ATSJ País Vasco 70/2021, 14 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Diciembre 2021
Número de resolución70/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

SALA DE LO SOCIAL

EAEko AUZITEGI NAGUSIA

LAN-ARLOKO SALA

Barroeta Aldamar, 10 7ª Planta - C.P./PK: 48001 Bilbao

TEL .: 94-4016656 FAX : 94-4016995

NIG / IZO: 00.01.4-21/000047

NIG CGPJ / IZO BJKN : 48020.34.4-2021/0000047

RECURSO DE LA SALA N.º/ SALAKO ERREKURTSOAREN ZK. : 25/2021

TIPO DE PROCEDIMIENTO/ PROZEDURA-MOTA : Procedimiento de instancia / Auzialdiko prozedura

Sobre / Gaia : Resto demandas

Jdo. Origen / Jatorriko epaitegia : /

Autos de Origen / Jatorriko autoak : /

RECURRENTE/S/ ALDERDI ERREKURTSOGILEA/K : CONFEDERACION SINDICAL ELA

ABOGADO/ ABOKATUA : JOSE ALBERTO ABASOLO ABASOLO

PROCURADOR/ PROKURADOREA :

RECURRIDO/S/ ALDERDI ERREKURRITUA/K : SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO - SEPE, ACERIA DE ALAVA S.A.U, SINDICATO LIBRE, SINDICATO LAB, EUSKO JAULARITZA -GOBIERNO VASCO, COMITE INTERCENTROS DE TUBACEX-ACERIA DE ALAVA, COMITE DE EMPRESA DE ACERIA DE ALAVA S.A., SINDICATO STAT y SINDICATO CCOO

ABOGADO / ABOKATUA : IKER RAMON PRIOR GARCIA, EÑAUT BILBAO GONZALEZ, SERVICIO JURIDICO CENTRAL DEL GOBIERNO VASCO, AINARA ALONSO BECERAS y MAITE DE SANDE MARROYO

PROCURADOR/ PROKURADOREA :

A U T O Nº 70/2021

ILMO SR.

PRESIDENTE en funciones:

JUAN CARLOS ITURRI GARATE

MAGISTRADOS/AS:

FLORENTINO EGUARAS MENDIRI

MAITE ALEJANDRO ARANZAMENDI

En Bilbao, a catorce de diciembre de dos mil veintiuno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha de 6 de julio de 2021 se dictó sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en materia de impugnación de despido colectivo por la que se declaraba la nulidad del ERE, condenando a la Empresa ACERÍA DE ÁLAVA, S . A.U. a reincorporar a los trabajadores afectados, entre otros extremos que no son del caso.

SEGUNDO

El pasado día 11 de noviembre de 2021 se presentó escrito suscrito en nombre de ACERÍA DE ÁLAVA, S.AU., del sindicato ELA-STV ("ELA"), del sindicato Comisiones Obreras de Euskadi ("CCOO"), del Sindicato Independiente y del Comité Intercentros de TTI Y ACERÍA DE ÁLAVA, S.A.U.. manifestando haber llegado a un acuerdo y solicitando que el mismo sea homologado por este Tribunal. Se transcribe literalmente el acuerdo a continuación:

"ACUERDO PARA LA RESOLUCIÓN DEL CONFLICTO EN TU BAC EX

En Bilbao, a fecha 4 de octubre de 2021 siendo las 13:30 horas, se han reunido en sede del Gobierno Vasco la Representación de las Empresas ITI y Aceralava (en adelante TUBACEX) y la Representación Legal de los Trabajadores y Trabajadoras de la misma, convocados por el Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco que ha estado representado por la Viceconsejera de Trabajo y Seguridad Social y el Director de Trabajo y Seguridad Social.

Una vez que las secciones sindicales de los sindicatos con representación en el Comité de empresa de TUBACEX ha reunido a sus af‌iliados para la toma en consideración del Principio de acuerdo f‌irmado el pasado 30 de septiembre de 2021, el sindicato ELA y el sindicato CCOO y el Sindicato Independiente, que suponen la mayoría de la representación del Comité Intercentros, aceptan los siguientes los siguientes COMPROMISOS:

  1. ADSCRIPCIONES VOLUNTARIAS

    La empresa abrirá un periodo de adscripciones voluntarias tanto para el colectivo de salidas no voluntarias del ERE como para el resto de la plantilla que esté interesado de acuerdo con las condiciones generales establecidas para las salidas voluntarias que se detallan en el ANEXO y siguientes condiciones particulares;

    Trabajadores con más de 5 años de antigüedad: Se establece una indemnización equivalente al despido improcedente, garantizándose en su caso que dicha indemnización no sea inferior a 40.000 euros.

    Trabajadores con menos de 5 años de antigüedad: Se establece una indemnización equivalente al despido improcedente.

    Se mejorará el importe indemnizatorio para cada una de las salidas voluntarias con un lineal de 3.000 euros brutos.

  2. PREJUBILACIONES

    Se amplia las prejubilaciones hasta 3 en TTI y 1 en ACVA correspondiente a personas nacidas en 1963 por orden de fecha de nacimiento de acuerdo con las condiciones generales establecidas para las salidas voluntarias que se detallan en el ANEXO Y siguientes condiciones particulares:

    Se ofrece una prejubilación hasta cumplir los 62 años con la garantía de percibir mensualmente, hasta dicha fecha, un complemento bruto a las prestaciones públicas estimadas hasta alcanzar el 70% de su salario neto en activo.

  3. EXCEDENCIAS

    La empresa se compromete a aceptar excedencias voluntarias con las condiciones generales establecidas para las salidas voluntarias que se detallan en el ANEXO Y siguientes condiciones particulares:

    .

    Serán por un periodo de 5 años, incentivadas con una paga única de 5.000 euros.

    La persona en excedencia conservará un derecho de reserva del puesto de trabajo similar para incorporarse.

    Las excedencias se aceptarán tras valoración de cada uno de los casos si se detecta la idoneidad de la sustitución por una persona de la lista de afectados actuales aceptándose un máximo de 5.

  4. GARANTÍA DE EMPLEO

    La empresa Tubacex garantiza hasta el 31 de diciembre 2024 el mantenimiento del volumen total de plantilla (aparte jubilados parciales) que resulten de este proceso de bajas incentivadas.

    Si hasta esa fecha, 31 de diciembre de 2024, la situación económica y productiva de la empresa hiciera necesarios ajustes, estos se realizarán de acuerdo a procesos voluntarios que pueden abrirse con las condiciones aqui pactadas previa negociación con la representación sindical, comprometiéndose la empresa a no presentar expedientes de regulación de empleo de carácter extintivo.

  5. INVERSIONES

    Se aprobarán Inversiones equivalentes al menos al 1% de la cifra de negocio de ambas empresas del año anterior (importe solicitado por la representación sindical en el periodo de negociación del ERE), que estarán enfocadas en automatización, mejora de productividad y ampliación de gama de producto Premium.

  6. CONVENIO COLECTIVO EN VIGOR

    Se mantiene la vigencia del convenio colectivo actualmente en vigor hasta el 31 de diciembre de 2024, con las siguientes salvedades:

    Los conceptos económicos que actualmente se abonan no se actualizarán desde la fecha de aceptación y f‌irma de este planteamiento.

    La jornada pasará de 1.656 a 1,696 horas anuales.

    Se rebajará la aportación a la EPSV del 4 al 1 por cierto.

    Antes del 31 de diciembre de 2024, momento en el que el convenio actual (2017-2021) volverá a estar en vigor en todos sus términos, las partes se comprometen a negociar un nuevo convenio colectivo de acuerdo a la situación económica y productiva de la empresa en dicho momento.

  7. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

    Las partes se comprometen a impulsar los foros establecidos en el artículo 10.4 del Convenio Colectivo en vigor, a f‌in de hacer un seguimiento periódico de la situación económica, productiva y técnica de la empresa.

  8. RETIRADA DE LOS RECURSOS

    Las partes se comprometen a retirar todos los recursos judiciales actualmente pendientes de resolución, tanto ante el Tribunal Supremo, como ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

    Respecto al recurso pendiente en el Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco y que afecta a 22 personas que mostraron su voluntariedad de salida de la empresa, la RLT asegura que el número de personas que tienen interés en volver a la empresa se compensa con el número de nuevas personas que estarían dispuestas a acogerse a nuevas bajas voluntarias, mostrando todas ellas por escrito su voluntad, escrito que, en sobre cerrado, quedará en depósito del Departamento de Trabajo y Empleo.

  9. HUELGA

    A las 06:00 horas del dia 05 de octubre de 2021 se da por desconvocada la huelga indef‌inida que fue convocada por el comité de empresa de Tubacex con fecha 15 de febrero de 2021.

    ANEXO: CONDICIONES DE SALIDA S VOL UNTARIAS, PREJ UBILACIONES Y EXCEDENCIAS PLAZO:

    Inscripción: 20/10/21

    Valoración y aceptación: 25/10/21

    Formalización de salidas y sustitución por personas afectadas por el ERE: 31/10/21

    Para garantizar las mismas condiciones de f‌iscalidad, cotización a la seguridad social y derecho de prestaciones que las personas que ya han sido afectadas por el proceso es imprescindible acuerdo con la representación sindical,

    La empresa se reserva el derecho a aceptar las solicitudes de bajas voluntarias y excedencias atendiendo a criterios operativos y de conocimientos entre el personal que ocupa puestos de promoción por examen y selección, siendo libre la adscripción voluntaria de las personas que ocupan puestos de promoción por antigüedad. No se admitirán adscripciones voluntarias de edad Igual o mayor de 50 años.

    Se convocará, con carácter informativo una Comisión General con fecha 25 de octubre para debatir la selección.

    Las prejubilaciones atenderán a las mismas condiciones que las establecidas en el Plan de Adscripción Voluntaria presentado en el expediente de regulación.

    La empresa podrá realizar reorganizaciones y reubicaciones internas dentro de las plantas y entre ellas con el colectivo reincorporado a f‌in de facilitar este compromiso.

    Respecto a la materialización de los efectos y por poner al día los datos.

    En cuanto a las adscripciones voluntarias: quedaba tras la reunión del 25.10.21 la asistencia de un prejubilado a MAPFRE (el que se pudo adscribir por renuncia de otro de ITI) para conf‌irmar sus condiciones, cosa que ocurrió el miércoles 27 estando ya conforme.

    La materialización de las salidas voluntarias para que tengan las personas, todas, voluntarias y prejubilados, las mismas garantías f‌iscales y de cotización y prestaciones que se tenían en abril está en vías de def‌inición. Los abogados están buscando la fórmula legal. En cuanto nos d i gan cómo comunicaremos las fechas posibles de salida y proceder así a que queden sin efectos los recursos ante el TSJ.

    Por último, propongo en este acta la habilitación...

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