SAP Pontevedra 608/2021, 25 de Octubre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 25 Octubre 2021 |
Emisor | Audiencia Provincial de Pontevedra, seccion 1 (civil) |
Número de resolución | 608/2021 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1, PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00608/2021
Modelo: N10250
C/ ROSALIA DE CASTRO NUM. 5
Teléfono: 986805108 Fax: 986803962
Correo electrónico: seccion1.ap.pontevedra@xustiza.gal
Equipo/usuario: CA
N.I.G. 36039 41 1 2016 0001152
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000557 /2021
Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.3 de O PORRIÑO
Procedimiento de origen: LSG LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000317 /2016
Recurrente: Justo
Procurador: ENRIQUE PEREZ ESTEVEZ
Abogado: GERMAN ALONSO PEREZ
Recurrido: Celsa, Clemencia, Marcial, Crescencia, Daniela, Maximiliano, Elisabeth, Elsa
Procurador: MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ RODRIGUEZ, FRANCISCO JAVIER VARELA GONZALEZ, FRANCISCO JAVIER VARELA GONZALEZ, FRANCISCO JAVIER VARELA GONZALEZ, PURIFICACION RODRIGUEZ GONZALEZ, PURIFICACION RODRIGUEZ GONZALEZ, FRANCISCO JAVIER VARELA GONZALEZ,
Abogado: ISMAEL GOMEZ SOLLA, DIEGO CAPON SANCHEZ, DIEGO CAPON SANCHEZ, MARIA ANGELA COBAS LUIS, LUIS ALBERTO ORGE MIGUEZ, LUIS ALBERTO ORGE MIGUEZ, DIEGO CAPON SANCHEZ,
LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, COMPUESTA POR LOS ILMOS
MAGISTRADOS
-
FRANCISCO JAVIER MENÉNDEZ ESTÉBANEZ
-
JACINTO JOSÉ PÉREZ BENÍTEZ
-
EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS
HA DICTADO
EN NOMBRE DEL REY
LA SIGUIENTE
SENTENCIA NUM. 608/21
En PONTEVEDRA, a veinticinco de octubre de dos mil veintiuno.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000317 /2016, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.3 de O PORRIÑO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000557 /2021, en los que aparece como parte apelante D. Justo (como miembro de la Comunidad hereditaria de D. Ángel Daniel ), representado por el Procurador de los tribunales, Sr. ENRIQUE PEREZ ESTEVEZ, asistido por el Abogado
-
GERMAN ALONSO PEREZ, y como parte apelada Dª Crescencia, representada por el Procurador de los tribunales, Sr. FRANCISCO JAVIER VARELA GONZALEZ, asistida por el Abogado Dª. MARIA ANGELA COBAS LUIS, Dª Celsa, representada por el Procurador de los tribunales, Sra. MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ RODRIGUEZ, asistida por el Abogado D. ISMAEL GOMEZ SOLLA, Dª Clemencia, D. Marcial y D. Elisabeth, representados por el Procurador de los tribunales, Sr. FRANCISCO JAVIER VARELA GONZALEZ, asistidos por el Abogado D. DIEGO CAPON SANCHEZ, Dª Daniela y D. Maximiliano, representados por el Procurador de los tribunales, Sra. PURIFICACION RODRIGUEZ GONZALEZ, asistidos por el Abogado D. LUIS ALBERTO ORGE MIGUEZ, y Dª Elsa, no personada en esta alzada, y siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de O Porriño con fecha 24 de abril de 2017, se dictó sentencia con el siguiente fallo:
"Que estimando parcialmente la propuesta de Inventario presentada por el Procurador Sr. Pérez Estévez, en nombre y representación de D. Ángel Daniel, frente a Dña. Crescencia, representada por la Procuradora Sra. Amoedo Lusquiños, D. Julián, representado por la Procuradora Sra. Rodríguez González, D. Justo, sin representación procesal asignada, los herederos de D. Alonso, representados por el Procurador Sr. Varela y los herederos de D. Benjamín y su cónyuge Dña. Daniela, representados por la Procuradora de los Tribunales Dña. Purificación Rodríguez, y en su virtud, debo declarar y declaro que el activo y pasivo del Inventario de la Sociedad de Gananciales del matrimonio formado por D. Ángel Daniel y su esposa Dña. Almudena, fallecida el 3 de julio de 2006, está compuesto por las partidas expresadas en el Fundamento Jurídico Tercero de la presente resolución y aquéllas sobre las cuales ha existido expresa conformidad entre las partes para su inclusión concretadas en el acta de formación de inventario celebrada el 9 de noviembre de 2016, todo ello sin especial pronunciamiento sobre las costas de este procedimiento.".
Notificada dicha resolución a las partes, por el Procurador don Enrique Pérez Estévez, en representación de don Ángel Daniel, interpuso recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por las partes contrarias.
Cumplimentados los trámites legales y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala. Se señaló el día 21 de octubre de 2021 para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.
Planteamiento del debate.
Se instó por don Ángel Daniel la liquidación de la sociedad de gananciales de los bienes del matrimonio contraído por el demandante con doña Almudena, que fue disuelto por el fallecimiento de esta acaecido el 3 de julio de 2006. La acción se entabla contra los hijos del matrimonio que fueron instituidos herederos en el testamento otorgado por la causante el 10 de junio de 1992. A fecha de fallecimiento de la causante dichos herederos eran: doña Crescencia, don Julián, don Justo y don Alonso y los herederos de don Benjamín que premurió a su madre (su hijo don Maximiliano y su esposa doña Daniela ).
En el escrito iniciador del expediente don Ángel Daniel planteó el siguiente inventario de bienes:
-
ACTIVO:
-
BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA
-
Local comercial edificio de la C/Fernandez Sestelo, nº 13 de Salceda de Caselas.Valor.............118.974,74 €.
-
Piso NUM000 letra NUM001 del edificio de la CALLE000, nº NUM003 de Salceda de Caselas.Valor.............65.812,50 €.
-
Piso NUM000 letra NUM002 del edificio de la CALLE000, nº NUM003 de Salceda de Caselas.Valor...........65.812,50 €.
-
Piso NUM004 letra NUM001 del edificio de la CALLE000, nº NUM003 de Salceda de Caselas. Valor.........65.812,50 €.
-
Piso NUM004 letra NUM002 del edificio de la CALLE000, nº NUM003 de Salceda de Caselas. Valor........65.812,50 €.
-
Piso NUM005 letra NUM001 bajo cubierta del edificio de la CALLE000, nº NUM003 de Salceda de Caselas, en construction. Valor .....30.580,41 €
-
Piso NUM005 letra NUM002 bajo cubierta del edificio de la CALLE000, nº NUM003 de Salceda de Caselas, en construcción. Valor....30.580,41 €.
-
Terreno sobrante de la parcelas en la que se alza el edificio de la CALLE000, nº NUM003 de Salceda de Caselas.Valor...24.180,00€.
-
Vivienda piso NUM006 NUM002 de la CALLE001, nº NUM007 de Salceda de Caselas.Valor....51.370,90 €.
-
Vivienda piso NUM006 NUM008 de la RUA000, del edificio nº NUM003 de Salceda de Caselas.Valor ....55.981,81 €.
-
Plaza de Garaje nº NUM005 y trastero nº NUM009 del edificio sito en la calle de Salceda de Caselas. Valor 11.247,75 €.
-
Casa DIRECCION000 . Vivienda unifamiliar sita en lugar de DIRECCION001, San Zurzo, Salceda de Caselas. Valor....12.700,92 €.
-
Casa de referencia catastral sita en DIRECCION001, nº NUM000 Salceda de Caelas. Valor ......39.551,62 €.
-
Vivienda unifamiliar sita en Baiona, la parroquia de DIRECCION002 en el lugar de DIRECCION003, a la denominación de DIRECCION004, con la finca sobre la que se alza. Valor ....27.141,39 €.
-
-
BIENES DE NATURALEZA RÚSTICA
-
DIRECCION000, finca de labradio, con viña, sobre la que se alza el inmueble relacionado al número 13, sita en la parroquia de DIRECCION005, Salvatierra de Miño. Valor..... 6.684.38.- €.
-
DIRECCION006, fica a labradio, de 4 áreas y tres centiáreas, sita en la parroquia de DIRECCION005, de Salceda de Caselas. Valor..... 2.973,30.- €.
-
DIRECCION007, finca de labradío a viña, de siete áreas y noventa y cinco centiáreas, en la parroquia de DIRECCION005, en la Mariña, municipio de Salceda de Caselas. Valor..... 5.880,19.- €.
-
DIRECCION007, labradío y viña que mide un área y cuarenta centiáreas,, en la parroquia de DIRECCION005, en la Mariña, municipio de Salceda de Caselas. Valor..... 1.032,91.-€.
-
DIRECCION008, labradío a viña, de dos áreas setenta y siete centiáreas de extensión superficial, sita en la parroquia de DIRECCION005, de Salceda de Caselas. Valor..... 2.043,68.- €.
-
DIRECCION009, monte da canteira que mide una superficie de siete áreas cuarenta y cinco centiáreas, sita en la parroquia de DIRECCION005, de Salceda de Caselas. Valor....2.074,37.- €.
-
DIRECCION010, labradío y viña, de dos áreas y sesenta centiáreas, en la Parroquia de DIRECCION011, de Salceda de Caselas. Valor..... 1.789,18.- €.
-
DIRECCION012, monte de diez áreas ochenta centiáreas en la Parroquia de DIRECCION011, Salceda de Caselas. Valor ...6.429,44.- €.
-
DIRECCION013, monte, de una extensión superficial de cuatro áreas y diez centiáreas, en la Parroquia de DIRECCION011, de Salceda de Caselas. Valor..... 2.440,81.- €.
-
DIRECCION014, monte de siete áreas noventa centiáreas, en la Parroquia de DIRECCION011, de Salceda de Caselas. Valor..... 4.703,02.- €.
-
DIRECCION015, monte, de una superficie de seis áreas, treinta y dos centiáreas, en la Parroquia de DIRECCION011, de Salceda de Caselas. Valor..... 3.762,41.- €.
-
DIRECCION000, inculto, de una superficie de veinticinco centiáreas, en la Parroquia de DIRECCION011, de Salceda de Caselas. Valor..... 217,88.- €.
-
DIRECCION016, inculto de una extensión de 74 centiáreas, en la Parroquia de DIRECCION011, de Salceda de Caselas. Valor.....381,00.- €.
-
DIRECCION017, monte de cuarenta áreas setenta y siete centiáreas de extensión superficial, en la Parroquia de DIRECCION018, de Salvatierra do Miño. Valor..... 21.912,33.- €.
-
DIRECCION017, monte de tres areas trece centiareas, colindante con el anterior, en la parroquia de DIRECCION018 de Salvatierra de Miño. Valor..... 1.822,15.- €.
-
-
CUENTAS BANCARIAS:
-
Saldo en Cuenta Corriente número NUM010 en la entidad bancaria Caixa Galicia, hoy Abanca por importe de euros 172,96.-€
-
Saldo en Cuenta...
-
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Jaén 701/2022, 16 de Junio de 2022
...se pronuncia la resolución de fecha veinticinco de octubre de dos mil veintiuno dictada por la AAPP de Pontevedra dictada en el Roj: SAP PO 2422/2021 - ECLI:ES:APPO:2021:2422: En el procedimiento de formación de inventario deben identificarse debidamente los bienes, de tal modo que los cré......