STSJ Comunidad Valenciana 3334/2021, 16 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3334/2021
Fecha16 Noviembre 2021

Recurso de suplicación 2009/21

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 002009/2021

Ilmas. Sras.

Dª. Inmaculada C. Linares Bosch, presidenta Dª. Mª Esperanza Montesinos Llorens

Dª. Ana Sancho Aranzasti

En Valencia, a dieciseis de noviembre de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA NÚM. 3334/21

En el recurso de suplicación 002009/2021, interpuesto contra la sentencia de fecha 24/09/2020, dictados por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE ELX, en los autos 000491/2019, seguidos sobre grado y responsabilidad pago prestación, a instancia de Dª. Brigida, asistida por el letrado D. José Jesus Cauelas Botella, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA

GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA ASEPEYO, asistida por la letrada Dª. Silvia Pilar Martinez Marhuenda, DYLAS'S SHOES SL, asistida por el letrado D. Eloy Gomariz Sanchez, MUTUA ACTIVA 2008, asistida por el letrado D. Alfonso Carlos Sanchez Soler, MUTUA MAZ, asistida por la letrada Dª. Cristina Aguilar Sanchis, MUTUA FREMAP, asistida por la letrada Dª. Belen Valls Jimenez, CALAHARI SHOES SL, ALONDA SHOES SL, NEW BABY SL, asistida por la letrada Dª. Mª Gabriela Navarro Ferrandez, SERMAN SHOES SL, MAR CASTELLANOS NATURAL SHOES COMPANY SL, y LRK SANDALS

TRADING SL, y en los que es recurrente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ACTIVA MUTUA 2008, ASEPEYO MUTUA y FREMAP MUTUA ha actuado como

ponente la Ilma. Sra. Dª. Inmaculada C. Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "Que estimando la demandaformulada por Dª. Brigida frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA TGSS, la MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL ASEPEYO, la Mercantil DYLAS'S SHOES S.L., LA MUTUA FREMAP, LA MUTUA ACTIVA, la mercantil NEW BABY S.L., la empresa MAR CASTELLANOS NAURAL SHOES COMPANY S.L., la MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES MAZ, y las empresas CALAHARI SHOES S.L., ALONDA SHOES S.L., SERMAN SHOES

S.L., y LARK SANDALS TRADING S.L., debo declarar y declaro a la actora en situación de Incapacidad Permanente, en el grado de total para su profesión habitual de OPERARIA EN FABRICA DE CALZADO (DIFUMINADORA, derivada de enfermedad profesional, y condeno a las MUTUAS demandadas, ya la Entidad Gestora, cada una de ellas en su respectivo porcentaje, en los términos establecidos en el Fundamento Jurídico Quinto como aseguradoras de la empresas también demandadas, a que capitalicen la suma necesaria para que se abone a la actora una pensión del 75% de la base reguladora de 14.490,50 euros/anuales con efectos del día 10/01/2019, con responsabilidad subsidiaria del INSS como sucesor del Fondo de Garantía de accidentes de trabajo y la TGSS en sus funciones de reaseguro.".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.- Datos profesionales del trabajador demandante: La demandante, nacida el día NUM000 /1961, f‌igura af‌iliada a la Seguridad Social con el número NUM001 y, en la fecha 10/09/2018 trabajando para la codemandada DYLAS'S SHOES S.L. que tenía asumida la cobertura del riesgo de accidentes de trabajo con la Mutua ASEPEYO, hallàndose al corriente de pago en sus obligaciones, inició proceso de IT por enfermedad profesional, causando baja médica ese mismo día con el diagnóstico POSIBLE ENZEMA DE CONTACTO AMBAS MANOS, siendo dada de alta el día 23/09/2018 por mejoría que permite realizar su trabajo habitual. La actora ha prestado servicios para las siguientes empresas demandadas durante los periodos siguientes: CALAHARI SHOES S.L. cubierta por ACTIVA MUTUA: 5 DE SEPTIEMBRE DE 2003 A 4 DE DICIEMBRE DE 2003, 1 DE

AGOSTO DE 2004 A 8 DE FEBRERO DE 2005 Y 9 DE FEBRERO DE 2005 A 22 DE MAYO

DE 2008. ALANDA SHOES S.L. cubierta por Mutua FREMAP: 18 de noviembre de 2009 a 16 de diciembre de 2009; 6 de abril de 2011 a 3 de junio de 2011, 17 de enero de 2012 a 16

de abril de 2012, 17 de julio de 2012 a 16 de agosto de 2012 y 3 de septiembre de 2012 a 2 de octubre de 2012. CALZADOS NEW BABY S.L. cubierta por MUTUA ASEPEYO: 17 junio 2013 a 9 agosto 2013, 26 agosto 2013 a 4 octubre 2013 y 16 octubre 2013 a 17 octubre

2013. DILAS'S SHOES S.L, cubierta por mutua ASEPEYO, 2 junio 2014 a 19 septiembre 2014; 4 diciembre 2017 a 29 marzo 2018 y 2 mayo 2018 a 28 septiembre 2018. SERMAN

SHOES S.L., cubierta por Activa Mutua, 11 noviembre 2014 a 4 agosto 2015, 24 agosto

2015 a 30 septiembre 2015 y 26 octubre 2015 a 12 de enero 2016. MAR CASTELLANOS NATURAL SHOES COMPANY S.L., cubierta por ASEPEYO, 25 enero 2016 a 6 de mayo 2016, 1 septiembre 2016 a 12 septiembre 2016. LARK SANDALS TRADING S.L., cubierta por MUTUA MAZ: 11 enero 2017 a 16 de enero de 2017. Su profesión habitual es la de OPERARIA EN FÁBRICA DE CALZADO (DIFUMINADORA) SEGUNDO.- Tramitación de

expediente de incapacidad permanente: I. Iniciado expediente de Incapacidad permanente, con fecha 10/01/2019 el Equipo de Valoración de Incapacidades emite dictamen propuesta donde reconoce las siguientes secuelas derivadas de Enfermedad Profesional: "DERMATITIS ALÉRGICA DE CONTACTO" y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: "DERMATITIS DE CONTACTO CON PRUEBAS EPICUTÁNEAS POSITIVAS

ACTUALMENTE SIN LESIONES" y propone la no calif‌icación de la trabajadora referida como incapacitada permanente por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que anulen o disminuyan su capacidad laboral. II. El día 11/01/2019 por el Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Alicante se eleva a def‌initiva la propuesta. TERCERO.- Circunstancias clínicas: A la actora se le aprecian las siguientes dolencias: DERMATITIS ALÉRGICA DE CONTACTO", y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: DERMATITIS DE CONTACTO CON PRUEBAS EPICUTÁNEAS POSITIVAS

ACTUALMENTE SIN LESIONES" El informe médico de síntesis, de 27 de enero de 2019, que consta en las actuaciones y se da aquí por reproducido en su integridad establece ente otras: ".............................PATOLOGÍA

QUE DESACONSEJA EXPOSICIÓN A PRODUCTOS QUE CONTENGAN GOMAS NEGRAS Y MEZCLA DE TIURAM, NIQUEL, MEZCLA DE CARBAS Y ETILENDIAMINA" El informe delINSTITUTO VALENCIANO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (INVASAT), que consta en el ramo de prueba de la actora como documento nº 6 y se da aquí por reproducido en su integridad, establece: "................................ Difuminadora

en empresa de producción de calzado, actualmente en desempleo desde 28/09/2018. Por su historial en distintos puestos de trabajo con exposición a productos químicos del calzado, desarrolla una alteración de la piel (dermatitis) con sensibilización a múltiples compuestos presentes laboralmente, de...

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