SAP Madrid 260/2006, 25 de Julio de 2006

PonenteARACELI PERDICES LOPEZ
ECLIES:APM:2006:10247
Número de Recurso268/2006
Número de Resolución260/2006
Fecha de Resolución25 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

ARACELI PERDICES LOPEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00260/2006

Rollo de apelación número 268/2006

Juicio de Faltas número 192/2005

Juzgado de Instrucción número 6 de Collado Villalba

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION PRIMERA

S E N T E N CI A Nº 260

En Madrid, a veinticinco de julio de 2006

La Ilma. Sra. Dª Araceli Perdices López, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Primera, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2º de la L.O.P.J., ha visto el presente recurso de apelación de juicio de faltas número 192/2005 del Juzgado de Instrucción número 6 de Collado Villalba, en el que ha sido parte como apelante Dª Virginia y como apelado D. Narciso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el indicado juicio de faltas se dictó sentencia el día 9 de enero de 2006 con el siguiente fallo:

"Que absuelvo libremente a D. Narciso, a Dª Melisa, a D. Marco Antonio, a Dª Diana, a D. Héctor y a Dª María Antonieta de los hechos que han dado lugar a las presentes actuaciones, con declaración de oficio de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia formuló recurso de apelación Dª Virginia que fue admitido a trámite, dándose traslado del mismo por diez días al resto de las partes con el resultado que obra en la causa, remitiéndose seguidamente los autos a esta Sala sin que se haya interesado, ni considerado necesaria la celebración de vista.

Se dan por reproducidos los de la sentencia de instancia, que se aceptan en su integridad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que acuerda la absolución de los denunciados por ser contradictorias la versiones ofrecidas en el juicio, se alza la apelante interesando que se eliminen de la sentencia las referencias a las corroboraciones entre varios denunciados, y que se incluyan las manifestaciones del testigo Narciso respecto a que ninguno de los presentes en Sala insultó ni llamó hijo de puta, aunque si le insultaron otras personas, y las de la propia apelante al declarar cuando le presentaron unos documentos a reconocer, lo que dijo fue que faltaban frases y no eran exactamente iguales.

Tal pretensión no puede ser objeto de estimación ya la Juez sentenciadora no viene obligada a recoger en su resolución lo que hayan manifestado cada una de las partes, ni menos aún lo que una de ellas considere debe figurar, sino a...

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