SAP Lugo 454/2022, 22 de Junio de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 454/2022 |
Fecha | 22 Junio 2022 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
Modelo: N10250
PLAZA AVILÉS S/N
-Teléfono: 982294855 Fax: 982294834
Correo electrónico:
Equipo/usuario: JS
N.I.G. 27065 41 1 2021 0000027
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000781 /2021
Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de VILALBA
Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000027 /2021
Recurrente: Romulo
Procurador: MARIA DEL CARMEN PAREDES GONZALEZ
Abogado: MARIA DOLORES PRADO ROUCO
Recurrido: BANCO SABADELL S.A., Marí Jose
Procurador: ANALITA MARIA CUBA CAL, ANTIGONA LOPEZ FERNANDEZ
Abogado: RAFAEL GUERRERO SANTAELLA, MARIA ISABEL CRENDE REY
S E N T E N C I A Nº 454/2022
Magistrados/as: Iltmos/as. Sres/as.
D. DARIO ANTONIO REIGOSA CUBERO
D. JOSE LUIS DEAÑO RODRIGUEZ
Dª. EVA ABADES MACIA
En LUGO, a veintidós de junio de dos mil veintidós.
Visto en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de PROCEDIMIENTOORDINARIO 0000027 /2021, procedentes del XDO.1A.INST.EINSTRUCIÓN N.2 de VILALBA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000781 /2021, en los que aparece como parte apelante, D. Romulo, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. MARIA DEL
CARMEN PAREDES GONZALEZ, asistido por el Abogado Dª. MARIA DOLORES PRADO ROUCO, y como parte apelada, BANCO SABADELL S.A., representado por el Procurador de los tribunales, Sra. ANALITA MARIA CUBA CAL, asistido por el Abogado D. RAFAEL GUERRERO SANTAELLA, y Dª. Marí Jose, representada por la Procuradora Sra. ANTIGONA LOPEZ FERNANDEZ, asistido por la Letrada Dª. MARÍA ISABEL CRENDE REY, sobre reclamación de cantidad, siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. DARIO ANTONIO REIGOSA CUBERO.
Por el XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de VILALBA, se dictó sentencia con fecha 30 de julio de 2021 en el procedimiento del que dimana este recurso.
La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por la entidad BANCO DE SABADELL, S.A, contra Romulo Y Marí Jose, en el sentido de declarar el vencimiento anticipado del contrato de préstamo de fecha 14/12/2016 suscrito por los demandados, los cuales están obligados solidariamente a abonar a la entidad demandante la cantidad total adeudada que resulte de la reliquidación de la deuda con exclusión de las cláusulas declaradas nula (interés moratorio, cláusula 356/360 y comisión de 35 euros por reclamación de posiciones deudoras), cuya determinación se hará en ejecución de sentencia conforme a lo dispuesto en los puntos anteriores de este fundamento en caso de discrepancia entre las partes. Se imponen las costas procesales a la parte demandada"; que ha sido recurrido por la parte Romulo, habiéndose alegado por la contraria.
Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 22 de junio de 2022, a las 10,30 horas, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan lo que a continuación se expone.
Interpone recurso de apelación el codemandado Don Romulo, en el cual solicita, por las razones que expone, se acuerde que no procede imposición de costas de la instancia a los demandados.
Estimamos que el recurso de apelación ha de ser acogido, pues tras un análisis de lo actuado consideramos que el resultado final del procedimiento, a la vista de que se declararon nulas por abusivas varias cláusulas del préstamo litigioso y se acuerda recalcular la deuda, se ajusta más a un acogimiento parcial que sustancial de la demanda, lo que ha de conllevar, conforme al apartado...
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