SAP Álava 120/2005, 6 de Septiembre de 2005

PonenteJESUS ALFONSO PONCELA GARCIA
ECLIES:APVI:2005:527
Número de Recurso155/2005
Número de Resolución120/2005
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 120/05

En el recurso de Apelación civil Rollo de Sala 155/05, Autos de Juicio Verbal número 27/05, procedente del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Vitoria , promovido por D. Jose Carlos , dirigido por el Letrado D. Jaime Aperribay Ganzabal y representado

por el Procurador D. Iñaki Sanchíz Capdevila, frente a la Sentencia de fecha 11.05.05 , siendo parte apelada D. Luis Andrés , dirigido por el Letrado D. Antonio Alonso Guallart y representado por la Procuradora Dª Soledad Carranceja Díez; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Alfonso Poncela García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de procedencia sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "La desestimación de la demanda interpuesta por el Procurador Sr Sanchiz en representación de D. Jose Carlos contra D. Luis Andrés , representado por la Procuradora Sra Carranceja, sin especial pronunciamiento en costas".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de D. Jose Carlos , alegando los motivos que se examinarán en los fundamentos siguientes, recurso que fue admitido a trámite por providencia de fecha 20.06.05, dando traslado a las partes por diez días para alegaciones. Por la representación de D. Luis Andrés , se presentó escrito de oposición al recurso formulado de contrario, elevándose los autos a esta Audiencia, previo cumplimiento de los trámites legalmente previstos.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Audiencia, en fecha 26.07.05 se formó el rollo, registrándose y turnándose la ponencia, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 5 de Septiembre de 2005.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En las presentes actuaciones se ejercita una acción de responsabilidad extracontractual basada en el artículo 1905 del Código Civil y derivada del accidente en el que el demandante atropelló a un perro que sorpresivamente irrumpió en la calzada, del que resultaron daños materiales en el vehículo, cuyo coste de reparación reclama. La sentencia de instancia desestima la demanda, señalando el hecho de la desposesión del dueño del perro, aquí demandado, pues es un hecho acreditado que el Sr. Luis Andrés denunció la pérdida del animal el 25 de septiembre de 2001 y el siniestro acaeció el 17 de mayo de 2004. El actor recurre destacando el caracter objetivo de la responsabilidad impuesta por el artículo 1905 y la propia previsión legal ("es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe").

Para la solución del recurso conviene empezar con un recordatorio de la doctrina sobre esta clase de responsabilidad. Así, la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de enero de 1986 enseñaba que "con precedentes remotos en la romana actio de pauperie (si quadrupes pauperiem fecisse dicetur, actio ex lege duodecim tabularum descendit: D.9.1.1.) y en la legislación alfonsina, que ya reguló acerca de > (Ley 22, título 15, Partida 7ª), el artículo mil novecientos cinco del Código Civil contempla una responsabilidad de carácter no culpabilista o por riesgo, inherente a la utilización del...

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