STS, 26 de Mayo de 1987

PonenteRafael Pérez Gimeno.
ProcedimientoReconocimiento de sentencia extranjera; Exequatur.
Fecha de Resolución26 de Mayo de 1987
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

En la villa de Madrid, a veintiséis de mayo de mil novecientos ochenta y siete.

Devueltos los autos por el Excmo. Sr. Magistrado Ponente y,

Antecedentes de hecho

El Procurador don José Antonio García San Miguel Torregrosa Canto y doña Mireille Fallana, solicitó ante esta Sala Primera del Tribunal Supremo, la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal de Gran Instancia de Lyon, Sala novena, de 9 de mayo de 1985, por la cual se declaró disuelto el matrimonio contraído por los hoy solicitantes, el 20 de agosto de 1970. Habiéndose solicitado conjuntamente por ambos colitigantes el presente exequatur, se pasaron los autos para dictamen al Ministerio Fiscal, el cual lo emitió en el sentido des considerar que procedía acceder al Exequatur interesado, pasando a continuación los mismos al Excmo. Sr. Magistrado Ponente para que sometiera a la Sala la resolución procedente.

Ha sido Magistrado Ponente del Excmo. Sr. don Rafael Pérez Gimeno.

Fundamentos de Derecho

Primero

Se solicita en las presentes actuaciones por don José Miguel Torregrosa Canto y doña Mireille Follana, el primero de nacionalidad española y la segunda de nacionalidad francesa, la ejecución en España de la sentencia de divorcio del matrimonio de ambos, celebrado en Alicante, el 20 de agosto de 1970 (en el Consulado de Francia), sentencia de divorcio dictada el 9 de mayo de 1985, por el Tribunal de Gran Instancia de Lyon, Sala novena, en el procedimiento instado por la esposa y en el que el marido demandaba, igualmente, tal pronunciamiento, petición de «exequatur» al que debe accederse dado que, por una parte, está acreditado que en similares circunstancias en la nación de proceencia de la sentencia se da cumplimiento a las ejecutorias españolas, y por otro lado, aparecen cumplidos todos los requisitos exigidos por el artículo 954 de la Ley procesal, sin que existan razones de orden público que se opongan a su ejecución.

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español,LA SALA ACUERDA dar cumplimiento a la sentencia dictada el 9 de mayo de 1985, por el Tribunal de Gran Instancia de Lyón (Francia) por la que se declaró el divorcio del matrimonio de don José Miguel Torregrosa Canto con doña Mireille Follana, celebrado el 20 de agosto de 1970 en el Consulado Francés de Alicante.

Expídanse los correspondientes despachos para la anotación de dicha instancia al margen de la inscripción de matrimonio que consta en el Registro Civil de Alicante.

ASI lo acordaron y firmaron los Excmos. Sres. anotados al margen, de lo que yo el Secretario, certifico. Rafael Casares Córdoba. Rafael Pérez Gimeno.-- José Luis Albacar López. Eduardo Fernández Cid de Temes. -Gumersindo Burgos y Pérez de Andrade.Rubricados.

2 sentencias
  • STS, 2 de Abril de 1993
    • España
    • 2 Abril 1993
    ...del Tribunal Constitucional 32/1985, 161/1988, 45/1990, 196/1990, 220/1991 y Sentencias del Tribunal Supremo de 16 de mayo de 1986, 26 de mayo de 1987, 27 de marzo de 1990, 20 de mayo y 23 de julio de 1990 y 6 de marzo de 1991 DOCTRINA: El derecho fundamental reconocido en el art. 23 de la ......
  • SAP Barcelona 189/2016, 22 de Febrero de 2016
    • España
    • 22 Febrero 2016
    ...material o elemental, cuya ilicitud es «notoriamente evidente y de comprensión y constancia generalizada» ( SSTS 12 noviembre 1986 y 26 de mayo de 1987 ). En este caso concreto, el recurrente era conocedor de las particularidades que, en la materia de tráfico y seguro obligatorio, existen c......
1 artículos doctrinales
  • Derechos y Libertades de los Extranjeros en España
    • España
    • Derecho de extranjería. Tomo I Capítulo preliminar. Derechos y libertades de los extranjeros en España
    • 1 Enero 1998
    ...discriminación ante situaciones iguales» Y desestima el Recurso. 1987; Ref. Repertorio Jurisprudencia Aranzadi 4495; Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de Mayo de 1987, Contencioso Administrativo, Sala 3a; Odontólogos: convalidación de título obtenido en Colombia. Procedencia. Convenios I......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR