SAP Madrid 133/2008, 14 de Marzo de 2008
Ponente | FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE |
ECLI | ES:APM:2008:4728 |
Número de Recurso | 58/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 133/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00133/2008
Rollo nº 58/2008
Procedimiento Abreviado nº 295/2007
Juzgado de lo Penal nº 4 de Móstoles
S E N T E N C I A Nº 133/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Francisco Javier Vieira Morante
Magistrados:
Dña. Araceli Perdices López
D. Eduardo Porres Ortiz de Urbina
En Madrid a catorce de marzo del dos mil ocho.
Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital, en Audiencia Pública y en grado de Apelación, los
presentes Autos nº 295/2007 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 4 de Móstoles, seguidos por
supuesto delito de abandono de familia, siendo apelante Don Carlos José, apelado y parte el Ministerio Fiscal.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier Vieira Morante.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 12 de noviembre del 2007, en la que se declararon probados los hechos siguientes:
Se declara probado que el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, estaba obligado por sentencia del juzgado de Primera Instancia 3 de Alcorcón, de fecha 17 de septiembre de 2002, el pago a su ex mujer, Maribel, de una pensión de alimentos a favor de sus hijos menores de 210 euros mensuales. A pesar de ello y aún cuando el acusado tenía ingresos económicos suficientes para hacer dicho pago, dejo de satisfacer las cantidades correspondientes a los meses de julio de 2004, que se pagó luego en parte en junio de 2006, agosto de 2004, que se pagó en octubre de 2004 y los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2005. Además el resto de meses objeto de acusación hasta febrero de 2006, han sido objeto de pagos parciales.
La referida sentencia contiene el siguiente pronunciamiento en su parte dispositiva:
FALLO: Debo condenar y condeno a Carlos José como autor de un delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones, ya definido, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de de seis meses a razón de seis euros y costas procesales. Igualmente deberá pagar a Maribel, las mensualidades adecuadas conforme a lo señalado en el fundamento jurídico cuarto.
Notificada la misma, interpuso contra ella Recurso de Apelación Don Carlos José, que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, se pasó la causa al Magistrado Ponente y se señaló para deliberación el día del 6 de marzo del 2008, quedando los Autos vistos para Sentencia tras la correspondiente votación.
Se dan por reproducidos los de la Resolución recurrida, que se aceptan en su integridad.
Alega la defensa del recurrente error en la apreciación de la prueba practicada en el plenario y vulneración de la presunción de inocencia, pues señala que las pensiones de alimentos correspondientes a los meses de julio y agosto de 2004 las ingresó, a pesar de su situación de desempleo, el 18-08-04, el 6-10-04 y el 5-06-06; que en mayo de 2004 interpuso demanda de modificación de medidas, que fue desestimada, a pesar de reconocerse en la...
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