SAP A Coruña 97/2008, 10 de Marzo de 2008

PonenteMARIA DEL CARMEN MARTELO PEREZ
ECLIES:APC:2008:1406
Número de Recurso465/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución97/2008
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

SENTENCIA

A CORUÑA, a diez de Marzo de dos mil ocho.

En el recurso de apelación civil número 465/07 interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 2 de A Coruña, en Juicio verbal núm. 415/07, sobre reclamación de cantidad, siendo la cuantía del procedimiento 2.535 euros,seguido entre partes: Como apelante DON Jose Pedro , representado por el procurador Sr. PEREZ LIZARRITURRI y como apelados AXA AURORA IBÉRICA S.A. , representada por el procurador Sr. PUGA GÓMEZ Y seguros la ESTRELLA S.A. y DON Gaspar , representados por el procurador Sr. DEL RIO SÁNCHEZ.- Siendo Ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARIA DEL CARMEN MARTELO PÉREZ.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de A Coruña, con fecha 31 de mayo de 2007, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:

Que estimando como estimo en parte la demanda a instancia de Don Jose Pedro , mayor de edad y con domicilio en la calle DIRECCION000 núm. NUM000 piso NUM001 de A Coruña; asistida por el letrado Sr. Trillo Lema y representada por el procurador Sr. Pérez Lizarriturri, contra Don Gaspar mayor de edad y la entidad estrella de Seguros, SA representados por el procurador Sr. Dil Rio y asistido por el letrado Sr. Martínez y Don Hugo y Seguros Axa, SA representados por el procurador Sr. Puga Gómez y asistidos del letrado Sr. López Álvarez declaro que los demandados Gaspar mayor de edad y la entidad estrella de Seguros, SA con carácter solidario satisfagan al actor la cantidad de quinientos cuarenta y dos euros con ochenta y seis céntimos de euro (542,86 euros), mas el interés del Art. 20 de la LCS desde la fecha del siniestro respecto a las aseguradoras condenando a cumplir la presente declaración y sin hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de DON Jose Pedro , que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 19 de febrero de 2008, fecha en la que tuvo lugar.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los de la presente resolución.

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia - que estima parcialmente la demanda planteada por la representación de don Jose Pedro - interpuso recurso de apelación la representación de la parte actora interesando la revocación de la misma y se dicte otra por la que se estime íntegramente la demanda. Fundamenta su recurso en las siguientes alegaciones: Que la practica totalidad de los daños sufridos por su vehículo fueron causados por los violentos impactos que le fueron propinados por los vehículos de los codemandados sin que el primer impacto que propinó el recurrente al vehículo que le precedía causara daño alguno a los mismos debido a su escasa entidad. Lo así alegado, sostiene, queda acreditado por las declaraciones de los conductores de los vehículos implicados, por el contenido del atestado y por el informe pericial de valoración de daños. Que los daños sufridos por su vehículo en la parte trasera ascendían a

7.232,54 euros y en su parte delantera a 1.449,27 euros, dato que evidencia que su vehículo sufrió dos violentos impactos en su parte trasera que hicieron que se desplazara de forma violenta contra el vehículo que le precedía, causando en ese segundo impacto la mayor parte de los daños sufridos en la parte delantera de su vehículo. Que los daños sufridos por su vehículo en su parte trasera, causados por los...

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