STSJ Extremadura 19/2023, 15 de Junio de 2023

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Extremadura, sala civil y penal
Número de resolución19/2023
Fecha15 Junio 2023

T.S.J.EXTREMADURA SALA CIV/PE

CACERES

SENTENCIA: 00019/2023

-

Domicilio: PLAZA DE LA AUDIENCIA S/N

Telf: 927620453 Fax: 927620210

Correo eletrónico:

Equipo/usuario: MCP

Modelo: 001100

N.I.G.: 10037 41 2 2021 0003868

ROLLO: RPL APELACION RESOLUCIONES DEL ART.846 TER LECRIM 0000028 /2023

Juzgado procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de CACERES

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO SUMARIO ORDINARIO 0000007 /2022

RECURRENTE: Carlos Manuel

Procurador/a: MARIA CRISTINA DE CAMPOS GINES

Abogado/a: ESTANISLAO MARTIN MARTIN

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL, Milagrosa

Procurador/a: , FATIMA DE QUINTANA MARTIN FERNANDEZ

Abogado/a: , ANGEL LUIS FERNANDEZ SANZ

SENTENCIA Número 19/2023

Presidenta:

EXCMA. SRA. D. ª MARÍA FÉLIX TENA ARAGÓN

Magistrados:

Ilma. Sra. D. ª MANUELA ESLAVA RODRÍGUEZ (Ponente)

Ilma. Sra. D. ª CARMEN BRAVO DÍAZ

En Cáceres a quince de junio de 2023

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha visto, en grado de apelación, la presente causa seguida ante la Sección 1ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Cáceres, la causa seguida ante esta Sala (Procedimiento Ordinario 7/2022), procedente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 6 de Cáceres, por delitos de AGRESIONES SEXUALES, VIOLENCIA HABITUAL, MALTRATO (Violencia de Género), CONTINUADO DE AMENAZAS, LEVE DE DAÑOS Y LEVE DE VEJACIONES INJUSTAS, figurando como acusado Carlos Manuel , en situación de prisión provisional por esta causa, representado por la Procuradora Sra. De Campos Ginés y defendido por el letrado Sr. Martín Martín, interviniendo como acusación particular Milagrosa, representada por la Procuradora Sra. De Quintana Martín-Fernández y defendida por el Letrado Sr. Fernández Sanz, así como el Ministerio Fiscal, en el ejercicio de la acción pública.

ANTECEDENTES DE HECHO

S

PRIMERO

Incoado por la Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cáceres, procedimiento SUMARIO ORDINARIO núm. 7/2022, y llegado el día señalado para el juicio oral, se celebró con la asistencia de los Sres. Magistrados componentes de la Sala, el Ministerio Fiscal y los Letrados de las partes, practicándose las pruebas propuestas y admitidas.

SEGUNDO

Por la Audiencia Provincial, con fecha 23 de marzo de 2023, se dictó Sentencia núm. 49/2023, en la que se declararon probados los siguientes hechos: " I. El procesado Carlos Manuel, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, mantuvo una relación sentimental con Milagrosa, también mayor de edad. El procesado y Milagrosa iniciaron la convivencia en común en un domicilio sito en la localidad de DIRECCION000 (Badajoz), lugar al que Milagrosa se trasladó en mayo de 2021. Durante la convivencia, la relación entre ambos ha sido desigual debido a la actitud de control y dominio ejercida por el procesado sobre la joven, que se ha venido manifestando a través de múltiples conductas con las que trataba de imponer ese dominio y la sujeción de la mujer a su voluntad, quedando sometida a un férreo control de su vida, en aspectos como las comunicaciones, las relaciones sociales, el contenido de su teléfono móvil, la vestimenta, etc. En este contexto, Milagrosa ha sido víctima de conductas agresivas por parte de su entonces pareja, quien llegó a golpearla en la cara en fecha no determinada del mes de junio, provocándole un hematoma en un ojo, cuando estaban en el domicilio. Asimismo, Carlos Manuel ha venido empleando hacia Milagrosa un tono despectivo, de menosprecio, mediante la utilización de palabras humillantes y vejatorias, como "puta, payasa, hija de puta, mongola" y similares, así como enviándole mensajes de texto a su celular en los que se la conminaba a actuar de un modo determinado bajo amenazas de muerte: "te voy a matar, te voy a reventar la cabeza". En este orden de cosas, Carlos Manuel ha remitido a Milagrosa, entre otros, mensajes como el de 9 de agosto a las 21:18, cuando le dice: "como tengas hijos con otro te mato, te lo juro", o el del 12 de agosto, insistiendo en la misma cuestión: "como tengas hijos con alguien te juro por lo que me quede de vida que lo mato", y advirtiéndole de las consecuencias: "voy a estar más pendiente de ti de lo que te crees". Estos mensajes se habrían enviado cuando ya Milagrosa había abandonado el domicilio común. Asimismo, el procesado, durante la convivencia, y en fecha igualmente indeterminada, cogió un cuchillo de la cocina para amenazar a Milagrosa con él, llegando incluso a rajarle objetos y efectos personales en momentos de crisis y descontrol de sus impulsos. Otra muestra de la relación de dominio ejercida era que Milagrosa tenía que acompañar necesariamente a todos sitios a su pareja, que quien daba cualquier explicación cuando se les preguntaba era siempre él. En estas circunstancias, y agobiada por todo ello, Milagrosa abandonó el domicilio común el 7 de agosto de 2021, volviendo de nuevo a Cáceres, a casa de sus padres.

  1. Tras la vuelta de la joven a Cáceres, el procesado no dejó de remitirle mensajes, en los que le pedía que "le desbloquease", pero prácticamente no mantuvieron contactos en persona hasta el 18 de septiembre, en que se vieron y pasaron la noche en la furgoneta de Carlos Manuel, sin incidentes reseñables. Será ya el 25 de ese mismo mes cuando nuevamente vuelven a quedar, dirigiéndose a la zona de bares de " DIRECCION001", entre otros, el establecimiento llamado " DIRECCION002", donde coincidieron con otras personas conocidas y del cual, Carlos Manuel, celoso de la joven al verla hablar con terceros, terminó sacando fuera a Milagrosa, con prisas y de malas maneras, con actitud posesiva, y ambos se montaron en la furgoneta del procesado para trasladarse a un paraje en " DIRECCION003" donde ya habían estado otras veces. En su interior mantuvieron una primera relación sexual que Carlos Manuel grabó en video con su teléfono móvil, pese a las reticencias de Milagrosa, que no quería que se le viera la cara, y en cuyo desarrollo, el joven se dirigió a aquella con expresiones como "¿de quién eres tú, eres mía?, y otras similares. Permanecieron allí hasta el amanecer y durante ese tiempo, de varias horas, el procesado quiso volver a mantener relaciones sexuales con Milagrosa, a lo que ésta ya no estaba dispuesta, negándose a ello, pese a lo cual Carlos Manuel, empleando la fuerza para vencer su resistencia, logró su propósito, penetrándola por vía anal y vaginal, resultando la joven lesionada a consecuencia de las maniobras de sujeción que llevó a cabo el procesado, pues recibió golpes en diversas partes del cuerpo que le produjeron múltiples contusiones y hematomas que no presentaba cuando se grabó el video antes aludido, en los primeros momentos de la madrugada. Cuando Milagrosa acudió al médico, el 2 de octubre, se le observaron policontusiones en resolución en el miembro superior izquierdo, en el inferior izquierdo y en la cresta iliaca derecha y una herida en proceso de cicatrización en la mucosa del labio, así como hematomas en la cara y en la región ocular. Dichas lesiones curaron en el plazo de 10 días sin secuelas, salvo la del labio superior, que presentaba una ligera induración cicatrizal, que probablemente habría de curar con el tiempo.

  2. El día 2 de octubre de 2021, después de que el procesado hubiera enviado en los días anteriores a Milagrosa varios mensajes de texto en los que le recriminaba el haberle bloqueado, pidiéndole insistentemente que tenían que hablar, y que, si no vendría a verla, Milagrosa salió del domicilio de sus padres en la localidad de DIRECCION004, y cogió su vehículo con el propósito de desplazarse hasta Cáceres para hacer deporte. Apenas comenzar a circular, observó que el procesado la seguía con su furgoneta. En ese momento, notó que su vehículo comenzaba a expulsar un humo negro y habiéndosele detenido, el acusado aprovechó tal circunstancia para colocarse a su lado, intentando darle un abrazo y diciéndole que no le contestaba a sus llamadas. Ha salido sin embargo la joven corriendo, y se ha introducido en su portal para subir a su casa. El procesado la ha seguido y ha llamado al telefonillo de la puerta. Milagrosa y su madre optaron por avisar a la Guardia Civil, que acudió seguidamente, momento en el que el procesado, al ver a los agentes, se ha retirado, retomando su vehículo para regresar a su localidad de origen. En este intervalo temporal, Carlos Manuel envió varios mensajes de texto a Milagrosa, intuyendo que esta ya le había denunciado y que lo había hecho por lo que le había pasado al coche: "aun te has decidido a denunciarme o qué...pues yo no tengo nada que ver con el coche, si lo has hecho por eso" o "me has denunciado, estás mal o cómo se te ocurre, me has buscado la ruina chica, voy a entrar preso por ti, en serio? En ulteriores mensajes, el procesado continuó insistiendo con el tema de la denuncia, advirtiendo a Milagrosa de lo que podría llegar a hacer si no la retiraba: " Quita la denuncia, flipada, que te mato cuando salga te lo juro. Di que no sabías lo que hacías lo que sea ostias, tu no estas bien. Este va a tirar mi familia ahora, ahora llamo a mi madre". Ese mismo día 2, y con posterioridad a la marcha del procesado, los efectivos de la Guardia Civil realizaron la correspondiente inspección ocular del automóvil, pudiendo comprobar que la tapa del depósito del combustible había sido forzada para acceder a aquel y poder echarle algún producto, manipulaciones que había realizado previamente el procesado para impedir que Milagrosa se marchara y poder encontrarse con ella. La reparación de dichos desperfectos requirió el...

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