STSJ Canarias 834/2022, 23 de Diciembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha23 Diciembre 2022
Número de resolución834/2022

? Sección: MCG

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza San Francisco nº 15

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 479 373

Fax.:

Email: socialtsjtf@justiciaencanarias.org

Rollo: Procedimiento de of‌icio

Nº Rollo: 0000003/2022

NIG: 3803834420220000011

Materia: Procedimiento de of‌icio colectivo

Resolución:Sentencia 000834/2022

Órgano origen: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social de Santa Cruz de Tenerife

Demandante: CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD; Abogado: SERV. JURÍDICO CAC SCT

Demandado: COMUNIDAD DE BIENES DIRECCION000 ; Abogado: JOSÉ LUIS GUERRERO ROMERO

?

Ilmos./as Sres./as

Presidente

D./Dª. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO (Ponente)

Magistrados

D./Dª. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL

D./Dª. FÉLIX BARRIUSO ALGAR

En Santa Cruz de Tenerife, a 23 de diciembre de 2022.

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En los autos de juicio 0000003/2022, seguidos ante esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias iniciados por D./Dña. CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, asistido/a y/o representado/a por D./Dña. SERV. JURÍDICO CAC SCT contra D./Dña. COMUNIDAD DE BIENES DIRECCION000, asistido por el letrado D./ Jose Luis Guerrero Romero y la Comision representativa de los trabajadores integrada por Marcos, Matías y Millán

Es Ponente, el/la Ilmo./a Sr./a D./Dña. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Por reparto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se recibió demanda sobre Procedimiento de of‌icio colectivo que fue registrada dictándose decreto en el que se admitió a trámite emplazando a los trabajadores y convocando a juicio para el día 22 de octubre de 2022.En dicho acto compareció la Consejeria y compareció y personó la empresa demandada,ambas partes formularon alegaciones, pruebas y conclusiones con el resultado que consta en acta, elevando a def‌initivos y quedando los autos vistos para sentencia.Se ha seguido los tramites legales salvo el plazo para dictar sentencia por el numero de asuntos pendienes de dicho tramite .

HECHOS PROBADOS

Se declaran probados lo siguientes hechos:

  1. -El 8 de enero de 1998 Claudia y Doña Eloisa fundan DIRECCION000 comunidad de bienes cif NUM000 .

  2. - La Tartana Argentina SL se constituye el 3 de noviembre de 1999,cif B38564910 Claudia es administradora única de dicha sociedad.

  3. - Tenerife Sol suscribe con la Tartana Argentina SL el 5 de diciembre de 2001 contrato de arrendamiento de un local de 171,2 mas 150m2 de terraza y otro local destinado a almacén de 55 m² en los bajos del hotel,con el destino de café restaurante .Se estipulaba una duración del contrato de quince años ;la arrendataria tenía derecho a una única prorroga de cinco años y en todo caso el ultimo vencimiento seria el 5 de diciembre de 2021 .La renta se f‌ijaba en 7.200.000 pesetas anuales mas Igic,pagadera por mensualidades anticipadas a razón de 600000 pesetas o 3606,07 euros mensuales, aplicándose a la renta a partir de 1 de enero de 2003 las variaciones del IPC .(Folio 412)

  4. - El 1 de enero de 2005 Tenerife Sol SA suscribe con Claudia en su propio nombre y ademas en nombre y representación de la sociedad La Tartana Argentina Sl y asimismo en nombre y representación de DIRECCION000 comunidad de bienes,contrato de cesión de contrato de arrendamiento de un local de 171,2 mas 150m2 de terraza y otro local destinado a almacén de 55 m² .En dicho acuerdo La Tartana Argentina SL cedía a DIRECCION000 comunidad de bienes el contrato de arrendamiento de dicho local .Tenerife Sol titular y arrendador del local consentía dicha cesión, que no constituía novación del contrato quedando subrogada DIRECCION000 comunidad de bienes en todos los derechos que correspondían a la Tartana Argentina SL. ( Folio 410)

  5. - El 1 de junio de 2005 Claudia y Doña Eloisa y Luis se reúnen y suscriben"Acuerdo de compraventa de participaciones y adopción de acuerdos sociales la Tartana Restauracion" .Exponían que Claudia y Eloisa fundaron la comunidad de bienes DIRECCION000 con un capital de 5000 pesetas en 1998 correspondiendo a Claudia 70 participaciones por valor de 30,05 euros y a Eloisa 30 participaciones y acordaban que Claudia transmitía la totalidad de sus participaciones sociales a Don Luis, cesando en el cargo de presidenta administradora Claudia y nombrándose presidente y administrador por tiempo indef‌inido a Don Luis (Folio 105 ).

    DIRECCION000 comunidad de bienes explotaba el restaurante la Karina y La Tartana Argentina SL el restaurante el Americano .

  6. - El 1 de septiembre de 2011 Reyes en nombre y representación de Tenerife Sol SA y Claudia en nombre y representación de la sociedad Tartana Argentina SL suscriben contrato de arrendamiento de los locales con los números 1,3,4 y 5 con entrada independiente desde la Avenida de Las Americas y con una superf‌icie aproximada de 570 m², con destino de restaurante por un plazo de diez años entrando en vigor el 31 de agosto de 2011 .Se estipulaba que la arrendataria tenia derecho dos prorrogas de cinco años mas cada una por su voluntad f‌inalizando como máximo el 31 de agosto de 2031; la renta quedaba f‌ijada en la cantidad anual de

    96000 euros pagaderos por mensualidades anticipadas de 8000 euros al mes más IGIC incrementándose a razón de 12000 euros anuales a partir de 1 de septiembre de 2013, 2016 y a partir de 1 de septiembre de 2021 conforme a la variación del IPC .

    7- El 7 de enero de 2021 DIRECCION000 comunidad de bienes solicita a Tertian XXI(Tenerife Sol SA ) la reducción de renta en un 50 % durante el tiempo que durara el nuevo estado de alarma y sus prórrogas al amparo del RD 926/ 2020 de 25 de octubre .( Folio 417)

    El 18 de enero de 2021 Reyes le contesta que para proceder a la reducción la renta era necesario que previamente procediera a acreditar que cumplía los requisitos establecidos en el articulo 3 del RD 35/2020 (Folio 416)

    El 18 de Febrero Reyes remite mensaje a Luis proponiendo mantener una videoconferencia. El viernes 19 de

    Febrero nuevamente le comunica que necesitaba bloquear la agenda para tratar ese tema . (Folio 392)

    El 8 de marzo de 2021 Reyes remitió correo a Luis para que atendiera a la solicitud de reunión para poder dar respuesta a su petición del 17 de febrero,proponía una reunión por videoconferencia,pero necesitaban saber su disponibilidad . (Folio 392)

    El 8 de marzo de 2021 Luis le contesta disculpándose al no haber podido leer el correo por el sistema antispam del ordenador, indicado que no había ningún problema en contactar por videoconferencia el 10 de marzo.

  7. - El 25 de marzo de 2021 Claudia remite correo a Reyes con el asunto : " revisión de los contratos de arrendamiento La Karina +Americano". Señalaba que con sus 78 años era el momento de ordenar y proteger los intereses de su hija para una sucesión y transmisión patrimonial y paralelamente la necesidad de bajar la intensidad en la gestión del Americano en un momento delicado que obligaba al empresario a trabajar presencialmente para relanzar su actividad a pie de obra .Sugería que Luis necesitaba constituir una sociedad limitada que había ido postergando y que ahora seria el momento con la debida aprobación del grupo Melia, Luis contaba con la juventud y conocimiento de hostelería y esta oportunidad aportaría libertad para marcar estrategias en política de ventas y ofertas de productos asumiendo Luis la explotación de los dos restaurantes,añadía que los avales y el compromiso de pago serian respetados garantizando así un cambio tranquilo en la continuidad de los negocios . (Folio 388)

    El 25 de marzo de 2021 Reyes contesta a Claudia indicando que estaban en el departamento jurídico tratando de dar celeridad a los anexos .Señalaba que ella había sido el distintivo de la operativa de los restaurantes, pero entendían que quisiera delegar en su sobrino .Preguntaba si a nivel societario era necesario hacer algo diferente y que entendía que sería poner ambos contratos bajo la misma sociedad limitada .( Folio 386 )

  8. - El 12 de abril de 2021 Claudia envía mensaje a Reyes con el asunto "revisión de contrato de arrendamiento ". Señalaba que se planteaba ceder a Luis la continuidad del explotación del restaurante Americano previa aceptación del arrendador y motivado por un cambio en su vida personal . Indicaba que su sobrino constituiría una sociedad limitada unipersonal que daría cobertura a los dos negocios a los cuales se deberá aplicar un lavado de cara sujeto al impedimento el reformas las instalaciones .Añadía que en noviembre de 2018 tuvo que cerrar para cumplir el mandato del ayuntamiento de Arona para ejecutar obras en cocina y barra y bajando el nivel de suelo y que había luchado mucho con los técnicos para que suspendieran esa orden por cuanto el grupo Melia iba acometer un proyecto muy ambicioso que le obligada a disponer de toda as superf‌icie de ambos negocios razón suf‌iciente para detener el mandato del ayuntamiento,concluía que superada las crisis económica y sanitaria solos quedaba aplicar el sentido común para defender las posiciones en todos los niveles y que desde el mes de enero tanto el Americano como Karina y ellos fueron obligados al cierre por segunda vez forzado por el desplome del turismo en la zona . (Folio 365 )

    10 .- El 21 de abril de 2021 Reyes remite correo a Luis informándole que todavía no le habían aceptado la reducción de la renta por covid,pero si le habían llegado las adendas con las modif‌icaciones de plazo y con la posibilidad de cambiar entre empresas del grupo ademas de incluir las clausulas corporativas . (Folio 377)

    Tenerife Sol remitió dos anexos:En la adenda al contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda suscrito entre Tenerife sol y la Tartana Argentina SL de fecha 1 de abril de 2011, se modif‌icaba la clausula tercera párrafo segundo del contrato incluyendo la siguiente...

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