fa a les costes cada part pagarà les causades a instància seva i les comunes per meitat."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 15 de Julio de 2.004.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia dictada en la instancia y

PRIMERO

La actora a través de su escrito de demanda y tras alegar la existencia de conflictos continuos entre su propiedad y la del demandado y la imposibilidad de alcanzar una solución pacífica extrajudicialmente interesa se lleve a cabo el deslinde que separa las dos propiedades y a consecuencia del cual se efectúe este en la parte de la extensión perimetral de la mitad indivisa de la finca de su propiedad que limita con la de D. Jesús y se inscriba en el Registro de la Propiedad.

Acompaña para justificar su pretensión la escritura de compraventa otorgada en fecha en virtud de la cual la actora adquiría la mitad indivisa de la parcela número NUM000 (parcela numero NUM001 de la URBANIZACIÓN000 ), de su propietario Sr. Braulio , perteneciendo la otra mitad a D. Jesús quien en ese acto consintió la transmisión y renunció al derecho de tanteo que le correspondía ( folios 7 a 10).

La parte demandada se opone a tal pretensión y al tiempo reconviene interesando se de lugar a los siguientes pronunciamientos: 1º que la finca NUM001 es esencialmente indivisible

  1. que el derecho de la actora es de la sociedad de gananciales y no se corresponde con una cuarta parte de la finca sino con la nuda propiedad solamente, correspondiendo el usufructo a un tercero y 3º la imposición de costas a la adversa.

La sentencia dictada en la instancia desestimó íntegramente la pretensión actora estimando en parte la reconvención dando lugar exclusivamente al primer pronunciamiento pretendido, y es recurrida exclusivamente por la actora...

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