AAP Madrid 276/2003, 10 de Julio de 2003

ECLIES:APM:2003:8402
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución276/2003
Fecha de Resolución10 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Juicio Oral nº 479/02

Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid

Rollo de Sala nº 78/2003

JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, en el nombre de

SU MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 276/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Magistrados

D. JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

D. PASCUAL FABIÁ MIR

En Madrid, a diez de julio de dos mil tres.

VISTO en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el Juicio Oral nº 479/02, Rollo de Sala nº 78/03, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe, seguido de oficio por un delito continuado de abandono de familia contra el acusado Juan Pedro , venido a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por el acusado, contra la sentencia dictada en fecha 14 de enero de 2003; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante, dicho acusado, representado por la Procuradora Dª. Angela Cristina Santos Erroz, y defendido por la Letrada Dª. Manuel Izquierdo García, y como apelado, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por escrito de 1 de febrero de 2003, la Procuradora de los Tribunales doña Angela Cristina Santos Erroz, en representación de don Juan Pedro , ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de 14 de enero de 2003 del Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid.

El recurrente resultó condenado como autor de un delito continuado de abandono de familia (art. 227.1 y 3 CP) a la pena de arresto de dieciocho fines de semana.

La sentencia condenatoria declara probados los siguientes hechos:

HECHOS PROBADOS: Se declara probado que con fecha de 14 de octubre de 1988 se dictó por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Colmenar Viejo sentencia de separación matrimonial entre Juan Pedro , mayor de edad y ejecutoriamente condenado en sentencias de 9-5-1994 y 24-9-1998 por delitos de impago de pensiones, y su esposa Carmen , en las que se establecía que el primero debía pagar la cantidad de 50.000 pesetas mensuales en concepto de alimentos para los hijos del matrimonio, no obstante lo cual no satisfizo la pensión en el período comprendido desde febrero de 1994 a noviembre de 1998 y desde enero de 2000 a febrero de 2002

El apelante ha solicitado la revocación de la sentencia y su absolución, basándose en que la prueba practicada en el juicio oral no es suficiente para servir de fundamento a la condena.

SEGUNDO

Por escrito de 20 de marzo de 2002, el Ministerio fiscal ha impugnado el recurso solicitando la confirmación de la resolución impugnada.

TE...

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