STSJ Asturias 2301/2021, 16 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2301/2021
Fecha16 Noviembre 2021

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02301/2021

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

Correo electrónico:

NIG: 33024 44 4 2020 0001338

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002049 /2021

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000354 /2020

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

RECURRENTE/S D/ña Jesús Ángel

ABOGADO/A: MARIA XULIA FERNANDEZ SUAREZ

RECURRIDO/S D/ña: ZENER COMUNICACIONES SAU, ZENER ALARMAS SL, ZENER PLUS SL, ZENER REDES, S.A., ALTECABLE INSTALACIONES, S.L., ALFA TELECOM NETWORK, S.L., ZEI INSTALACIONES Y PROYECTOS, S.L., OBRATEL OBRA CIVIL PARA TELECOMUNICACIONES, S.L., ZENER ENCITEL S.L., COMITE DE EMPRESA DE ZENER NORTE S.L., COMITE DE EMPRESA DE ZENER COMUNICACIONES S.A.U., ZENER NORTE, S.L, MINISTERIO FISCAL

ABOGADO/A: DANIEL SANCHEZ BAYON,,,,,, DANIEL SANCHEZ BAYON,,,,, DANIEL SANCHEZ BAYON,

SENTENCIA Nº 2301/21

En OVIEDO, a dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Ilmos. Sres. D. FRANCISCO JOSÉ DE PRADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIÉRREZ CAMPOS y Dª. MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002049/2021, formalizado por la Letrada Dª MARÍA XULIA FERNÁNDEZ SUÁREZ, en nombre y representación de Jesús Ángel, contra la sentencia número 172/2021 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJON en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000354/2020, seguidos a instancia de Jesús Ángel frente a ZENER COMUNICACIONES SAU, ZENER ALARMAS SL, ZENER PLUS SL, ZENER REDES, S.A., ALTECABLE INSTALACIONES, S.L., ALFA TELECOM NETWORK, S.L., ZEI INSTALACIONES Y PROYECTOS, S.L., OBRATEL OBRA CIVIL PARA TELECOMUNICACIONES, S.L., ZENER ENCITEL S.L., COMITE DE EMPRESA DE ZENER NORTE S.L., COMITE DE EMPRESA DE ZENER COMUNICACIONES S.A.U., ZENER NORTE,

S.L, MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr D FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D Jesús Ángel presentó demanda contra ZENER COMUNICACIONES SAU, ZENER ALARMAS SL, ZENER PLUS SL, ZENER REDES, S.A., ALTECABLE INSTALACIONES, S.L., ALFA TELECOM NETWORK, S.L., ZEI INSTALACIONES Y PROYECTOS, S.L., OBRATEL OBRA CIVIL PARA TELECOMUNICACIONES, S.L., ZENER ENCITEL S.L., COMITE DE EMPRESA DE ZENER NORTE S.L., COMITE DE EMPRESA DE ZENER COMUNICACIONES S.A.U., ZENER NORTE, S.L, MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 172/2021, de fecha diez de mayo de dos mil veintiuno

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"Primero.- El demandante, D. Jesús Ángel, mayor de edad, con DNI nº número NUM000, ha prestado servicios para ZENER COMUNICACIONES, S. A. desde el 11 de febrero de 1999 en virtud de contrato indef‌inido a jornada completa, con la categoría profesional de Of‌icial de primera. El centro de trabajo estaba f‌ijado en las instalaciones de la empresa en el Polígono de Roces, en la calle Michael Faraday, número 26.

Segundo

Disciplinaba la relación el Convenio colectivo para el sector del metal del Principado de Asturias.

Tercero

El salario a efectos de indemnización asciende a 26.428,65 euros anuales con inclusión de parte proporcional de pagas extraordinarias.

Cuarto

El actor no ha desempeñado en el último año cargo alguno de representación sindical o de los trabajadores.

Quinto

Los trabajadores convocaron huelga durante las negociaciones del ERE que se desarrolló entre los días 4, 5, 6, 7 y 10 de febrero. El 3 de febrero de 2020, comparecieron los convocantes y las empresas convocadas ZENER COMUNICACIONES S. A. U. y ZENER NORTE S. L. ante el SASEC de Oviedo, terminado el acto de mediación "sin avenencia". El trabajador participó en tres jornadas de huelga.

Sexto

El 12 de febrero de 2020 tuvo lugar en el SASEC en Oviedo una reunión entre los representantes legales de ZENER COMUNICACIÓNES, S.A.U. y ZENER NORTE, S. L. por una parte y de otra parte D. Eulogio, D. Fausto y D. Florencio como integrantes del comité de empresa de la primera de las mencionadas y D. Humberto, D. Jacobo y D. Juan como integrantes del comité de empresa de la segunda de las empleadoras mencionadas, en la que, tras seis reuniones entre la representación de la empresa y la comisión negociadora, se llegaba a un acuerdo sobre el expediente de regulación de empleo. Las negociaciones se iniciaron el 3 de enero. La empresa comenzó ofreciendo la salida de 28 trabajadores con una indemnización legal de 20 días por año trabajado (con tope de 12 mensualidades), concluyéndose con la oferta de 19 trabajadores con una indemnización de 29 días por año trabajado (con tope de 19 mensualidades). El acuerdo fue aprobado por unanimidad en la mesa negociadora. Los trabajadores lo aprobaron por mayoría de 51 votos a favor, 9 en contra y 2 abstenciones).

Séptimo

El 14 de febrero de 2020 se le entregó comunicación del tenor literal siguiente:

Por medio de la presente le comunicamos que por concurrir CAUSA DE CARÁCTER PRODUCTIVO de las contempladas en los artículos 51.1 y 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, acreditada en el periodo de consultas, culminado con acuerdo de los representación legal de los trabajadores, en Expediente de Despido

Colectivo seguido al efecto, procedemos a la extinción de su relación laboral con la empresa, con efectos desde esta misma fecha.

La causa que motiva la necesidad de llevar a cabo la amortización de su puesto de trabajo deriva de la extinción, con fecha 31 de diciembre de 2019, de la vigencia de los contratos "Externalización de Servicios de Mantenimiento de Red y Clientes" y de "Externalización de Servicios de Instalaciones de Clientes y Despliegue de Red" que la operadora TELECABLE DE ASTURIAS, S.A. y hoy R CABLE DE TELECOMUNICACIONES GALICIA, S.A.U. (en adelante "TELECABLE") suscribió el 1 de Enero de 2014 con ZENER NORTE S.L.U. y con ZENER COMUNICACIONES, S.A.U. y que han sido sustituidos por un único contrato "Prestación de Servicios de Campo y Operación de Cliente y Operación de la Red de R CABLE Y TELECOMUNICACIONES GALICIA S.A.U." que ha entrado en vigor el 1 de Enero de 2020, dando lugar a una supresión de zonas (municipios) en las que hasta la fecha ZENER COMUNICACIONES SAU, ZENER NORTE, S.L. venían prestando servicios "casa cliente" así como la supresión de servicios que ahora venían prestándose en lo concerniente al mantenimiento de red.

Hasta el 31 de diciembre de 2019, ZENER COMUNICACIONES S.A.U. y ZENER NORTE empresas ambas del GRUPO ZENER, venían prestando para TELECABLE los siguientes servicios en virtud de los citados contratos suscritos en 1 de Enero de 2014:- Instalación en "casa cliente": ZENER COMUNICACIONES-Despliegue de red: ZENER COMUNICACIONES-Mantenimiento "casa cliente": ZENER NORTE - Mantenimiento red: ZENER NORTE (incluyendo mantenimientos preventivos y correctivos. En esos contratos se adjudicaron a las dos empresas del Grupo Zener, respecto de los trabajos en casa cliente, las zonas identif‌icadas en los contratos como "1", "2" y "8" que representaban un 68,5% del territorio del Principado de Asturias. En lo relativo al despliegue y mantenimiento de red, los contratos adjudicaron al GRUPO ZENER el 100% de las zonas (despliegue de Red atribuida a ZENER COMUNICACIONES y mantenimiento de red contratado con ZENER NORTE).Con fecha 4 de Octubre de 2019, TELECABLE remitió a GRUPO ZENER comunicación de no se iban a prorrogar los contratos a partir del 31 de diciembre de 2019. Previamente, el 20 de Septiembre de 2019 TELECABLE había invitado a Grupo de Zener al nuevo proceso que iniciaba para adjudicar las actividades de instalación y mantenimiento en casa cliente y despliegue de red en el Principado. En esta oferta, las anteriores denominaciones de los servicios que se venían prestando se han sustituido por las de "Servicios de Campo de Operación de Cliente y Operaciones de la Red de R" (TELECABLE), entre los que se incluyen la realización de obras, instalaciones y la prestación de servicios de mantenimiento para "R" -tanto en los propios centros como en el exterior de los mismos-y en instalaciones de clientes. La oferta diferenciaba dos zonas geográf‌icas de prestación de los servicios: La denominada "AS1", que representaba el 50,08% de los municipios del Principado y la "AS2" que representa el 49,92% de los mismos. A pesar de que GRUPO ZENER presentó oferta para poder seguir prestando servicios de instalación y mantenimiento en las dos zonas (AS1y AS2) en la carta de adjudicación, TELECABLE solo ha asignado a GRUPO ZENER lazona AS2 por lo que nuestras cuota, en cuanto al área de actuación se reduce del 68,5% al 49,92%.Respecto a servicios de despliegue y mantenimiento de red, se asigna al Grupo de Zener la Zona denominada "AS3" (AS1+AS2), esto es, el 100%. No perdemos aquí cuota en cuanto a los municipios en los que prestamos servicios pero si se nos suprime la prestación del servicio de mantenimiento preventivo de planta externa.

Por motivos puramente operativos y de logística, dado que la petición de propuesta de oferta solicitada por TELECABLE refundía en un solo contrato los objetos de los dos anteriores de 2014, la oferta de ZENER fue presentada por la sociedad ZEI INSTALACIONES Y PROYECTOS S.L. empresa del GRUPO ZENER con la f‌inalidad de simplif‌icar los procesos, unif‌icar el centro de trabajo y siempre con la...

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