SAP A Coruña 104/2000, 29 de Mayo de 2000

PonenteANGEL MANUEL PANTIN REIGADA
ECLIES:APC:2000:2017
Número de Recurso254/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución104/2000
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA

Núm 104/2000

En Santiago de Compostela, a veintinueve de Mayo de dos mil.

Visto por la Sección Sexta de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago, integrada por DON ÁNGEL PANTIN REIGADA, Presidente, DON JOSE VICENTE ZABALA RUIZ y DON JOSE RAMON SÁNCHEZ HERRERO, Magistrados, el procedimiento civil Rollo n° 254/2000 de esta Sección de apelación de sentencia de juicio verbal por hecho de la circulación, dictada el 21.12.98 por el Juzgado de 1ª Instancia n° 6 de Santiago en el juicio n° 311/1997 de ese Juzgado; y en el que son parte, como apelante CIA. HERCULES SEGUROS ARGENTARIA; y como apelados Montserrat , José , Ángel Daniel Y "COMPSA"; y siendo Ponente el Presidente Don ÁNGEL PANTIN REIGADA, quien expresa el parecer de la Sala, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los consignados en la sentencia recurrida y

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia n° 6 de Santiago en el juicio 311/1997 de ese Juzgado, se dictó sentencia, con fecha 21.12.98 cuyo Fallo era del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por el procurador D. Narciso Caamaño Queijo, en nombre y representación de Dª Montserrat , en cuanto se dirige contra D. Ángel Daniel , COMPSA y Hércules Seguros Argentaria, debo condenar y condeno a estos demandados a que solidariamente indemnicen al actor en la cantidad de TRESCIENTAS SETENTA Y CINCO MIL PESETAS (375.000 PTAS.) cantidad que con respecto a la aseguradora demandada devengará el interés previsto en el artículo 20 de la ley de Contrato de Seguro ; y desestimando la mencionada demanda en cuanto se dirige contra el demandado D. José debo absolver y absuelvo a dicho demandado de las pretensiones deducidas en su contra. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas

SEGUNDO

Por la representación de HERCULES HISPANO se interpuso contra la misma recurso de apelación, que se formalizó en legal forma, interesando se dicte en su día sentencia por la que acogiendo el recurso se revoque la recurrida y se desestime la demanda adversa, verificándose los correspondientes traslados con el resultado obrante en autos.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala, se señaló el día 23 de mayo de 2000 para la deliberación del mismo.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado, esencialmente, las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se ACEPTAN los de la Sentencia apelada en cuanto no entren en contradicción con los siguientes, y

PRIMERO

La sentencia de instancia estimó parcialmente la demanda interpuesta y condenó a que se indemnizara al demandante en el valor venal de su vehículo que resultó dañado al chocar contra un contenedor metálico de recogida de escombros que estaba situado sin señalización de su presencia ocupando parcialmente la calzada por la que marchaba el automóvil, y condenó por ello a la empresa propietaria del contenedor, a la aseguradora de sus responsabilidades civiles y al contratista que había alquilado y hacía uso de dicho contenedor. La sentencia ha sido apelada por la...

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