SAP Madrid 653/2023, 30 de Junio de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Junio 2023
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 22 (civil)
Número de resolución653/2023

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimosegunda

C/ Francisco Gervás, 10, Planta 12 - 28020

Tfno.:

seccion22civil@madrid.org

37007740

N.I.G.: 28.007.00.2-2017/0003589

Recurso de Apelación 141/2021 RR Tfno: 914936134-6130

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 07 de Alcorcón

Autos de Familia. Modif‌icación de medidas supuesto contencioso 737/2019

Apelante: DON Norberto

Procuradora: DOÑA MARIA PAULA CARRILLO SANCHEZ

Apelada: DOÑA Teresa

Procuradora: DOÑA MARIA CLAUDIA MUNTEANU

MINISTERIO FISCAL

Ponente: Ilma. Sra. Doña María del Carmen Rodilla Rodilla

SENTENCIA Nº 653/2023

Magistrados:

Ilma. Sra. Dª. Rosario Hernández Hernández

Ilmo. Sr. Dº. José María Prieto y Fernández-Layos

Ilma. Sra. Dª. María del Carmen Rodilla Rodilla

________________ ______________ __ /

En Madrid, a 30 de junio de 2023.

La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos sobre Modif‌icación de medidas supuesto contencioso seguidos bajo el nº 737/2019, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Alcorcón, entre partes:

De una como apelante, don Norberto, representado por la Procuradora doña María Paula Carrillo Sánchez.

De otra como apelada, doña Teresa, representada por la Procuradora doña María Claudia Munteanu.

Ha sido parte igualmente el Ministerio Fiscal.

Visto, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Doña María del Carmen Rodilla Rodilla.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 28 de septiembre de 2020, por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Alcorcón, se dictó Sentencia nº 104/2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda de modif‌icación de medidas def‌initivas interpuesta por D. Norberto contra Dña. Teresa y, MODIFICO el importe de la pensión alimenticia f‌ijada en la sentencia núm. 20/2018, de fecha 9 de febrero de 2018, que aprobó el convenio regulador suscrito por las partes, quedando ésta f‌ijada en la suma de 210 euros mensuales, manteniendo el resto de pronunciamientos contenidos en la referida resolución.

No ha lugar a realizar especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid ( artículos 458 y siguientes de la

L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2743-0000-35-0737-19 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo benef‌iciario Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 07 de Alcorcón, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2743-0000-35-0737-19.

Así mismo deberá aportar justif‌icante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y f‌irmo".

TERCERO

Notif‌icada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de don Norberto, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.

De dicho escrito se dio traslado a las partes personadas, presentándose por la representación procesal de doña Teresa escrito de oposición al recurso presentado.

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 7 de abril de 2022.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que estima parcialmente - en los términos que recoge el segundo de los Antecedente de Hecho Segundo de esta resolución-, la demanda formulada por Don Norberto en modif‌icación de la pensión alimenticia acordada en favor de la hija común menor de edad en el convenio regulador del divorcio de los litigantes aprobado por sentencia dictada el 9 de febrero de 2018 reduciéndola a la suma de 210 € mensuales, se alza el demandante en apelación instando su parcial revocación por los motivos que a continuación se abordarán, que fueron rebatidos de contrario y por el Ministerio Fiscal en los respectivos escritos de oposición al recurso presentados.

SEGUNDO

Procede con carácter previo el examen de la impugnación basada en la infracción de normas o garantías procesales planteadas por el apelante siguiendo el orden resolutivo prevenido en los arts 459 y 463, apartados 3 y 4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC),

Invoca el recurrente como causa de apelación la falta de motivación de la sentencia dictada a la que se ref‌iere el art 218 LEC como vicio intrínseco de la sentencia, que responde al supuesto en que el pronunciamiento del fallo no se...

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