STSJ Galicia 5354/2022, 29 de Noviembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Noviembre 2022
Número de resolución5354/2022

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

SENTENCIA: 05354/2022

PLAZA DE GALICIA, S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Correo electrónico:

Equipo/usuario: ML

NIG : 15030 34 4 2022 0000020

Modelo: N02700

CCO CONFLICTOS COLECTIVOS 0000027 /2022 SG

Procedimiento origen: /

DEMANDANTE/S D/ña: MEDICOS DE GALICIA INDEPENDIENTES OMEGA

ABOGADO/A: MIGUEL HINRICHS GALLEGO

PROCURADOR/A : MARIA LIMA DURAN

DEMANDADO/S D/ña: CONSELLERIA DE SANIDADE, SERGAS

ABOGADO/A : LETRADO DE LA COMUNIDAD, LETRADO DE LA COMUNIDAD

MINISTERIO FISCAL

ILMA. SRA. Dª PILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR

PRESIDENTA

ILMA. SRA. Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a veintinueve de noviembre de dos mil veintidós.

Habiendo visto el T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL compuesta por los/as Ilmos./as. Sres./as. Magistrados/ as citados/as, el procedimiento CONFLICTOS COLECTIVOS 27/2022 a instancia de MEDICOS DE GALICIA INDEPENDIENTES OMEGA contra la CONSELLERÍA DE SANIDADE y el SERGAS, con la intervención del Ministerio Fiscal, EN NOMBRE DEL REY, han pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

MEDICOS DE GALICIA INDEPENDIENTES OMEGA presentó demanda de CONFLICTO COLECTIVO contra la CONSELLERIA DE SANIDADE y el SERGAS, en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, hacía alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y f‌inalizaba con la súplica de que, tras su legal tramitación se dicte sentencia en la que se acceda a lo solicitado en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se ha celebrado el acto de juicio con el resultado que obra en las actuaciones.

TERCERO

En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El personal de atención primaria del SERGAS en la Comunidad Autónoma de Galicia (que cuenta con siete Áreas Sanitarias, esto es, A Coruña, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense, Pontevedra, Ferrol, y Vigo) se compone de una plantilla de 1.868 médicos de familia y 346 pediatras.

SEGUNDO

La administración sanitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia y las organizaciones sindicales UGT, CESM, CCOO, CSI-CSIF y SATSE f‌irmaron, con fecha de 29 de mayo de 1998, en el marco de la mesa sectorial de negociación de personal de las instituciones sanitarias del SERGAS un pacto sobre los sistemas de prevención de riesgos laborales y consulta y participación de los profesionales de las instituciones sanitarias del SERGAS en esta materia. El pacto fue publicado en el DOG n º 128 de 6 de julio de 1998, y desde su publicación se procedió a la vinculación del personal técnico superior en prevención de riesgos laborales, de los técnicos medios en prevención de riesgos laborales, del personal enfermero especialista en la especialidad de enfermería del trabajo y del personal facultativo especialista en medicina del trabajo en las distintas unidades. En un primer momento a través de vínculos interinos, y así, mediante Decreto 110/2011, de 3 de junio, se crean las categorías estatutarias de personal técnico superior y de grado medio en prevención de riesgos laborales, y en el Decreto 117/2011 de 3 de junio se crea la categoría estatutaria de personal enfermero especialista del trabajo en el ámbito del SERGAS; categoría que está a extinguir luego de la publicación del Decreto 81/2016, de 23 de julio, por la que se crea en el ámbito del SERGAS la categoría estatutaria de personal enfermero especialista.

TERCERO

En el acuerdo de gestión de 2016 se estableció como objetivo en materia de salud laboral la realización de las evaluaciones de riesgos de todos los localizadores PREVEN, tanto en el ámbito de la atención primaria como en el de la hospitalaria, en las cuales se contemplan los factores psicosociales.

CUARTO

Entre los planes y medidas articuladas durante la pandemia COVID-19 para la protección del personal del SERGAS destacan los siguientes: 1) Plan específ‌ico para la prevención de riesgos ante la exposición laboral al nuevo coronavirus (SARS-COVID), f‌igurando los protocolos y procedimientos en atención primaria; 2) plan de intervención psicosocial para la atención y el apoyo al personal del servicio gallego de salud en la pandemia de COVID-19, elaborándose ese mismo año el plan de contingencia de recursos humanos COVID-19; y 3) plan de intervención psicosocial para el apoyo y atención al personal del SERGAS en pandemia COVID-19, estableciéndose en el citado plan estrategias de intervención en relación al reconocimiento de la labor del personal de la sanidad, de liderazgo saludable y trabajo colaborativo, escucha activa en la organización, información, comunicación y participación, autocuidado emocional del personal y habilidades de comunicación, estrategias que se complementaron con el programa de acompañamiento y apoyo psicológico a profesionales, denominado "cuídate para cuidar".

QUINTO

En el año 2006 se efectuó una evaluación de factores de riesgo psicosocial para estudiar las condiciones de trabajo que ref‌ieren los trabajadores del SERGAS. El 18 de febrero de 2020 se remite borrador de la instrucción I-PRL 09 "directrices para la evaluación del riesgo psicosocial" a las organizaciones sindicales presentes en la comisión central de seguridad y salud y las gerencias de las áreas sanitarias, estableciendo un plazo para alegaciones. El 17 de febrero de 2021 se presenta esta instrucción como borrador -versión 2 en la comisión central de seguridad y salud de 17 de febrero de 2021-, enviándose también a las gerencias, y estableciendo nuevo plazo de alegaciones que f‌inalizaba el 5 de marzo de 2021. En la comisión central del día 18 de marzo de 2021 se presenta la versión def‌initiva de la instrucción, procediéndose a la remisión a las áreas sanitarias. En ese documento se indica la metodología de evaluación de riesgos psicosociales del INSST como metodología de elección en el SERGAS. En el plan estratégico de formación de 2021 se incluyó el curso "metodología de evaluación de los factores de riesgo psicosocial", dirigido al personal técnico en prevención, delegados de prevención e interlocutores en prevención de las gerencias.

SEXTO

Existe un Plan Galego de Atención Primaria 2019-2021, que obra en autos y cuyo contenido se da por reproducido.

SÉPTIMO

Obra asimismo en autos un documento estratégico y de gestión de noviembre de 2019 (por una atención primaria vertebradora del sistema de salud).

OCTAVO

Obra en autos Criterios de Calidade Das Axendas dos Médicos/as de Familia y Pediatras de Atención

Primaria, cuyo contenido se da por reproducido.

NOVENO

Conforme al Decreto 154/2019 de 10 de octubre, por el que se regulan las áreas sanitarias y los distritos sanitarios del sistema público de salud de Galicia, las gerencias ejercen la gestión de todo el personal de las instituciones y centros del correspondiente área sanitaria, estando facultados para impulsar, ejecutar y evaluar en su ámbito los instrumentos de planif‌icación que afecten a su personal, incluyendo los protocolos establecidos en materia preventiva, así como coordinar y ejecutar la formación continuada de acuerdo con las necesidades existentes en la materia.

DÉCIMO

Consta en el informe de la directora de recursos humanos del SERGAS de fecha 18 de octubre de 2022, obrante en autos, que en el momento actual pretenden abordar una serie de actuaciones para acometer el proceso de evaluación de riesgos psicosociales, que se dividirá en las siguientes etapas: 1) Fase 0, de def‌inición de unidades de análisis (septiembre-octubre 2022); 2) fase 1, de encuesta global de evaluación de psicosociales (del 1 al 30 de noviembre de 2022); 3) fase 2, de encuesta para la toma de datos (del 15 de noviembre al 15 de diciembre de 2022); 4) fase 3, de análisis preliminar de los resultados (entre enero-febrero de 2023); 5) fase 4, de creación de grupos focales (entre marzo- mayo de 2023); y 6) fase 5, de informe de resultados y propuesta de medidas (entre junio-septiembre de 2023).

UNDÉCIMO

Tal y como consta en el acta de la inspección provincial de trabajo y seguridad social de A Coruña, aportada como documental por el sindicato demandante, durante los años 2019 y 2020, la inspectora actuante efectuó comprobaciones en relación con el cumplimiento de la normativa preventiva vigente, en relación a la realización por parte del SERGAS, a través de sus distintas gerencias de las evaluaciones de riesgos psicosociales de sus facultativos y del resto del personal a su servicio, efectuándose diferentes requerimientos a las distintas gerencias, solicitando requerir su comparecencia en las dependencias de la inspección, siendo el objetivo de la reunión conocer el estado de las evaluaciones de riesgos psicosociales en las distintas gerencias, teniendo en cuenta la planif‌icación a nivel central y el seguimiento que se realiza. Tras las actuaciones inspectoras se constata la presentación de una encuesta de clima laboral para evaluar los factores de riesgo psicosocial, que se está desarrollando, y estima que dicha encuesta no puede considerase suf‌iciente para dar cumplimiento a la normativa preventiva vigente en materia de riesgos psicosociales. Por ello, se constata por la inspección un incumplimiento generalizado de la normativa preventiva vigente en relación con la realización de las evaluaciones de riesgos psicosociales.

En función de ello, y constatado el incumplimiento de la gerencia en materia de riesgos psicosociales, se procedió a la práctica de propuesta de requerimiento con el siguiente contenido: Def‌inición del método a emplear de manera clara y def‌iniendo la secuencia a seguir desde la toma de datos al procesamiento de la información obtenida,...

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