STSJ Comunidad de Madrid 1145/2006, 6 de Junio de 2006

PonenteANGELES HUET DE SANDE
ECLIES:TSJM:2006:8683
Número de Recurso913/2003
Número de Resolución1145/2006
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01145/2006

SENTENCIA Nº 1.145

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

En la Villa de Madrid a seis de julio del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo nº 913/03, interpuesto en su propio nombre y derecho por don Ismael, Funcionario del Ministerio de Defensa, contra la resolución dictada por el Subsecretario de Defensa, de fecha 21 de febrero de 2003, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la resolución del General Jefe del MACEN y 1ª Región Aérea, desestimatoria de la solicitud de abono del complemento de dedicación especial; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ser ajustada a Derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

Por la Abogacía del Estado se contesta a la demanda, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a Derecho.

TERCERO

No habiéndose recibido el presente proceso a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación y fallo el día 6 de julio de 2006, teniendo lugar así.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Angeles Huet Sande.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso jurisdiccional, don Ismael, en su propio nombre y derecho, impugna la resolución del Subsecretario de Defensa de 21 de febrero de 2003, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la resolución del General Jefe del MACEN y 1ª Región Aérea, desestimatoria de la solicitud de abono del complemento de dedicación especial

En esencia, el recurrente alega en su escrito de demanda que se encuentra destinado en una Unidad de Música por lo que ha de estar permanentemente localizado.

SEGUNDO

Por lo que se refiere al complemento de dedicación especial, según establecía el artículo 4.4 del Reglamento de Retribuciones (RD 1494/91 ), su finalidad era...

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