STSJ Cantabria 67/2022, 4 de Febrero de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 67/2022 |
Fecha | 04 Febrero 2022 |
SENTENCIA nº 000067/2022
En Santander a 4 de febrero del 2022
PRESIDENTA
Ilma. Sra. D. ª Mercedes Sancha Saiz
MAGISTRADAS
Ilma. Sra. Dª María Jesús Fernández García
Ilma. Sra. D. ª Elena Pérez Pérez (ponente)
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los/las Ilmos. /as. Sres./Sras. citados/as al margen ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación interpuesto por D. Jose Ángel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. cinco de Santander, en el proc. núm. 711/2020, ha sido Ponente la Ilma. Sra. D.ª Elena Pérez Pérez, expresa el parecer de la Sala.
Según consta en autos se presentó demanda por D. Jose Ángel, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre incapacidad y, en su día, se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 3 de diciembre del 2021 (proc. 711/2020), en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
Como hechos probados se declararon los siguientes:
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- D. Jose Ángel (D.N.I. nº NUM000 ), nacido el día NUM001 -73, está afiliado a la Seguridad Social -R.G.S.S.-, siendo su profesión habitual la de Conductor repartidor. (F. 42 vuelto)
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- Iniciada la vía administrativa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en solicitud de incapacidad permanente, se dictó resolución de fecha 20-7-20, en donde se denegaba la prestación solicitada por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución en la capacidad laboral, conforme al siguiente Informe médico de síntesis:
"1.DIAGNÓSTICO PRINCIPAL: M17.-Artrosis de rodilla
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DIAGNÓSTICO
Gonalgia izda. Sd de Osgood-Slater. Paresia Eli. Bronquitis espástica.
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DATOS DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO (Anamnesis,
exploración, documentos aportados)
IMS Previo 20.3.2020
Causa IT por gonalgia izda persistente tras traumatismo directo. Se solicitó Eco que con fecha 22.10.18 informó de "...Probable secuela de Osgood Schalatter previo". Derivado a Trauma con RM realizada por Mutua "...Rotura horizontal degenerativa del cuerpo del ME. Enfermedad de Osgood Schaltter crónica con fragmentación, edema en tuberosidad tibial anterior y tendinosis rotuliana distal. Condromalacia grado 4 en meseta tibial externa".
Trauma el 21.2.19 informa "...Exploración Física: Seca, estable. cepillos rotulianos ++ meniscales +++ para externo Tendinitis rotuliana distal. osgood - schlatter. Diagnóstico: MERI + Gonartrosis.
Procedimientos:
AKT, tras la cual es incluido en LEQ, situación en la que permanece en la actualidad".
*Intercurrentemente en estudio por Neumología por bronquitis espásticas (desde 2016) en relación con infecciones respiratorias de repetición y por Neurología por Monoplejia + anestesia de EII súbitas con exploración neurológica normal. Remitido para valoración psiquiátrica se descartó también psicopatología aparente.
*En control por Mutua remite informe con PIT, argumentando que "...descartamos la posibilidad de IQen MM por su problema respiratorio. Sigue tto con Zaldiar, Broncodilatadores y Enanplus. El paciente ha estado en RHB del codo derecho por Bursitis, también está realizando fortalecimiento de la musculatura de la rodilla en la piscina. Refiere debilidad en rodilla izquierda y en ocasiones caidas al suelo. El paciente incluido en LEQ, que sigue pendiente de ser llamado para IQ, ha puesto una reclamación en el CS. Cumple los 6 meses el 28.8.2019 y quiere solicitar el cumplimiento de la ley de Garantías. Sigue realizando piscina, bicicleta dentro de la piscina y caminar en piscina; también sale a caminar todo lo que puede y sigue tomando tan solo el Enanplus/8h. Limitado para la realización de sus tareas laborales habituales".
* En la UMEVI: Refiere que le hicieron el preoperatorio el 17.12.19 pero todavía no le han llamado, viene cojeando, toma Enanplus e Ibuprofeno. Le mandaron ejercicios de bajo impacto: piscina, para que cuando le IQx la pierna este fortalecida.
AFECTACIÓN ACTUAL: Se realiza el IMS el 14.7.2020, con la documentación existente en la Hª Cª del paciente en el Hª y CDS de referencia, la información de la Mutua y la información del IMS previo.
RECONOCIMIENTO POR APARATOS
En la UMEVI: se ve en el visor de HaCa que el 17.12.2019 le han hecho preoperatorio.
TRAUMATOLOGÍA
Ingreso Programado el 12.3.2020 por Gonalgia izquierda, para artroscopia de rodilla izquierda.
Exploración Física: Seca, estable. cepillos rotulianos ++ meniscales +++ para externo. Tendinitis rotuliana distal. osgood - schlatter.
Diagnóstico: Meniscopatía externa en rodilla izquierda
IQ 12.3.2020: Artrosocopia de rodilla izquierda. Pequeña rotura radial de la unión del cuerpo con el cuerno anterior del menisco externo, meniscectomía parcial 10%. Menisco interno conservado. Afectación condral grado III en platillo tibial externo y en rótula, resto bien conservado
Recomendaciones: Curas en su centro de salud cada 4-5 días hasta retirada de puntos de sutura en 2 semanas Acudir a consultas de artroscopia con la Dra. Angelina el 1/04/20 para revisión.
*NO HAY EVOLUTIVOS EN LA HaCa EN EL VISOR, NI CITAS
PENDIENTES
NEUMOLOGÍa
26.3.2019 Evolución: UTS y V. El paciente no ha vuelto a consulta desde el diagnóstico en 2016. Se procede a la retirada de la CPAP por no cumplimiento.
NEUROLOGÍA
20.3.2018: De acuerdo a informe de ingreso paciente de 44 años que ingresa por monoplejia + anestesia completa de Eli. Refiere persistencia del cuadro, sin alteraciones esfinterianas ni de la sensibilidad perineal. También presenta dolor en región del codo derecho (se golpeó el codo cuando se cayó).
Expl. NRL: hipoestesia suspendida en región dorsal D6D11 aprox. Ell: Balance proximal 0/5, en flexión plantar del pie 1/5. Nivel sensitivo horizontal desde aprox. 10 cm de la raiz del Mil, con hipoestesia/hiperestesia a nivel de la región plantar izquierda. ROT rotulianos y aquileos + y simétricos. RCP indiferente izquierdo, flexor derecho. Consigue mantener bipedestación.
Estudio de ENG, PES de EESS/EEII y PEM de EEII dentro de la normalidad y sin asimetrías significativas de un lado respecto al contralateral. Plan: aviso de nuevo a psiquiatría
PSQ: Ha presenta lenta pero gradual mejoría los últimos días. Esta con diazepam 10/8h.
A la exploración, colaborador, locuaz, reactivo. Sin clínica depresiva que reconoce haber presentado otras veces. Tampoco clínica obsesiva. Centrado en debilidad EEII, aunque con poca afectación en su estado de ánimo, y que pueda corresponder a un problema en canal mediular, aunque comprende y acepta que ha sido bien estudiado, la RNM lo descarta y ha presentado cierta mejoria.
Impresión diagnostica: Los previos. No hay psicopatología aparente.
Plan: Comentado con neuro. Igual tto por nuestra parte.
Al alta seguirá control con su MAP
ORL
9.2.2017 Desviación septal que cierra completamente dicha fosa. Cresta vertical, con angulación de septum anterior hacia izda. y lux. borde caudal hacia izda. Impresión diagnóstica: DESVIACIÓN SEPTAL POSTRAUMÁTICA
SEVERA
IQ septoplastia del 28.8.17
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TRATAMIENTO EFECTUADO, EVOLUCIÓN Y POSIBILIDADES
TERAPÉUTICAS
Médico: Enamplus, Ibuprofeno
Control de Trauma HUMV IQx de Rodilla izda 13.2. 2020
ATK
Control de la Mutua Montañesa
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CONCLUSIONES (Limitaciones orgánicas y/o funcionales) GRADO FUNCIONAL LOCOMOTOR: POR DETERMINAR." ( F. 22/23)
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- Presentada la correspondiente reclamación previa, se dictó resolución en fecha 20-072020 por la que se denegaba el reconocimiento de incapacidad permanente solicitada, ya que no se deducían nuevos hechos o pruebas que sirvieran para modificar la resolución.
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- Las secuelas que padece la parte actora de forma resumida son:
- E.I.I. ANTECEDENTES DE SÍNDROME OSGOOD-SCHLATTER
- E.I.I. CONDROMALACIA GRADO III CON MENISCO EXTERNO EXTRUIDO
- ANTECEDENTES BRONQUITIS ESPÁSTICA
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- La base reguladora para la incapacidad permanente solicitada sería de 1.686,76 €/mes, siendo la fecha a partir de la cual desplegaría efectos económicos el día 9-10-20 con opción. (No controvertido)
En dicha sentencia se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
"Desestimar la demanda presentada por D. Jose Ángel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y no habiendo lugar a declarar a la parte demandante en situación de incapacidad permanente Total para su profesión habitual de Conductor repartidor, derivada de enfermedad común, absolver a las demandadas de los pedimentos deducidos en su contra."
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, no siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos a la Ponente para su examen y resolución por la Sala.
La sentencia de instancia desestima la pretensión del actor de ser declarado en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual.
Frente a esta resolución se alza la parte actora en dos motivos.
En el primero de ellos, con adecuado amparo procesal en el apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social -en adelante, LRJS-, insta la revisión del relato fáctico.
En el motivo segundo, con fundamento en el apartado c) del mismo artículo 193 LRJS, denuncia la infracción de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -en adelante, LGSS-.
El recurso no ha sido impugnado de contrario.
Revisión fáctica.
En el motivo de revisión fáctica solicita la rectificación del hecho probado cuarto, para el que propone la siguiente redacción alternativa: " CUARTO .- Las secuelas que padece la parte actora...
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