STSJ Andalucía 824/2022, 5 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución824/2022
Fecha05 Mayo 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

N.B.P.

Sentencia número: 824/22

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁILTMO. SR. D. BENITO RABOSO DEL AMOILTMA. SRA. Dª. BEATRIZ PÉREZ HEREDIA-Magistrados- En la Ciudad de Granada, a 5 de mayo de 2022

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican han pronunciado

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación número 2312/21, interpuesto por DOÑA Agueda contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Jaén de fecha 29 de junio de 2021 en Autos número 943/19 sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, en el que ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrado Dª. BEATRIZ PÉREZ HEREDIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social número 3 de Jaén tuvo entrada demanda interpuesta por DOÑA Agueda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

SEGUNDO

Admitida a trámite y registrada la demanda con el número de autos 943/19 fue celebrado juicio, dictándose Sentencia el día 29 de junio de 2021 que contenía el siguiente fallo:

"Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Agueda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, absolviendo a las demandadas de las pretensiones frente a las mismas ejercitadas".

TERCERO

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

" 1º .- DÑA. Agueda con DNI NUM000 nacida el NUM001 /1961 y nº de af‌iliación a la Seguridad Social NUM002 inició el 5/04/2019 expediente de incapacidad permanente por contingencia común en el que hizo constar como profesión habitual el de limpiadora (Formulario de solicitud de Incapacidad permanente obrante en los folios 1 a 6 de 70 de expediente administrativo)

  1. .- El día 2/07/2019 se emitió Informe Medico de Síntesis de Incapacidad permanente por la Unidad Médica de Valoración de Incapacidades con el siguiente contenido:

    "1. DIAGNÓSTIC0 PRINCIPAL: M15.-Poliartrosis.

    1. DIAGNÓSTICO

      Poliartrosis. Artrosis de manos. Fibromialgia. cervicoartrosis. Pinzamiento L5-S1. Hallux valgus bilateral.

    2. DATOS DEL RECONOCIMIENTO MEDICO (Anamnesis, exploración, documentos aportados)

      UMEVI 01.07.19:Solicitud de incapacidad instancia de parte DE

      INFORME DE VALORAQON R-170 (01.07.19):

      -INF.MAP 14.08.17:INFORME DE REUMATOLOGIA:Exploración:Manos con n. de Hebereen en todos los dedos y dolor en TMC. Empuñadura conservada. Dolor en todos los p. gatillo de FM explorados. No limitación de la movilidad. No signos inf‌lamatorios articulares.

      Pruebas Complementarlas

      Anal: Normales PCR (-) FR (-) V de S 2 mm.

      Juicio Clínico Principal :Artrosis de manos. Fibromialgia

      alta medica INSS (EVI)12/02/2019: tos. Episodio de Bronquitis(12/2018). CERVICOARTROSIS.pinzamiento L5-S1. Fibromialgia. Disfonia funcional(08/2018).

      LIMITACIONES ORGANICAS Y/O FUNCIONALES:APARATO RESPIRATORIO: Auscultación Respiratorio: murmullo vesicular sin ruidos sobreañadidos. Sat02 96%. Auscultación cardiaca rítmico sin soplos. No disfonia actual.

      APARATO LOCOMOTOR: Cervical:ba limitado sobre todo extensión y lateralización izquierda. Global limitado en menos del 50%.

      Actual:nueva IT 27.06.19: osteoartrosis no generalizada. Múltiple

      --INF. TAC TORAX 05.03.19: No se aprecian estructuras ganglionares mediastínicas de tamaño signif‌icativo (eje corto menor de 1 cm).Grandes vasos de tamaño dentro de la normalidad.

      Índice cardiotorácico normal; no alteraciones pericárdicas. Arbol traqueobronquial central permeable. Discreto patrón reticular de predominio en campos superiores y medios, asociado a tenue patrón nodular en árbol en brote, en relación con patología de via aérea pequeña.

      Algunas bronquiectasias bilaterales de predominio en bases. Imágenes nodulares bilaterales, la mayor de 5 mm en LII, inespecíf‌icas. No derrame pleural. Cortes abdominales altos sin hallazgos destacables. Cambios degenerativos osteoarticulares.

      -INF.RADIOLOGICO 22.04.19:

      RX de pelvis: leves signos degenerativos.

      RX pies 2p: hallux valgus bilateral

      --INF. RADIOLOGICO 27.04.19:Rx de caderas A-P :Esclerosis de reborde articular a nivel de articulación coxofemoral, sin otros hallazgos signif‌icativos asociados.

      --INF.REUMATOLOGIA 20.06.19: La paciente ref‌iere dolor mecanico poliarticular con sensación de hipoestesia en brazo izquierdo.

      Exploración:NAD 15 NAI 0.

      Pruebas COmplementarias:

      Análisis (05/04/2019): VSG 6 PCR 0.40.FR NEGAT1VO 16 / 04 / 2019

      Radiografía A.P. de Cadera, Bilateral. Caderas Hallazgos Rx de caderas A-P : Esclerosis de reborde articular a nivel de articulación coxofemoral, sin otros hallazgos signif‌icativos asociados.

      Juicio Clínico: Poliartrosis. Artrosis de manos. Fibromialgia. Sd artrósico, cervicoartrosis componente contractura,l sd miofascial cervicodorsal.

      EXPL.UMEVI 02.07.19:Marcha, estática y sedestaci6n conservada,se desviste y se viste con autonomía. Cervical: ba limitado en menos del 50%. Hombros: ba dentro de rangos en todos los arcos de movimiento.

      Manos:capacidad prensil, fuerza conservada. Posicion de puntillas y talones conservadas. Lasegue bilateral negativo; rodillas: ba dentro de rangos. Tobillos:ba conservado. Funciones mentales superiores conservadas. Caderas:balance articular limitado en menos del 50%.Exploracion algo dif‌icultosa.

      Con fecha 16.04.19: MAP deriva a cot: hallux valgus adquirido bilateral citada con COT SAS 26.07.19.

    3. TRATAMIENTO EFECTUADO, EVOLUCIÓN Y POSIBILIDADES TERAPEÚTICAS

      Farmacológico(...)

    4. CONCLUSIONES (Limitaciones orgánicas y/o funcionales)

      Aparato locomotor: Cervicoartrosis. Pelvis: leves signos degenerativos. Esclerosis de reborde articular nivel de articulación coxofemoral. Pinzamiento L5-S1; Cervical: Ba limitación en menos del 50%; Hombros: Balance articular conservado; Manos: capacidad prensil, fuerza conservada; Lasegue bilateral negativo; Rodillas: Balance articular conservado; Número de articulaciones inf‌lamadas 0(Inf. Reumatología)".

      (Informe Médico de Síntesis obrante a los folios de 26 a 28 de 70 del Expediente administrativo remitido por el INSS).

  2. .- El 3/07/2019 se emitió Dictamen propuesta del EVI respecto de la demandante que se elevó a def‌initivo el 8/07/2019 con el siguiente contenido:

    "Determinado el cuadro clínico residual:

    Poliartrosis. Artrosis de manos. Fibromialgia. cervicoartrosis. Pinzamiento L5-S1. Hallux valgus bilateral.

    Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes:

    Aparato locomotor: Cervicoartrosis;

    Pelvis: leves signos degenerativos. Esclerosis de reborde articular nivel de articulación coxofemoral.Pinzamiento L5-S1;

    Cervical: Ba limitación en menos del 50%;

    Hombros: Balance articular conservado;

    Manos: capacidad prensil, fuerza conservada;

    Lasegue bilateral negativo;

    Rodillas: Balance articular conservado;

    Número de articulaciones inf‌lamadas 0(Inf. Reumatología)

    Y en el que se proponía: "la no calif‌icación del trabajador como incapacitado permanente por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral." (Dictamen Propuesta obrante en el folio 25 de 70 del Expediente administrativo remitido por el INSS).

  3. .- El INSS resuelve denegar con fecha 9/07/2019 la prestación de Incapacidad permanente solicitada por no alcanzar las lesiones que padece la solicitante un grado suf‌iciente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. (Resolución obrante en el folio 17 de 70 del Expediente administrativo remitido por el INSS).

  4. .- Contra dicha resolución se interpone Reclamación Previa el día 13/08/2019 interesando que se declare a la trabajadora afecta a una incapacidad permanente (escrito de reclamación previa obrante en el folio 62 de 70 del Expediente administrativo remitido por el INSS).

  5. - La reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha de salida de 18/11/2019 conf‌irmando que las lesiones que padece el demandante no son constitutivas de una incapacidad permanente para su profesión habitual de personal de limpieza, grupo de cotización 10 Resolución obrante en los folios 63y 64 de 70 del Expediente administrativo remitido por el INSS).

  6. .- El EVI emitió Dictamen propuesta fechado el 10/09/2020 en el que hacía constar que si por resolución judicial se declarase el derecho a la pensión de incapacidad permanente, ésta podría ser revisada por agravación o mejoría partir del 10/11/2020

  7. .- En caso de estimación de la demanda, por parte de la Dirección Provincial del INSS en Jaén se certif‌ica que la base reguladora a efectos de incapacidad permanente derivada de enfermedad común que corresponde a la demandantes es de 751,72 euros/mes, y para incapacidad permanente parcial de 983,10 euros/mes, con

    fecha de efectos económicos 3/07/2019 o el día siguiente a la fecha de cese en el trabajo s fuese de fecha posterior (Certif‌icación obrante en el folio 66 de 70 del expediente administrativo remitido por el INSS).

  8. - Se ha aportado Informe Médico Pericial fechado el 21/03/2019 elaborado por el perito Doctor D. Hermenegildo cuyo contenido íntegro se da por reproducido a efectos probatorios en el que hace constar que: "Tras el estudio de la documentación medica aportada, la exploración de la paciente y el resultado de las pruebas objetivas practicadas a la misma, vemos como la situación actual de la Sra. Agueda viene determinada por la existencia de un cuadro de dolor cervicobraquial y lumbociatálgico crónico y progresivo, que le esta limitando cada vez mas, para hacer muchas tareas, especialmente las de esfuerzo de raquis.

    Dicho cuadro clínico, encuentra su origen en un proceso degenerativo artrósico en segmentos cervical y lumbar, con abundantes signos discales y osteof‌itarios. que...

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