STSJ Asturias 2614/2022, 14 de Diciembre de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 2614/2022 |
Fecha | 14 Diciembre 2022 |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 02614/2022
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
Correo electrónico:
NIG: 33044 44 4 2022 0000018
Equipo/usuario: MGZ
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002373 /2022
Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000005 /2022
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Ana
ABOGADO/A: JUAN CARLOS FERNANDEZ CASTRONUÑO PEREZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
PROCURADOR:,
GRADUADO/A SOCIAL:,
Sentencia nº 2614/22
En OVIEDO, a catorce de diciembre de dos mil veintidós.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL, formada por los Iltmos Sres. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. ISOLINA PALOMA GUTIERREZ
CAMPOS, Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ y D. JOSE LUIS NIÑO ROMERO, Magistrados de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002373/2022, formalizado por el Letrado D. Juan Carlos Fernández Castronuño, en nombre y representación de DOÑA Ana, contra la sentencia número 442/2022 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OVIEDO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000005/2022, seguidos a instancia de Ana frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL e INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. DON JOSE LUIS NIÑO ROMERO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
DOÑA Ana presentó demanda contra TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 442/2022, de fecha veintiocho de septiembre de dos mil veintidós.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "
La trabajadora Doña Ana, con DNI NUM000, nacida el NUM001 de 1974, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, figura afiliada a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM002 . Fue su última profesión habitual la de dependienta de carnicería. En situación de desempleo.
A instancia de la propia actora, en julio de 2021 se inició expediente administrativo de incapacidad permanente, resolviéndose finalmente por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social con fecha 12 de agosto de 2021, previo dictamen-propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 4 de agosto de 2021, que la solicitante no estaba afectado de incapacidad permanente alguna, por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral. Fue examinada por el médico evaluador que emitió informe médico de síntesis en fecha 27 de julio de 2021 que figura en el expediente administrativo y se tiene por íntegramente reproducido.
Considerando que sus dolencias no estaban correctamente consideradas y valoradas ya que entendía que era acreedora de la declaración de Incapacidad Permanente, la trabajadora interpuso la preceptiva reclamación previa, que fue desestimada por resolución de 3 de noviembre de 2021, al considerar la entidad gestora que el cuadro clínico que presentaba la trabajadora no le impedía el desarrollo de las tareas fundamentales de la actividad profesional a que se dedicaba.
El 1 de enero de 2022 formuló la presente demanda en vía jurisdiccional.
La actora está diagnosticada de
-
- Cervicalgia, Sd. miofascial.
Clínica de Algias vertebrales de varios años de evolución de dolor cervical, estudiada en Hospital Severo Ochoa 2016 con diagnóstico de cervicoartrosis C5-C6 sin otros hallazgos patológicos. Estudiada en 2017 en Reumatología del HUCA por dolor en cadera, se diagnostica de Sd. Miofascial.
Episodio actual valorado por COT, UDO y RHB, presenta: - RM cervical tras accidente de tráfico en 2019: Rectificación de la lordosis fisiológica de la columna vertebral cervical. Protuberancia discal difusa del disco intervertebral C5-C6 que impronta mínimamente sobre espaciosubaracnoideo anterior y que asocia una pequeña protrusión discal focal paracentral izquierda, sin visualizar alteraciones en la señal del parénquima medular que sugieran compromiso medular. Cuarto ventrículo y amígdalas cerebelosas normales. Conducto raquídeo de dimensiones normales. Cuerpos vertebrales normales sin alteraciones significativas para la edad. Protuberancia discal difusa del disco intervertebral C5-C6 que asocia una pequeña protrusión discal focal paracentral izquierda
- EMG/ENG: patrón subagudo en músculos dependientes de las raíces C5-C6 del MS Izquierdo con presencia
de muy leves signos de denervación, siendo compatible con una Radiculopatía subaguda a dichos niveles (en
estadio discretamente evolutivo) en grado Leve.
COT lo valora como dolor cervical y dorso-lumbar con predominio de puntos álgidos miofasciales. No indicación quirúrgica, se recomienda analgesia a criterio de MAP y remite a RHB. La UDO le realizó infiltración con Botox (11/9/2020), al no referir mejoría no se repitió otra. Tras valoración por Reumatología se pauta tto rehabilitador con cinesiterapia específica, que se recomienda realice en domicilio como mantenimiento, se pone TAPE en trapecios. Se recomienda vida activa y actividad física regular, alta para control por el MAP.
RM columna cervical 22/12/2021: rectificación de la lordosis fisiológica. La alineación del muro posterior está respetada. Protusión discal central desplazada ligeramente hacia el agujero de conjunción izquierdo en C5C6. No hay alteraciones de señal en médula.
RM columna lumbar 22/12/2021: Estática conservada. Mínimos signos degenerativos en los discos L4L5 y L5S1. Mínima protusión discal central L5S1. Se descartan hernias discales. De articulaciones interapofisarias normales. Diámetros del canal medular dentro de límites normales.
Revisión de 1/2/2022: no indicación quirúrgica según estudios radiográficos en el momento actual. Indico actividad para fortalecimiento de musculatura paravertebral lumbar y abdominal: pilates, yoga. Tratamiento sintomático. No precisa revisión por nuestra Unidad de columna.
En julio de 2022 se deriva a Rehabilitación por Cirugía General. Paciente de 47 años que acude a urgencias por cervicalgia de meses de evolución. AP de alta en Traumatología tras RM cervical y de c. lumbar, sin indicación de intervención y recomendando el manejo del dolor a criterio de MAP y las agudizaciones del dolor a cargo del Servicio de RHB. Reacude por dolor a nivel cervical que a la exploración impresiona de contractura muscular bilateral. No golpes ni traumatismo reciente. Mejoría ligera al realizar tipo pilates o yoga. Toma únicamente tramadol para el dolor. Exploración física: consciente, orientada y colaboradora. Buen estado general. Deambula sin dificultad. Zona cervical: dolor a la palpación de musculatura paravertebral cervical. No dolor a la palpación de apófisis espinosas. No deformidad ósea, hematoma o solución de continuidad. Ligero dolor a la rotación, lateralización y flexoextensión cervical no pérdida de fuerza ni sensibilidad en extremidades superiores-Exploración neurológica: MOEs normales, pares craneales normales, no dismetrías ni adiadococinesia, moviliza las cuatro extremidades, marcha normal. Romberg negativo.
-
Trastorno ansioso-depresivo
Trastorno depresivo adaptativo desde 2012, por problemas de índole familiar y conyugal. Tres ingresos en UHP por ideación suicida y gestos autolíticos (4 o 5 veces). Ultimo ingreso en UHP en 2014. Desde 2016 a seguimiento y tratamiento en CSM La Corredoria. Se diagnosticó de Distimia. En 2017 sufrió agudización, causó IT durante 6 meses. Seguimiento en CSM desde 2018, revisiones espaciadas, última en diciembre, en 2020 nuevo estresante en el ámbito de la pareja (separación), resuelto y familiar. Revisiones espaciadas, última en enero.
En la exploración realizada por el facultativo del Equipo de Valoración de Incapacidades el 27 de julio de 2021, se presentaba: C.O.C. Abordable. Facies y afecto no depresivo, no ansiedad en la entrevista, tono somatizador y magnificador. Discurso correcto, espontáneo, sin alteraciones formales. No verbaliza síntomas psicóticos ni ideación autolítica.
Estática vertebral normal. Gesto de dolor ante mínima palpación en trapecio izquierdo que luego realiza la paciente con mayor intensidad para mostrar por donde le duele. Dinámica cervical con limitación en últimos grados de lateralización y rotación izquierda. Dinámica lumbar con limitación a la flexión anterior, discreta, DDS 25 cm, impresionando de movilidad inconsciente normal. Lasègue negativo, dolor lumbar con MII a 45º con maniobras de distracción incongruentes. ROTS ++/++, fuerza y sensibilidad normales en miembros superiores e inferiores. Marcha normal, marcha p/t normal.
Concluyó el médico inspector: Dolor con rasgos miofaciales, semiología incongruente con patología orgánica y exploración funcional. Sin criterios de menoscabo permanente, se recomienda vida activa y ejercicio físico al menos moderado. Contexto subdepresivo crónico, tipo Distimia, y rasgos de reactividad a estresantes vitales. Sin criterios depresivos mayores que añadan menoscabo objetivo relevante.
Revisión S.M. 28/10/2021: Consciente orientada y colaboradora. Lenguaje coherente, No clínica psicótica. No ideación suicida o...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba