SAP Álava 824/2021, 26 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Octubre 2021
Número de resolución824/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA-SECCIÓN PRIMERA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LEHEN ATALA

AVENIDA GASTEIZ, 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

TEL. : 945-004821 Fax/ Faxa : 945-004820

Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: audiencia.s1.alava@justizia.eus / probauzitegia.1a.araba@justizia.eus

NIG PV / IZO EAE: 01.02.2-21/001251

NIG CGPJ / IZO BJKN :01059.42.1-2021/0001251

Recurso apelación sentencia acción individual condiciones generales contratación / Apelazio-errekurtsoa epaia akzio indibiduala kontratuetako baldintza orokorrak 490/2021 - C

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vitoria-Gasteiz - UPAD Civil / Arlo Zibileko ZULUP - Gasteizko Lehen Auzialdiko 5 zenbakiko Epaitegia

Autos de Procedimiento ordinario 109/2021 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: CAJA RURAL DE NAVARRA COOP. DE CREDITO

Procurador/a/ Prokuradorea:IRATXE DAMBORENEA AGORRIA

Abogado/a / Abokatua: ASIER ENERIZ ARRAIZA

Recurrido/a / Errekurritua: Ariadna

Procurador/a / Prokuradorea: JUAN USATORRE IGLESIAS

Abogado/a/ Abokatua: NEREA MORALES ARAGON

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D.ª Mercedes Guerrero Romeo, Presidenta, D. Iñigo Elizburu Aguirre y D. David Losada Durán, Magistrados, ha dictado el día veintiseis de octubre de dos mil veintiuno,

SENTENCIA Nº 824/21

En el recurso de apelación civil, Rollo de Sala nº 490/21, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio Ordinario nº 109/21, promovido por CAJA RURAL DE NAVARRA, S.C.C., dirigida por el Letrado D. Asier Enériz Arraiza y representada por la Procuradora D.ª Iratxe Damborenea Agorria, frente a la sentencia nº 385/21 dictada el 17-03-21, siendo parte apelada D.ª Ariadna, dirigida por la Letrado

D.ª Nerea Morales Aragón y representada por el Procurador D. Juan Usatorre Iglesias, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. David Losada Durán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia nº 385/21 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

Estimo sustancialmente la demanda formulada por Ariadna contra Caja Rural de Navarra y, en su virtud,

1. Declaro la nulidad de las cláusulas gastos, comisión por subrogación e intereses de demora, relacionadas en la demanda, en tanto que condiciones generales de contratación de carácter abusiva y contrarias a la normativa, eliminando citadas cláusulas de la escritura referida por la parte actora en su escrito de demanda.

2. Condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 1097.68 euros y, 566 euros. A la cantidad objeto de condena se devengarán los intereses descritos en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución. No ha lugar a los intereses legales de comisión por posiciones deudoras.

Con imposición de costas a parte demandada.

En fecha 31-03-21 se dictó Auto de aclaración de la sentencia nº 385/21 en el sentido que consta en el fundamento de derecho único, que es del tenor literal siguiente:

Por tanto, la cantidad objeto de restitución def‌initiva asciende a 479.17 y 566 euros, salvo error u omisión.

SEGUNDO

Frente a la anterior sentencia, se interpuso recurso de apelación por la representación de CAJA RURAL DE NAVARRA, S.C.C., recurso que se tuvo por interpuesto con fecha 19-04-21, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentado la representación de D.ª Ariadna, escrito de oposición al recurso planteado de contrario y elevándose, seguidamente, los autos a esta Audiencia Provincial con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala y comparecidas las partes, con fecha 19-05-21 se mandó formar el correspondiente Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia, al Ilmo. Sr. Magistrado D. David Losada Durán, y por resolución de fecha 22-09-21, se señaló para deliberación, votación y fallo el 21-10-21.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia. Motivos del recurso.

La sentencia recurrida declaró la nulidad de la cláusula de gastos, comisión por subrogación e intereses de demora, condenando a la entidad demandada a que abonara a la parte demandante la cantidad de 479,17 € y 566 €, cantidad a la que habría de añadirse los intereses descritos en el fundamento cuarto de la resolución recurrida.

Todo ello en relación con un contrato compraventa con modif‌icación del préstamo hipotecario concedido al promotor, concurriendo en la parte demandante la condición de consumidor y habiendo intervenido la prestamista en la operación para dar consentimiento expreso de la novación.

Frente a dicha sentencia, se alza la entidad bancaria apelante, CAJA RURAL...

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