STSJ Andalucía 2809/2022, 20 de Octubre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2809/2022
Fecha20 Octubre 2022

Recurso.- 1790/22-C, sent. 2809/22

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA, MELILLA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

Dª. Mª. ELENA DÍAZ ALONSO

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ-BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veinte de Octubre de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 2809 /22

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Seraf‌ina, representada por el Sr. Letrado D. José A. Ligenfert Maraver, contra la sentencia de 11 de enero de 2022, dictada por el Juzgado de lo Social nº 10 de Sevilla en sus autos núm. 1155/19; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ-BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, la recurrente fue demandante contra el INSS y la TGSS, en demanda de reconocimiento de la prestación por incapacidad permanente total o parcial, se celebró el juicio y el 11 de enero de 2022 se dictó sentencia por el referido Juzgado, desestimando la pretensión.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- Seraf‌ina, con NIF núm. NUM000, nacida el NUM001 de 1976, af‌iliada a la Seguridad Social con el núm. NUM002, encuadrada en el Régimen General y en situación de alta o asimilada, tiene como profesión habitual la de auxiliar de ayuda a domicilio.

SEGUNDO

Incoado, a solicitud de la trabajadora, expediente administrativo para el reconocimiento, en su caso, de la prestación de incapacidad permanente, la asegurada es examinada por el médico inspector que, en fecha 17 de mayo de 2019, emitió informe de síntesis en el que se recoge el diagnóstico de Trastorno doloroso exclusivamente relacionado con factores psicológicos, HTA, Cervicalgia de origen muscular, indicándose

que sufrió traumatismo en muñeca derecha el 1 de octubre de 2018, habiendo tenido inmovilización con férula durante 31 días, no presentando a la fecha de la calif‌icación engrosamiento, ni deformidad, movilidad bilateral conservada, Tinel y Phalen positivo, no amiotrof‌ia. En cuanto al raquis la exploración evidencia que tiene contractura muscular a nivel trapecio y lumbar, movilidad cervical y lumbar dolorosa a últimos grados, siendo la marcha normal. El informe concluye que la actora presenta limitaciones del aparato locomotor: cervicalgia de origen muscular (RHB 5/2019), movilidad cervical y lumbar dolorosa a últimos grados, muñeca: no engrosamiento, movilidad bilateral conservada, Tinel y Phalen positivo, no amiotrof‌ias. Estando pendiente de EMG y ejercicios de relajación.

El expediente f‌inalizó por Resolución de la Entidad Gestora de 14 de junio de 2019, que deniega la prestación de incapacidad permanente a la trabajadora, por no alcanzar las lesiones que padece un grado suf‌iciente de disminución de su capacidad laboral.

TERCERO

Disconforme con la anterior resolución, la demandante interpuso, el 17

de julio de 2019, reclamación previa que fue desestimada por Acuerdo de la Entidad Gestora de 31 de octubre de 2019.

CUARTO

La trabajadora, a la fecha de la calif‌icación, presentaba el cuadro y limitaciones funcionales descritos por el médico inspector en el informe médico de síntesis emitido el 17 de mayo de 2019, habiendo sido declarada, en el examen médico realizado por el servicio de prevención propio de su empresa, Apta con limitaciones -para el manejo de cargas superiores a 10 kg-. Reumatología apreció a la demandante en julio de 2018 14 puntos f‌ibromiálgicos positivos, remitiendo para valoración al médico de atención primaria, estando pendiente la asegurada en mayo de 2019 de EMG y ejercicios de relajación.

En febrero de 2020 se realizó a la trabajadora RNM cervical que puso de manif‌iesto

hernia discal posterior lateralizada hacia la derecha a nivel del disco intervertebral C5-C6 que contactaba con el cordón medular, tendencia a la inversión de la lordosis f‌isiológica de la columna cervical posiblemente relacionada con contractura de la musculatura paravertebral. A la exploración realizada el 25 de febrero de 2020 no dolor de apóf‌isis espinosas posteriores de columna cervical, dorsal y lumbar con contractura muscular de musculatura paravertebral cervical derecha y trapecio derecho sobre todo dolorosa a la palpación que limita la lateralización del cuello en sus últimos grados a la derecha, fuerza y sensibilidad distal de miembros superiores normales. En examen médico de síntesis emitido el 17 de junio de 2020, como consecuencia de la nueva solicitud presentada por la actora se concluyó que presentaba...

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