SAP Santa Cruz de Tenerife 83/2008, 12 de Marzo de 2008

PonentePABLO JOSE MOSCOSO TORRES
ECLIES:APTF:2008:364
Número de Recurso57/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución83/2008
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 83.

Rollo n.º 57/08.

Autos n.º 387/05.

Juzgado de 1ª Instancia n.º 1 de Puerto de la Cruz.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez

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En Santa Cruz de Tenerife, a doce de marzo de dos mil ocho.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Puerto de la Cruz, en los autos n.º 387/05, seguidos por los trámites del juicio ordinario y promovidos, como demandante, por DON Cesar, que ha comparecido ante este Tribunal representado por el Procurador Don Joaquín Cañibano Martín y dirigido por la Letrada Doña Gema Hernández Sánchez, contra DOÑA Olga y la entidad COMPAÑÍA SEGURO MAPFRE GUANARTEME, que han comparecido ante este Tribunal representados por la Procuradora Doña Mercedes Aranaz de la Cuesta y dirigidos por el Letrado Don Francisco José Ledesma de Taoro; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Sra. Juez Doña Laura Paule González dictó sentencia el cinco de octubre de dos mil siete cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que desestimando el suplico de la demanda inicial de las actuaciones interpuestas por el Procuradora de los Tribunales D. Pilar González Casanova Rodríguez en nombre y representación de D. Cesar, contra D. Olga y la Entidad Aseguradora MAPFRE GUANARTEME S.A debo absolver y absuelvo a los demandados expresados de los pedimentos contenidos en la misma e imponiendo las costas del procedimiento a la parte actora».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandante, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandada, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de once de febrero pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente y señalar para la votación y fallo del presente recurso el día cinco de marzo del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada desestimó la demanda en la que el actor reclamaba de las demandadas una indemnización...

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