El acceso al recurso de amparo ante el tribunal constitucional frente a resoluciones del orden penal

AutorMercedes Pérez Manzano
Cargo del AutorCatedrática de Derecho Penal - Universidad Autónoma de Madrid
Páginas123-149
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III. EL ACCESO AL RECURSO DE AMPARO
ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
FRENTE A RESOLUCIONES DEL ORDEN PENAL *
Mercedes PÉREZ MANZANO
Catedrática de Derecho Penal
Universidad Autónoma de Madrid
1. INTRODUCCIÓN
La LO 6/2007, de 24 de mayo, modif‌icó, como es sabido, la Ley Orgá-
nica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, introduciendo
entre otras modif‌icaciones una que tiene especial importancia respecto del
funcionamiento y naturaleza del recurso de amparo como instrumento de
protección de los derechos fundamentales: la introducción de un nuevo re-
quisito de admisión del recurso de amparo consistente en que la demanda de
amparo tenga especial trascendencia constitucional. Si los cambios operados
suponen la transformación del modelo de protección de los derechos fun-
damentales, esta transformación debería haber tenido ya, tras cinco años de
vigencia del nuevo modelo, una gran repercusión entre los recursos de am-
paro interpuestos contra resoluciones dictadas en el orden penal, de modo
que examinar lo que ha ocurrido en relación con este sector del amparo
puede constituir un buen banco de pruebas para testar el alcance real de la
reforma.
Para realizar este análisis me voy a ocupar, en primer término, de expo-
ner las características esenciales de la reforma introducida en la LO 6/2007,
ref‌iriéndome al contexto práctico en el que se produjo, así como al contexto
normativo internacional con el que se compara; en segundo lugar, me ocu-
paré de la interpretación realizada por el Tribunal Constitucional sobre este
nuevo requisito de admisión del amparo y de la valoración que la doctrina ha
* Este texto tiene su origen en la conferencia pronunciada en febrero de 2011 en la Facultad
de Derecho de Barcelona en el marco de las Jornadas «Constitucionalismo, Teoría del derecho y
modelo de Derecho penal». En esta publicación he mantenido el formato de la misma, procediendo
tan sólo a la actualización de las citas y la jurisprudencia.
Mercedes Pérez Manzano
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efectuado de la reforma; en tercer lugar, intentaré contextualizar en el mar-
co penal los distintos supuestos en los que se puede considerar concurren-
te el requisito relativo a la trascendencia constitucional poniendo algunos
ejemplos, y, en cuarto lugar, sistematizaré los pronunciamientos del Tribunal
Constitucional relativos a resoluciones judiciales dictadas en el orden penal
desde que se puso en marcha la reforma y en especial desde que se dictó
la STC 155/1999, y ello con el objetivo de testar los efectos prácticos de la
reforma.
2. LA REFORMA DEL RECURSO DE AMPARO EN LA LO 6/2007,
DE 24 DE MAYO
2.1. Generalidades y contexto teórico-práctico de la reforma
Los pilares básicos sobre los que se asienta la reforma del recurso de
amparo son dos: la introducción de un nuevo requisito de admisibilidad
de las demandas de amparo consistente en que la demanda tenga trascen-
dencia constitucional para justif‌icar una decisión de fondo por parte del
Tribunal Constitucional y la modif‌icación del incidente de nulidad de actua-
ciones para ampliar las posibilidades de alegar y reparar las vulneraciones
de derechos fundamentales en la jurisdicción ordinaria. Con lo segundo se
pretende colmar las lagunas de protección que existían en los casos en los
que la vulneración se producía ex novo en la última instancia y dar mayor
protagonismo a la jurisdicción ordinaria en la protección de los derechos
fundamentales potenciando su función de primer garante de los mismos; y
con lo primero se pretende también, limitar el acceso al recurso de amparo
ante el Tribunal Constitucional, dejando los pronunciamientos del Tribunal
Constitucional sólo para casos excepcionales 1.
Como razón principal de esta reforma no se encuentra un argumento
teórico sobre el sentido del recurso de amparo constitucional en nuestro Es-
tado constitucional de Derecho, sino uno de carácter práctico: la necesidad
de atender a la situación de colapso del Tribunal Constitucional produci-
do a f‌inales de los años noventa del pasado siglo, con motivo del aumento
continuo del número de demandas de amparo presentadas ante el Tribunal
Constitucional. Este aumento de las demandas de amparo puede explicarse
desde dos perspectivas: de un lado, desde la óptica de que la demanda de
amparo ha calado en la ciudadanía como mecanismo de protección de los
1 Además de estas dos reformas básicas, la LO 6/2007 ha introducido otras de menor calado
como las relativas al plazo y lugar de presentación de las demandas de amparo, a los requisitos de
la invocación y agotamiento de la vía judicial previa, al fortalecimiento de la suspensión de los actos
o resoluciones recurridos en amparo durante la tramitación del mismo y a la reorganización del
Tribunal de cara a que las secciones puedan resolver los recursos de amparo en los que se trate solo
de aplicación de doctrina.

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