STSJ Cataluña 1455/2023, 3 de Marzo de 2023

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1455/2023
Fecha03 Marzo 2023

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 34 - 4 - 2022 - 0000414

MJ

Recurso de Suplicación: 6407/2022

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. RAÚL URÍA FERNÁNDEZ

En Barcelona a 3 de marzo de 2023

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1455/2023

En el recurso de suplicación interpuesto por AJUNTAMENT DE LA TORRE DE CLARAMUNT frente a la Sentencia del Juzgado Social 29 Barcelona de fecha 27 de junio de 2022 dictada en el procedimiento Demandas nº 832/2021 y siendo recurrida doña Ramona, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Raúl Uría Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27 de junio de 2022 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por Dª Ramona frente al AYUNTAMIENTO DE LA TORRE DE CLARAMUNT, en reclamación formulada por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido acordado en fecha 15/10/21, en consecuencia, condeno a la parte demandada, a la inmediata readmisión de la parte actora en las mismas condiciones que regían con anterioridad a producirse el despido o, a su elección, a que le abone una indemnización de 45 días de salario por año de servicios hasta el 11/02/12 y de 33 días de salario por año de servicios desde dicha fecha hasta la del despido, con el prorrateo correspondiente a los períodos inferiores, cifrada en el importe de 16.648,73 euros (32.616 euros correspondientes a la

indemnización por despido improcedente - 15.967,27 euros abonados como indemnización por extinción por causas objetivas), pudiendo ejercitar su derecho de opción en el plazo de cinco días siguientes a la notif‌icación de la presente resolución, y entendiéndose que opta por la readmisión en el supuesto de no ejercitarlo, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notif‌icación de la presente resolución, o hasta la fecha en que el trabajador haya encontrado un nuevo empleo si el empresario prueba lo percibido por éste, si hubiera optado por la readmisión, en otro caso sólo procede el pago de la indemnización indicada.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora:

Dª Ramona : mayor de edad, con DNI núm. NUM000, venía prestando servicios por cuenta y orden del Ayuntamiento demandado con antigüedad desde el 18/04/02, categoría profesional de Of‌icial 2ª especialista y salario de 1.377,75 euros mensuales brutos, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias. Jornada parcial de 25 horas semanales.

SEGUNDO

La actora inició su relación laboral con el Ayuntamiento mediante la suscripción de un contrato de duración determinada, a tiempo parcial de 25 horas semanales, el 18/04/2002, en la modalidad de eventual por circunstancias de la producción, cuyo objeto era "para la realización de la obra o servicio tareas propias del grupo de mantenimiento y limpieza, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa." Fue prorrogado hasta el 18/10/2002. Fue f‌iniquitado y le fue abonada la indemnización.

El 04/11/2002 suscribe nuevo contrato de trabajo de la misma modalidad, cuyo objeto era la poda de arbolado y mantenimiento de servicios de limpieza, que f‌inalizó el 31/10/2003. Fue f‌iniquitado y le fue abonada la indemnización.

Desde el 14/10/03 hasta el 27/10/03 fue ingresada en el hospital por quemaduras por escaldadura de aceite, el 17/10/03 fue intervenida realizándose desbridamiento más autoinjerto, se le recomienda reposo relativo, crema hidratante tres veces al día, acudir al CCEE de Cirugía Plástica el 03/11/03 y nolotil cada 8h si tiene dolor.

El 23/02/04 suscribió contrato de la misma modalidad "para atender la exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes en completar los servicios de poda del arbolado y mantenimiento de los servicios de limpieza del municipio, aún tratándose de la actividad normal de la empresa."

Este último contrato fue convertido en indef‌inido no f‌ijo con efectos 17/02/05.

TERCERO

La actora prestó servicios como operaria de brigada hasta julio de 2007 que asciende a Of‌icial de 2ª en la Brigada.

El 01/09/11 ocupa la plaza de conserje y limpieza en la Escuela de Vilanova Espoia Torrescassana.

La demandante realizaba las funciones de conserjería y limpieza en un puesto polivalente:

- Periodos lectivos:

( Lunes a viernes de 8:00 a 13:00h

- Periodos no lectivos: brigada mantenimiento y limpieza

CUARTO

El Ayuntamiento dispone de dos escuelas: Vilanova Espoia i La Torre.

QUINTO

El Ayuntamiento remitió a la actora una comunicación en la que se le informaba de que se hacía público que el Ayuntamiento, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26/11/18 y publicada el 10/12/18, aprobó la oferta pública de trabajo parcial del 2018 y que la trascribía literalmente.

Se acordaba por unanimidad:

  1. Aprobar la oferta pública de trabajo parcial del Ayuntamiento de la Torre de Claramunt para el 2018.

  2. La oferta de trabajo pública incluye un total de 10 plazas en las siguientes escalas:

Régimen Laboral

Of‌icial 2ª C2 4 Concurso Turno libre

Peón Brigada E 1 Concurso Turno libre

Educadora C1 1 Conc/opos Turno libre

Conserje inform

dinamizador E 1 Concurso Turno libre

Conserje centros

Educativos E 1 Concurso Turno libre

Conserje poliva.

Deixallería E 1 Concurso Turno libre

...

"Atés que vosté ocupa actualment la plaça/una de les places indicades ja sigui en règim jurídic de funcionari interí o de personal laboral en situació indef‌init no

f‌ix, serveixi la present com a notif‌icació de l'obertura del procediment

administratiu que ha de ser f‌inalitzat en el proper any 2020 per tal de consolidar

la plaça esmentada de forma tal que passat dit període, no més del 8% de les

places de la plantilla estiguin ocupades per persones que no tinguin la

consideració de funcionari de carrera o personal laboral f‌ix."

SEXTO

En el BOPB de 10/12/18 se publica la oferta pública y en lugar de las 4

vacantes de Of‌icial 2ª que se indican en el anterior hecho probado, aparecen

sólo 3.

SÉPTIMO

En el DOGC núm. 8433, de 14/06/21, sale publicado el objeto de la convocatoria, indicando que la Junta de Gobierno Local, en la sesión del día 10/05/21, aprobó la convocatoria pública del proceso selectivo, para la provisión de 4 plazas de trabajo laboral f‌ijo, adscrito a servicios del Ayuntamiento con la categoría de Conserje de instalaciones municipales y la creación de una bolsa de trabajo, y las bases que regularían el correspondiente concurso según la oferta pública de ocupación publicada el 10/12/18. Con las siguientes características:

- Denominación de la plaza: Conserje de instalaciones municipales

- Adscripción a la plaza: Área de servicios

- Régimen jurídico: laboral

- Carácter: f‌ijo

- Jornada: Completa-especial

- Categoría: E Conserje (1.252,77€ mensuales).

- Sistema selectivo: Concurso libre.

OCTAVO

El Pleno del Ayuntamiento, reunido en sesión ordinaria de fecha 17/03/21 aprobó el expediente de modif‌icación de la plantilla del Ayuntamiento de 2021.

Se proponía:

  1. Modif‌icar la plantilla en el sentido que se menciona en el cuadro adjunto.

  2. Exponer al público el expediente durante el plazo de 30 días para que los interesados pudieran consultar el expediente y presentar sus alegaciones o sugerencia y, en caso de que no se presentase ninguna, se entendería aprobado tácitamente de forma def‌initiva.

  3. Comunicar los cambios a los interesados para su conocimiento.

En la plantilla inicial de 2021 aparece la plaza de Of‌icial 2ª a tiempo parcial 25horas y en la plantilla de 2021 modif‌icada aparece la misma y debajo la de Conserje de centros educativos con jornada completa especial, ambas a amortizar.

NOVENO

En el acta de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de fecha 12/05/21 se aprueban las bases de la convocatoria de los procesos de consolidación de 4 puestos de trabajo con categoría de conserje de edif‌icios municipales.

La actora se presentó pero no superó el proceso selectivo Fueron contratados como f‌ijos ordinarios 4 conserjes de instalaciones municipales.

DÉCIMO

La Junta de Gobierno Local, en la sesión de fecha 30/08/21, aprobó la convocatoria pública del proceso selectivo para la provisión de un puesto de trabajo laboral f‌ijo de of‌icial 2ª para la brigada municipal del Ayuntamiento y la creación de una bolsa de trabajo, uy las bases que regularían el correspondiente concurso según la oferta pública de trabajo publicada el 10/12/18, con las siguientes características:

- Denominación de la plaza: of‌icial de segunda.

- Adscripción a la plaza: Área de servicios

- Régimen jurídico: laboral

- Carácter: f‌ijo

- Jornada: Completa.

- Categoría: C2 (1.494,69€ mensuales).

- Sistema selectivo: concurso de méritos.

- Turno: libre.

Fue contratada una persona que superó el concurso.

DECIMOPRIMERO

La parte actora no ostenta ni ha ostentado la condición de representante de los trabajadores."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la demandada AJUNTAMENT DE LA TORRE DE CLARAMUNT, que formalizó dentro de plazo, y que la parte actora doña Ramona, a la que se dio traslado, impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE...

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