SAP Madrid 174/2008, 3 de Abril de 2008
Ponente | PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:2008:5262 |
Número de Recurso | 163/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 174/2008 |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00174/2008
Rollo: RECURSO DE APELACION 163 /2008
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 65 /2007
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ARGANDA DEL REY
PONENTE: ILMO. SR. PEDRO POZUELO PÉREZ
APELANTE: Lina
PROCURADOR: ROSA MARIA MARTINEZ VIRGILI
APELADO: MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, Jon
PROCURADOR: FEDERICO RUIPEREZ PALOMINO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO
En MADRID, a tres de abril de dos mil ocho.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Arganda, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Dª Lina representada por la Procuradora Sra. Martínez Virgili y de otra, como apelada demandada MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el Procurador Sr. Ruipérez Palomino y como apelado demandado incomparecido D. Jon, seguidos por el trámite de juicio verbal.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PÉREZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Arganda del Rey, en fecha 24 de julio de 2007, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando en su totalidad la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Carolina Lopez Rincon en nombre y representación de Lina absuelvo a Jon y la entidad aseguradora MAPFRE de las peticiones realizadas de contrario, condenando a la demandante al pago de las costas.".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 27 de marzo de 2008.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que contra la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda se interpone por la parte actora el presente recurso de apelación. En autos se instó una demanda en reclamación de cantidad reclamando el importe del lucro cesante por tiempo por tiempo en el vehículo propiedad de la actora, dedicada a la actividad de alquiler de vehículos permaneció paralizado como consecuencia de un accidente de circulación.
Que planteados en esta forma los términos en los que se desenvuelve la litis, el núcleo de la litis y por ende de la alzada se centra en la determinación de la realidad de los perjuicios reclamados en concepto de lucro cesante
En cuanto al lucro cesante, tal y como dice el Tribunal Supremo en Sentencia de 6-9-91, "faltan datos firmes para valorar un lucro cesante, sin que el auxilio de la equidad consienta su sustitución por un criterio meramente subjetivo, tanto mas cuanto, que es...
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