SAP Barcelona 163/2023, 20 de Marzo de 2023

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 13 (civil)
Número de resolución163/2023
Fecha20 Marzo 2023

Sección nº 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 935673532

FAX: 935673531

EMAIL:aps13.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120198102895

Recurso de apelación 1126/2021 -1

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 34 de Barcelona

Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 527/2019

Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 0659000012112621

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

Benef‌iciario: Sección nº 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Concepto: 0659000012112621

Parte recurrente/Solicitante: PREVISION SANITARIA NACIONAL GESTION SOCIMI, S.A., VERD MEDIMAS, S.L.

Procurador/a: Marta Pradera Rivero, Mónica Llovet Perez

Abogado/a: Jose Maria Calvo Mallofre

Parte recurrida:

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 163/2023

Magistrados/Magistradas:

M DELS ANGELS GOMIS MASQUE FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

MIREIA RIOS ENRICH ESTRELLA RADIO BARCIELA MARIA DEL PILAR LEDESMA IBAÑEZ

Barcelona, 20 de marzo de 2023

Ponente : Mireia Rios Enrich

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 12 de noviembre de 2021 se han recibido los autos de Procedimiento ordinario 527/2019 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 34 de Barcelona a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Marta Pradera Rivero, en nombre y representación de PREVISION SANITARIA NACIONAL GESTION SOCIMI, S.A.,y por la Procuradora Mónica Llovet Perez, en nombre y representación de VERD MEDIMAS, S.L. contra la Sentencia - 21/05/2021.

Segundo

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:

"Estimo la demanda interpuesta por Verd Medimas, SL contra Previsión Sanitaria Nacional Gestión Socimi, SA y condeno a la demandada a informar a Verd Medimas, SL de las condiciones del contrato de arrendamiento con Previsión Sanitaria Nacional, PSN, mutua de seguros y reaseguros a prima f‌ija, en orden a poder ejercitar el derecho de tanteo de arrendamiento sobre el local, en el plazo de 30 días desde la f‌irmeza de la sentencia, igualando la oferta y, de aceptar las condiciones, proceder a celebrar el contrato, sin condena en costas por las razones expuestas.

Estimo en parte la demanda interpuesta por Previsión Sanitaria Nacional Gestión Socimi SA contra Verd Medimas, SL y declaro el desahucio por expiración del plazo f‌ijado contractualmente del contrato de arrendamiento de 19 de febrero de 2009, con condena al pago del importe de las rentas vigentes en cada momento, actualizadas según lo pactado, sin deber entregar el local ni ser lanzada si llega a ejercer el derecho de tanteo de alquiler y celebra un nuevo contrato, sin condena en costas."

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 01/03/2023.

Cuarto

En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la Magistrada MIREIA RIOS ENRICH .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento del litigio. Sentencia de instancia. Recurso de apelación.

El día 25 de abril de 2019, VERD MEDIMAS S.L. presenta demanda de juicio ordinario contra PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A. en la que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que considera de aplicación, solicita que, previos los trámites legales, se dicte sentencia por la que se declare la plena validez y ef‌icacia del denominado "ACUERDO DE NOVACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DISTINTO DE VIVIENDA SUSCRITO ENTRE PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL, PSN, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, y VERD MEDIMAS S.L. de fecha 19 de febrero de 2009".

En el hipotético supuesto de que no se estimara lo interesado en la demanda principal de declarar la validez y ef‌icacia del ACUERDO DE NOVACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DISTINTO DE VIVIENDA SUSCRITO ENTRE PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL, PSN, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA y VERD MEDIMAS S.L. de fecha 19 de febrero de 2009, solicita que, previos los trámites legales, se dicte sentencia por la que se condene a PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTION SOCIMI S.A. a informar a la demandante de las condiciones del contrato de arrendamiento celebrado con PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL, PSN, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, en orden a poder ejercitar el derecho de opción preferente de arrendamiento sobre el local igualando la oferta, y de materializarse la aceptación por la demandante, declarar la celebración de nuevo contrato, dejando sin efecto el existente, y todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

El día 2 de mayo de 2019, PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A. presenta demanda de juicio verbal en ejercicio de acción de desahucio por expiración del término del contrato de arrendamiento distinto a vivienda y acumuladamente, de daños y perjuicios, frente a VERD MEDIMAS S.L. en la que solicita que, tras los trámites legales de rigor, se dicte sentencia que contengan los siguientes pronunciamientos:

  1. Se declare resuelto el contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda de fecha 19 de febrero de 2009, por expiración del término contractual pactado, condenando a la demandada para que deje libre, vacuo y expedito, a disposición de la actora y sin derecho a ninguna clase de indemnización el local comercial en la planta baja del inmueble número 54 del Paseo de la Bonanova de BARCELONA, con una superf‌icie útil aproximada de 162,62 m2, cuya delimitación se establece señalado en gris en el plano adjunto como ANEXO I al contrato.

  2. Se condene a la demandada al pago de los daños y perjuicios que se cifran:

    2.1. En consideración al daño emergente en la cantidad de 72,49 euros por día desde el 1 de marzo de 2019 hasta que se verif‌ique la entrega de la posesión del inmueble a PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A.

    2.2. En consideración al lucro cesante en la cantidad de 5,24 euros por día desde el 1 de marzo de 2019 hasta que se verif‌ique la entrega de la posesión del inmueble a PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A.

  3. Se condene a la demandada al pago de las costas.

    VERD MEDIMAS S.L., presenta escrito de contestación a la demanda de juicio verbal de desahucio por expiración del término convencional, instada por la mercantil PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A., y solicita la acumulación de procedimientos.

    Por auto de fecha 12 de noviembre de 2019, se estima la solicitud formulada por PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A. de acumular el juicio verbal de desahucio número 411/2019 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 26 de Barcelona al procedimiento ordinario 527/2019 seguido Juzgado de Primera Instancia nº 34 de Barcelona.

    Seguido el procedimiento de juicio ordinario, por sus trámites legales, el día 21 de mayo de 2021, el Juzgado de Primera Instancia nº 34 de Barcelona dicta sentencia por la que estima la demanda deducida por VERD MEDIMAS S.L. contra PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A. y condena a la demandada a informar a VERD MEDIMAS S.L. de las condiciones del contrato de arrendamiento celebrado con PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL, PSN, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, en orden a poder ejercitar el derecho de tanteo de arrendamiento sobre el local, en el plazo de 30 días desde la f‌irmeza de la sentencia, igualando la oferta y, de aceptar las condiciones, proceder a celebrar el contrato, sin condena en costas.

    Al propio tiempo, estima en parte la demanda interpuesta por PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN SOCIMI S.A. contra VERD MEDIMAS S.L. y declara el desahucio por expiración del plazo f‌ijado contractualmente del contrato de arrendamiento de 19 de febrero de 2009, con condena al pago del importe de las rentas vigentes en cada momento, actualizadas según lo pactado, sin deber entregar el local ni ser lanzada si llega a ejercer el derecho de tanteo de alquiler y celebra un nuevo contrato, sin condena en costas.

    Frente a dicha resolución, la representación procesal de VERD MEDIMAS S.L. interpone recurso de apelación en el que alega, en síntesis, que la sentencia incurre en error en la valoración de la prueba, pues se perfeccionó la novación del contrato con el concurso de la oferta y la aceptación.

    Expone que, en el presente caso, la primera fase del contrato que el Tribunal Supremo denomina de "Generación", y que también es conocida como de "tratos preliminares y/o preparatorios", se culminó plenamente después de haberse consensuado por ambas partes tanto el periodo de prórroga del contrato arrendaticio -20 años adicionales- como la regulación del incremento del precio de renta anual -sólo por el IPC sin incremento adicional.-En cuanto al incremento del importe del aval, nada indicó la testigo SRA. Marí Trini al SR. Laureano durante los meses que estuvieron negociando, y sí fue solicitado después de consensuar el documento de novación en una fecha posterior (28 de febrero de 2017).

    Las partes siempre consideraron que el aval se mantendría en la misma proporción al existente, es decir de 6 meses de renta.

    A la vista de los hechos acontecidos, en que, por las conversaciones y correos cruzados entre las partes, lo ofertado por la arrendataria (prórroga de 20 años e incremento de renta por el IPC), fue expresamente aceptado por la adversa como reconoció la testigo SRA. Marí Trini en la celebración de la vista, e incluso trasladándole el documento def‌initivo de novación de contrato consensuado, se pasó del momento de generación del contrato a su perfección.

    En base a lo anterior, solicita se dicte sentencia...

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