SAP A Coruña 275/2006, 19 de Julio de 2006

PonenteJOSE RAMON SANCHEZ HERRERO
ECLIES:APC:2006:1381
Número de Recurso449/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución275/2006
Fecha de Resolución19 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA núm.275/06

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. ANGEL PANTIN REIGADA

Dª LEONOR CASTRO CALVO

D. JOSÉ RAMÓN SANCHEZ HERRERO

En Santiago de Compostela, a diecinueve de Julio de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de LA CORUÑA/A CORUÑA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000369 /2004, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de SANTIAGO DE COMPOSTELA , a los que ha correspondido el Rollo 449 /2005, en los que aparece como parte apelante D. Javier y PREVISIÓN ESPAÑOLA SA, representado por el procurador D. JOSE PAZ MONTERO, y como apelado D. Daniel , representado por la procuradora Dª SILVIA VILLAR BRUN, sobre reclamación de cantidad por daños y perjuicios, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAMÓN SANCHEZ HERRERO, quien expresa el parecer de la Sala en los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de SANTIAGO DE COMPOSTELA , por el mismo se dictó sentencia con fecha 11 de abril de 2005 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda deducida por la procuradora sra VILLAR BRUN en nombre y representación de DON Daniel asistido del letrado sr PENABAD OTERO frente a DON Javier y la entidad aseguradora PREVISIÓN ESPAÑOLA DE SEGUROS S.A ambos representados por el procurador sr. PAZ MONTERO y asistidos de la letrada sra GONZÁLEZ RODRÍGUEZ sobre responsabilidad extracontractual derivada de hecho acaecido el día 20-8-2002 debo condenar y condeno a los demandados a abonar conjunta y solidariamente al actor en la cantidad de 22.537,95 euros con imposición a la entidad demandada del abono de los intereses previstos en el art. 20 LCs desde la fecha del accidente y hasta su total abono y al demandado de los previstos en el art. 576 LEC , con expresacondena costas procesales a la parte demandada".

Con fecha 20.04.05 se dictó Auto de Aclaración cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo subsanar el error padecido en el apartado A del Fundamento de Derecho 2º se transcribió el contenido de la Diligencia de Informe de un atestado diferente al obrante en autos debiendo subsanarse tal error entendiendo suprimida tal mención y sustituida por la antes enunciada, manteniendo invariable los restantes pronunciamientos de tal resolución".

Notificada dicha resolución a las partes, por D. Javier y PREVISIÓN ESPAÑOLA SA, se presentó recurso de apelación, que fue interpuesto en legal forma y del que se dio traslado a la otra parte que presentó escrito de oposición. Cumplidos los trámites correspondientes se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida y celebrándose la correspondiente deliberación, votación y fallo el 10 de Julio de 2006.

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