STSJ Galicia 5276/2021, 16 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Diciembre 2021
Número de resolución5276/2021

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL

A CORUÑA

SENTENCIA: 05276/2021

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

NIG: 15030 44 4 2018 0004358

Equipo/usuario: MR

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002451 /2021 SR

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000705 /2018

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Diana

ABOGADO/A: MARCOS GUERRA MENGUAL

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002451/2021, formalizado por el LETRADO D. MARCOS GUERRA MENGUAL, en nombre y representación de Diana, contra la sentencia número 96/2021 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de A CORUÑA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000705/2018, seguidos a instancia de Diana frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JOSE ELIAS LOPEZ PAZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Diana presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 96/2021, de fecha doce de marzo de dos mil veintiuno.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: PRIMERO: La actora, Dª Diana, nació el día NUM000 de 1980 y f‌igura dada de alta en el régimen general siendo su última ocupación la de administrativa, especialista en administración de política de empresas. SEGUNDO: En fecha 19 de febrero de 2018 el INSS resuelve aprobar con fecha 16 de febrero de 2018 la prestación de incapacidad permanente total para la profesión habitual con una base reguladora de 1076,39 euros y un porcentaje de pensión del 55%. Dicha resolución se dicta sobre la base del dictamen propuesta del EVI de fecha 2 de febrero de 2018 que recoge como cuadro clínico residual "trastorno de adaptación mixto de ansiedad y humor deprimido. Agorafobia. Antecedente de intervención de hernia discal C5 06 en 2015 (artrodesis). Hernia discal 04 05 y protrusión discal C6 07 no intervenidas" y como limitaciones "cervicobraquialgia bilateral. Radiculopatía motora crónica bilateral 07 derecha moderada-severa y C7 izquierda moderada (EMG 1/2018). Percepción de inestabilidad. Fobia, conductas de evitación. Afecto subdepresivo. Reactividad ansiosa. Limitación actual para tareas con riesgo de caída, elevados requerimientos de atención y concentración, carga cervical repetida o intensa". TERCERO: En febrero de 2018 la actora presentaba las patologías que se recogen en el anterior informe. CUARTO: La actora presentó reclamación administrativa previa que fue desestimada.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo desestimar y DESESTIMO la demanda presentada y en consecuencia absuelvo a la demandada de los pedimentos contenidos en la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte DEMANDANTE, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora fue declarada en situación de Incapacidad Permanente Total por resolución de la Dirección Provincial del INSS de esta Capital de fecha 19 de febrero de 2017, reconociendo una prestación del 55% de una base reguladora de 1.076,39€, y disconforme con dicho grado de incapacidad interpuso demanda postulando la declaración de IP Absoluta, y la sentencia de instancia desestima la pretensión sobre dicho grado de incapacidad. Contra este pronunciamiento interpone recurso de Suplicación la representación procesal de la trabajadora demandante, al objeto de obtener su revocación y de que se estime su demanda, articulando al efecto y por el cauce del apartado c) del artículo 193 de la LRJS, un solo motivo de suplicación destinado a examinar la infracción de normas sustantivas o de la jurisprudencia, a través del cual denuncia la infracción del art. 194.5 de la LGSS, a en base a las alegaciones efectuadas en su recurso concluye que en el momento de valoración ref‌lejado en el informe de síntesis del...

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