ORDEN ICT/56/2002, de 27 de febrero, por la que se abre la convocatoria y se aprueban las bases para el otorgamiento de incentivos a la inversión industrial (código de ayuda 10101).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ICT/56/2002, de 27 de febrero, por la que se abre la convocatoria y se aprueban las bases para el otorgamiento de incentivos a la inversión industrial (código de ayuda 10101).

La necesidad de fomentar el equilibrio industrial del territorio ha estado presente desde el 1989, tradicionalmente, entre los ejes de la política industrial del Departamento de Industria, hoy de Industria, Comercio y Turismo. Ha contado con líneas de ayuda mediante diversas órdenes que han sido objeto de publicación, con la incorporación de las directrices introducidas por la directiva comunitaria de ayudas a las pequeñas y medias empresas (pymes).

Atendiendo las recomendaciones parlamentarias surgidas a raíz del debate sobre la ley de presupuestos que puso de manifiesto el consenso existente para abrir nuevamente la convocatoria de ayudas para el año 2002, que incentiven prioritariamente proyectos de empresas de inversión industrial con carácter innovador y competitivo, y que consoliden la industria en zonas de regresión demográfica, focalizando la elegibilidad de los proyectos entre aquellos de los presentados que prioricen el aspecto marcadamente innovador, que comporte modernización del sistema de producción y que lleve aparejada una vocación de proyección internacional en la comercialización de su producto.

Por tanto, vista la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, la Ley 20/2001, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2002, la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas administrativas, fiscales y de adaptación al euro, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y de acuerdo con el Reglamento núm. 70/2001, de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del tratado CE a las ayudas estatales a las pymes,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir la convocatoria para el otorgamiento de incentivos para la difusión territorial de la industria.

Artículo 2

Las ayudas serán gestionadas por el Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial, de acuerdo con las bases reguladoras que se publican en el anexo de la presente Orden.

Artículo 3

Se aprueban las bases que tendrán que regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

A estas bases les son de aplicación el Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprobó el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de la Generalidad de Cataluña modificado por el artículo 28 de la Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de medidas administrativas, fiscales y de adaptación al euro, por el artículo 24 de la Ley 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas, por el artículo 15 de la Ley 15/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas y por el artículo 25 de la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Artículo 4

Vista la Ley 20/2001, de 28 de diciembre, para los presupuestos del 2002, la cuantía máxima destinada a estas ayudas para el año 2002 es de 6.000.000 de euros, de la partida del presupuesto de la Dirección General de Industria 20.03.770.2002 que serán transferidas al Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial, de acuerdo con las necesidades presupuestarias derivadas de las ayudas que hayan sido seleccionadas y concedidas, el cual actuará como entidad colaboradora según lo que dispone el Decreto legislativo 9/1994.

Disposición adicional

Se delega en el director general de Industria la resolución de concesión de las ayudas sobre las solicitudes presentadas.

Barcelona, 27 de febrero de 2002

Antoni Subirà i Claus

Consejero de Industria, Comercio y Turismo

Anexo

Bases

-1 Objeto de las ayudas

1.1 El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a proyectos de inversión industrial que promuevan el crecimiento, la modernización y la innovación del tejido empresarial de las zonas recogidas en la presente disposición, a lo largo del año 2002.

1.2 Tienen carácter de elemento subvencionable los activos fijos materiales, como edificaciones, instalaciones y bienes de equipo.

1.3 Las inversiones y los proyectos industriales objeto de la subvención tendrán que estar ubicados en una de las comarcas siguientes: L'Alt Urgell, L'Alta Ribagorça, El Baix Ebre, El Berguedà, La Conca de Barberà, Les Garrigues, La Garrotxa, El Montsià, La Noguera, El Pallars Jussà, El Pallars Sobirà, El Pla d'Urgell, El Priorat, La Ribera d'Ebre, El Ripollès, La Segarra, El Solsonès, La...

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