SAP Murcia 27/2008, 21 de Febrero de 2008
Ponente | FRANCISCA ISABEL FERNANDEZ ZAPATA |
ECLI | ES:AP:2008:145 |
Número de Recurso | 431/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 27/2008 |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00027/2008
Ilmos. Sres.:
Doña María Jover Carrión
Presidente
Don Jaime Giménez Llamas
Doña Francisca Isabel Fernández Zapata
Magistrados
SENTENCIA Nº 27 /2008
En la ciudad de Murcia, a veintiuno de Febrero de dos mil ocho.
Vistos por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 376/07 -Rollo nº 431/07-, en los que figura como demandante D. Felix, en ambas instancias representado por la Procuradora Sra. Belda González y defendido por el Letrado Sr. Cayuela Carlos, y como demandada, la mercantil Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., representada por el Procurador Sr. Bueno Sánchez y defendida por la Letrada Sra. Vidal Pérez; los cuales penden ante esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada, contra la sentencia de fecha 27 de mayo de 2007, dictada por el referido Juzgado, siendo apelado el actor, y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Suplente Dª. Francisca Isabel Fernández Zapata, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Belda González en representación de Felix y debo condenar y condeno a éste a que abone a la actora la cantidad de 3926,98 euros más los intereses legales y las costas del procedimiento".
Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por la demandada, recurso de apelación, y dado traslado del mismo a la parte contraria, se opuso expresamente, interesando su desestimación. Remitidos los autos a la Audiencia Provincial, por la Sección Tercera se formó el oportuno Rollo nº 431/07, señalándose el día 21 de febrero de 2008 para su deliberación y votación, quedando pendiente de resolución.
En la sustanciación de la presente causa se han observado las prescripciones legales.
La sentencia recurrida estima la demanda entablada contra la mercantil aseguradora del vehículo causante del accidente y en el que se vio involucrado el turismo del actor, condenándola al abono de los daños materiales por los que se reclama en la presente litis.
La parte apelante disiente del pronunciamiento condenatorio alegando, en síntesis, que es el propio actor el que introduce en su demanda una indeterminación económica, al aportar únicamente un presupuesto de reparación, pero sin que en ese momento el vehículo hubiera sido reparado, de suerte que habría que estar al valor venal del mismo, por ser el único del que disponía la parte demandada. Igualmente, discrepa de la admisión por parte del Juzgador a quo en el acto de la audiencia previa de la factura de reparación, al ser extemporánea, así como de la denegación por el mismo de las pruebas de las que esa parte pretendía valerse para rebatir lo peticionado por el actor, colocándole en una manifiesta situación de...
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