SAP Madrid 151/2008, 8 de Abril de 2008
Ponente | GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL |
ECLI | ES:APM:2008:5459 |
Número de Recurso | 410/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 151/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21
MADRID
SENTENCIA: 00151/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 21
1280A
Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 914973872-73-06-07
914973874
N.I.G. 28000 1 7019485/2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 410/2006
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 896/2004
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 74 de MADRID
Ponente: ILMO. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL
CM
De: MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA
Procurador: FEDERICO RUIPEREZ PALOMINO
Contra: Santiago, Augusto, MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, MUTUA
MADRILEÑA DE TAXIS
Procurador: ALVARO JOSE DE LUIS OTERO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, IGNACIO RODRIGUEZ DIAZ, ALVARO JOSE
DE LUIS OTERO
SENTENCIA
MAGISTRADOS Ilmos Sres.:
D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL
Dª. ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ
D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ
En Madrid, a ocho de abril de dos mil ocho. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid,
compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal número
896/2004, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 74 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante
Mapfre Mutualidad de Seguros, y de otra, como apelados-demandados don Santiago, don Augusto y
Mutua Madrileña Automovilista.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el ILMO. Sr. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 74 de Madrid, en fecha 30 de mayo de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo la demanda interpuesta por MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS REASEGUROS A PRIMA FIJA, contra D. Santiago; MUTUA MADRILEÑA DE TAXIS; D. Augusto; MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA y así mismo la reconvención deducida por D. Santiago frente a la actora, imponiendo a la demandante las costas excepto las de la reconvención actuada que se imponen al reconviniente".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de 18 de febrero de 2008, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 1 de abril de 2008.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
El día 30 de marzo de 2004 se produjo un accidente de tráfico a la altura del Km. 14.200 de la vía A-3 (Madrid-Valencia), en los carriles de sentido hacia Valencia, término municipal de Madrid, cuando el vehículo Seat Toledo matrícula.... WJB, conducido por su propietario D. Antonio, y que circulaba por el carril derecho frenó bruscamente encontrándose a la altura de una salida de la vía, hallándose la calzada mojada por la lluvia y sin existir retenciones de tráfico, siendo colisionado en su parte trasera por el vehículo Seat Ibiza matrícula M-2805-LX, conducido por su propietario D. Santiago y asegurado de responsabilidad civil en Mutua MMT Seguros Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija, que le seguía en la circulación. Posteriormente, este último vehículo fue golpeado a su vez por el Ford...
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