STSJ Galicia 4380/2021, 11 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Noviembre 2021
Número de resolución4380/2021

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALNº 1A CORUÑA

SENTENCIA: 04380/2021

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939 Fax: 881-881133/981184853

RSU RECURSO SUPLICACION 0002035 /2021 PM

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000048 /2020

Sobre: ACCIDENTE

RECURRENTE/S D/ña ASEPEYO, MUTUA DE A.T. Y E.P. DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 151

ABOGADO/A: BALBINO IRISARRI CASTRO

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, AUTOCARES RIAS BAIXAS

SL, Juan María

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA COMUNIDAD, ANA GARCIA SANJURJO, MARIA ELISA OTERO DOMINGUEZ,,,,,,

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a once de noviembre de dos mil veintiuno.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2035/2021, formalizado por ASEPEYO, MUTUA DE A.T. Y E.P. DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 151, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 4 de PONTEVEDRA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 48/2020, seguidos a instancia de Juan María frente a INSTITUTO

NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, ASEPEYO, MUTUA DE A.T. Y E.P. DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 151, AUTOCARES RIAS BAIXAS SL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Juan María presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, ASEPEYO, MUTUA DE A.T. Y E.P. DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 151, AUTOCARES RIAS BAIXAS SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintisiete de enero de dos mil veintiuno.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

D. Juan María, mayor de edad, y con DNI Nº NUM000, está af‌iliado a la Seguridad Social, Régimen General, siendo su profesión a la fecha de la baja la de conductor en el sector público de viajeros, prestando servicios para la codemandada, RÍAS BAIXASS.L desde el año 1989;la empleadora tenía asegurados los riesgos profesionales con la mutua Asepeyo.

SEGUNDO

El demandante, en fecha 21 de agosto de 2019 causó baja que fue calif‌icada como derivada de enfermedad común, siendo el diagnóstico "desgarro o rotura completos de manguito de los rotadores de hombro no específ‌ica". En el parte de baja se recoge "paciente de 58 años que presenta omalgia derecha con empeoramiento en el último mes mientras cargaba maletas en su trabajo de conductor de autobús, realzada RM en su mutua con DX de rotura de supraespinoso e infraespinoso. TERCERO.- Iniciado un proceso sobre determinación de contingencia ante el INSS por el actor, el EVI emitió dictamen propuesta en fecha 3 de diciembre de 2019, y propuso que la baja médica fuera considerada derivada de enfermedad común al no constatarse relación directa de la patología con su trabajo. Dictamen que recoge los siguientes datos de interés: "Se inicia el expediente a solicitud del INTERESADO, el cual relaciona su actual lesión con las tareas que realiza en su puesto de trabajo, "cargando con las maletas de los viajeros desde hace años". Considera que, al no tratar la lesión desde su origen, se ha agravado la misma. 3. Informes médicos del año 2009, 2017 y 2018, con el diagnóstico de tendinitis calcárea del supraespinoso. El trabajador ref‌iere dolor en el hombro derecho al coger las maletas. No causó baja en ninguna de las ocasiones.. Formulario de recepción de datos f‌irmado por el trabajador: metiendo maletas en el maletero del autobús, cogió una grande (que pesaba mucho, no puedo levantarla) y al intentarlo, al hacer el giro notó un crujido en el hombro derecho.. Informe médico realizado por la mutua el 29/07/19. Paciente de 58 años que acude por omalgia derecha, patología evolucionada, más de 2 años con episodios recurrentes. Presenta desgaste por patología degenerativa en supraespinoso derecho, último episodio doloroso ref‌iere desde ayer, pero mantiene dolor basal nocturno. En la exploración BEG, conserva movilidad en hombro derecho con escaso dolor. Predomina la clínica de dolor nocturno. Las maniobras de provocación son negativas, sin presentar impotencia funcional.. Informe de la resonancia realizada el 03/08/19, que concluye: Rotura completa de los tendones del supra e infraespinoso, así como del tendón conjunto entre los mismos. Tendinosis del subescapular sin signos de rotura. Degeneración del labrum glenoideo sin clara evidencia de rotura. Cambios degenerativos en la articulación acromioclavicular con discreto componente inf‌lamatorio. La Mutua ASEPEYO, responsable de las contingencias profesionales y comunes de la empresa AUTOCARES RIAS BAIXAS SL, expone en sus alegaciones la asistencia prestada al trabajador el 29/07/19. Aporta volante de asistencia emitido por la empresa que detalla:" al subir silla de bebé al autobús sintió un fuerte tirón". Tras la exploración realizada los hallazgos de las pruebas radiológicas, el paciente presenta dolor crónico y una lesión degenerativa de larga evolución. Consideran que la lesión que presenta deriva de contingencia común. Comunicado el inicio del expediente a la empresa, informan de las tareas que realiza el trabajador en su puesto de conductor de autobuses. El 28/07/19 les comunicó que notó dolor en el hombro cuando ayudaba a unos clientes a introducir unas maletas en el autocar". Proponiendo que la IT de 21-8-19 fuera considerada como derivada de enfermedad común. El INSS dictó resolución en fecha 10 de diciembre de 2019 declarando el carácter común de la contingencia. CUARTO. -La mutua asepeyo emitió informe en fecha 5 de septiembre de 2019 en el que recoge los siguientes datos de interés: "Antecedentes médico-clínicos existentes58 años. Conductor de autobús. AP: patología crónica del manguito rotador dcho, episodios de omalgias sin aRrcs agudas recurrentes en los últimos 2 años. Paciente diestro. No alergias conocidas, no medicaciones. Cx: bursitis olecrariana dcha. Patología meniscal. Resumen del motivo por & que acude ala Mutua29.719 solícita asistencia por omalgia dcha atraumática. Presenta episodios similares en 2009 y 2017, sin elevación de MMSS ni movts repetitivos, Ausencia de traumatismos.El paciente ref‌iere "desgaste", pat deg en SE dcho, último episodio doloroso ref‌iere que, desde ayer, le molesta en las tareas habituales (no lo desencadenan) y mantiene dolor basal nocturno que interf‌iere el sueño. Tratamiento realizado EF: BEG, conserva movilidad en hombro dcho. completa con escaso nivel de dolor. Predomina laclínica de dolor nocturno. Las maniobras de provocación son ngts, sin

presentar impotencia funcional. No deformidades ni atrof‌ias. Rango completo. Dados los antecedentes se solicita RMN en Quirón. Se indican parches-de versatos para el dolor nocturno. RMN Quirón 1.8.19 rotura completa de tendones del SE+IE+tendón...

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