STSJ Castilla y León 824/2022, 30 de Junio de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 824/2022 |
Fecha | 30 Junio 2022 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
Sala de lo Contencioso-administrativo de
VALLADOLID
Sección Segunda
SENTENCIA: 00824 /2022
Equipo/usuario: JVA
Modelo: N11600
N.I.G: 47186 33 3 2020 0000577
PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000569 /2020
(Acumulado PO 572/2020)
Sobre: EXPROPIACION FORZOSA
De D. Constancio, D. Cosme (REPRESENTADO POR D. Constancio )
ABOGADO D. JESUS ALONSO GARCIA,
PROCURADOR D. MIGUEL ANGEL DIEZ CANO,
Contra COMISION TERRITORIAL DE VALORACION DE LEÓN, AYUNTAMIENTO DE GARRAFE DE TORIO,
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
ABOGADOS: LETRADO DE LA COMUNIDAD,,
ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA N.º 824
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ MAGISTRADOS:
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
DOÑA ADRIANA CID PERRINO
En Valladolid, a 30 de junio de 2022.
Visto por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugnan: En el recurso núm. 569/2020 el Acuerdo de la Comisión Territorial de Valoración de León de 20 de septiembre de 2019, dictado en el expediente NUM000
, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM001 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de Torio para la obra "Proyecto Técnico de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero" en la cantidad total 2253,82 €, incluido el 5% de premio de afección, así como el Acuerdo de dicha Comisión Territorial de 26 de febrero de 2020, desestimatorio del recurso de reposición formulado contra el anterior.
En el recurso núm. 572/2020, acumulado al anterior, los Acuerdos de la Comisión Territorial de Valoración de León de 20 de septiembre de 2019, dictados en los siguientes expedientes:
- NUM002, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM003 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de Torio para la obra "Proyecto Técnico de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero" en la cantidad total 1328,37 €, incluido el 5% de premio de afección.
- NUM004, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM005 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de Torio para la obra "Proyecto Técnico de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero" en la cantidad total 2049,79 €, incluido el 5% de premio de afección.
- NUM007, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM006 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de Torio para la obra "Proyecto Técnico de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero" en la cantidad total 1250,06 €, incluido el 5% de premio de afección.
- NUM009, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM008 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de Torio para la obra "Proyecto Técnico de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero" en la cantidad total 97,37 €, incluido el 5% de premio de afección.
- NUM011, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM010 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de Torio para la obra "Proyecto Técnico de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero" en la cantidad total 604,46 €, incluido el 5% de premio de afección.
- NUM013, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM012 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de Torio para la obra "Proyecto Técnico de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero" en la cantidad total 268,67 €, incluido el 5% de premio de afección.
- NUM014, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la servidumbre que se menciona en la cantidad total de 3.07 €; así como el Acuerdo de dicha Comisión Territorial de 26 de febrero de 2020, desestimatorio de los recursos de reposición formulados contra los anteriores.
Son partes en el recurso núm. 569/2020 : como recurrente DON Constancio, representado por el Procurador
D. Miguel Ángel Díez Cano, bajo la dirección del Letrado D. Jesús Alonso García.
Como demandada LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por Letrada de sus Servicios Jurídicos.
Son partes en el recurso núm. 572/2020 : como recurrente DON Cosme, representado por el Procurador D. Miguel Ángel Díez Cano, bajo la dirección del Letrado D. Jesús Alonso García.
Como demandada LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por Letrada de sus Servicios Jurídicos.
En ambos recursos son partes codemandadas EL AYUNTAMIENTO DE GARRAFE DE TORÍO (LEÓN) que no ha comparecido, no obstante estar emplazado; y la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ramón Sastre Legido.
Interpuesto y admitido a trámite el recurso núm. 569/2020, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando la demanda, declare nulas de pleno derecho o, subsidiariamente, anulables con retroacción de actuaciones a la fase de aprobación del proyecto técnico de la obra y, en su defecto, a la aprobación por la entidad beneficiaria de la relación completa, concreta e individualizada de todos los bienes y derechos afectados por la expropiación pretendida.
En el recurso núm. 572/2020, acumulado al anterior, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando la demanda, declare nulas de pleno derecho o, subsidiariamente, anulables con retroacción de actuaciones a la fase de aprobación del proyecto técnico de la obra y, en su defecto, a la aprobación por la entidad beneficiaria de la relación completa, concreta e individualizada de todos los bienes y derechos afectados por la expropiación pretendida.
En el escrito de contestación de la Letrada de la Administración Autonómica demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto.
En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.
Presentados por las partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 28 de junio de 2022.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
En el recurso núm. 569/2020 se impugna por la representación procesal de D. Constancio el Acuerdo de la Comisión Territorial de Valoración (CTV) de León de 20 de septiembre de 2019, dictado en el expediente NUM000, por el que se fija, en los términos que en el mismo se indican, el justiprecio de los bienes y derechos correspondientes a la parcela NUM001 del término municipal de Garrafe de Torío (León), afectada por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de ese municipio para la obra referida al proyecto de Encauzamiento del Arroyo de Abadengo de Torío presentado por la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), en la cantidad total 2253,82 €, incluido el 5% de premio de afección, así como el Acuerdo de dicha Comisión Territorial de 26 de febrero de 2020, desestimatorio del recurso de reposición formulado contra el anterior.
En el recurso núm. 572/2020 se impugna por la representación procesal de D. Cosme -a su vez representado por su hijo, el antes citado D. Constancio - el Acuerdo de la CTV de León de 26 de febrero de 2020, desestimatorio de los recursos de reposición formulados contra los Acuerdos de esa CTV de 20 de septiembre de 2019, dictados en los expedientes NUM002, NUM004, NUM007, NUM009, NUM011, NUM013 Y NUM014, que fijaron en los términos antes mencionados los justiprecios de los bienes y derechos afectados por la expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Garrafe de...
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