SAP Sevilla 521/2004, 12 de Noviembre de 2004

ECLIES:APSE:2004:4344
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución521/2004
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

Rollo 7011/2004

Jdo. Penal 10 de Sevilla

Causa 104/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA NÚM.521/2004

Magistrados: Ilmos. Srs.

DON MIGUEL CARMONA RUANO

DOÑA ELOÍSA GUTIÉRREZ ORTIZ

DON PEDRO IZQUIERDO MARTÍN

En Sevilla, a doce de noviembre de dos mil cuatro.

La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Sevilla, compuesta por los citados Magistrados, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Carlos Antonio contra la sentencia dictada el 1 de julio de 2004 por el Juzgado de lo Penal núm. 10 de Sevilla, en causa penal 104/2004.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL CARMONA RUANO.

ANTECEDENTES
PRIMERO

En la fecha indicada, el Juzgado de lo Penal dictó sentencia por la que condenaba a D. Carlos Antonio , como autor de un delito de abandono de familia a la pena de arresto de ocho fines de semana, al pago de las costas y a que indemnice a D.ª Eva en la suma que se determine en ejecución de sentencia durante el período comprendido entre el mes de abril de 2002 hasta diciembre de 2003, a razón de 330,51 euros mensuales, con los intereses correspondientes.

En ella se declaraban probados los siguientes HECHOS:

"El acusado, Carlos Antonio , mayor de edad y sin antecedentes penales, no abonó a la denunciante, Eva la suma de 300.51 euros fijada en el auto de fecha 22 de abril de 2002 medidas provisionales dictado en el procedimiento de separación registrado con el número 401/01.

Dicha cantidad fue fijada en concepto de contribución a las cargas del matrimonio y el acusado, a pesar de percibir una remuneración por importe de 2.063,93 euros por su trabajo en la entidad Agrimar, entre otras, no abonó la cantidad establecida en la resolución judicial a la denunciante, quien desde marzo del presente año ha reanudado la convivencia con el acusado."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, la procuradora D.ª Nuria Olivero Gordejuela, en representación del acusado, a quien defiende el abogado D. David Hernández Martínez, interpuso contra ella recurso de apelación, en el que pedía la absolución.

El Juzgado admitió el recurso y dio traslado de él a las demás partes.

El Ministerio Fiscal ha pedido la confirmación de la sentencia dictada.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial y turnadas a esta Sección, no se ha estimado necesaria la convocatoria de una vista pública para la correcta formación de una convicción fundada, al haber expuesto las partes por escrito sus respectivos argumentos.

HECHOS PROBADOS

ACEPTAMOS los que declara probados la sentencia impugnada, tal como han sido transcritos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso se dice, por un lado, que no se ha practicado prueba suficiente y, por otro, se critica la credibilidad de la prueba testifical de cargo, lo que supone el reconocimiento de la existencia de prueba de este tipo. Pero es que, además, los hechos básicos sobre los que se funda la sentencia la condena, esto es, el impago de la prestación económica y la existencia de ingresos, están probados, además de por el testimonio de la esposa denunciante, por la admisión por parte del propio acusado, quien dijo entre otras cosas en el juicio que " no recuerda cuántos meses estaba sin pagar la pensión", y por la certificación del INEM, completada por el testimonio de ella y la admisión parcial de él a preguntas de su propia defensa que, además del desempleo, trabajaba en el campo, al menos durante parte del período de impago señalado en la sentencia.

Ahora se dice que en los hechos probados no se recoge que ha habido pagos parciales. El delito se comete, sin embargo, con el impago durante dos meses consecutivos y, como se ha señalado, el acusado ha admitido que llevaba "meses" sin pagar la pensión; de hecho, establecida la obligación de pago en abril de 2002, en agosto del...

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