SAP Navarra 137/2007, 29 de Junio de 2007
Ponente | MARIA ESTHER ERICE MARTINEZ |
ECLI | ES:APNA:2007:163 |
Número de Recurso | 48/2007 |
Número de Resolución | 137/2007 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Navarra, Sección 1ª |
S E N T E N C I A Nº 137/2007
Presidente
D. FERMÍN ZUBIRI OTEIZA
Magistrados
D. JOSÉ JULIÁN HUARTE LÁZARO
Dª. ESTHER ERICE MARTÍNEZ (Ponente)
En Pamplona/Iruña, a 29 de junio de 2007.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 48/2007, derivado del Juicio ordinario nº 687/2005, del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Pamplona/Iruña; siendo parte apelante, MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., representada por la Procuradora Dª ELENA MATUREN MIGUEL y asistida por la Letrada Dª TERESA AGUIRREOLEA MORALES; parte apelada, Dª. Elsa, D. Alonso, Dª. Silvia y Dª. Cecilia, representados por la Procuradora Dª Mª BELÉN GOÑI JIMÉNEZ, y asistidos por el Letrado D. ANTONIO SANCHEZ DE BOADO DE LA VALGOMA.
Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª ESTHER ERICE MARTÍNEZ.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Con fecha 21 de noviembre de 2006, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Pamplona/Iruña dictó Sentencia en Juicio ordinario nº 687/2005, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Maturen, en nombre y representación de María Virtudes y Casimiro, contra Elsa, representada por la Procuradora Sra. Goñi, debo condenar y condeno a Elsa a que indemnice a María Virtudes en la cantidad de 2.377,99 € y a Casimiro en la de 718,60 €, así como que estimando parcialmente la reconvención deducida por Elsa contra María Virtudes, Casimiro y MAPFRE Mutualidad de Seguros y Reaseguros, representados por la Procuradora Sra. Maturen, debo condenar y condeno a Casimiro y a MAPFRE Mutualidad de Seguros y Reaseguros a que indemnicen solidariamente a la Sra. Elsa en la cantidad de 26.397,08 € que devengará a cargo de MAPFRE el interés de mora previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro al tipo del 20% desde el 9 de agosto de 2003 hasta la fecha de pago, absolviendo a la Sra. María Virtudes de los pedimentos deducidos contra la misma en la reconvención y estimando parcialmente la demanda interpuesta por Alonso, Silvia y Cecilia frente María Virtudes, Casimiro y MAPFRE Mutualidad de Seguros y Reaseguros, debo condenar y condeno a Casimiro y a MAPFRE Mutualidad de Seguros y Reaseguros a que indemnicen solidariamente a los demandantes dichos en la cantidad de 2.933 € a cada uno de ellos, cantidad que devengará a cargo de MAPFRE el interés de mora previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de seguro al tipo del 20% desde el 9 de agosto de 2003 y hasta la fecha de pago absolviéndose a la Sra. María Virtudes de los pedimentos deducidos contra la misma, sin que haya lugar a condena en costas."
Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROSS.A., solicitando se estime el mismo revocándose parcialmente la sentencia recurrida en el sentido de no condenar a Mapfre Mutualidad de Seguros, al interés del art. 20 de la L.C.S. desde la fecha del accidente, solicitándose la confiración con respecto al resto de los pronunciamientos.
La parte apelada, Dª. Elsa, D. Alonso, Dª. Silvia y Dª. Cecilia, evacuaron el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia, condenando en costas...
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