STSJ Asturias 1703/2021, 27 de Julio de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 27 Julio 2021 |
Número de resolución | 1703/2021 |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 01703/2021
T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
NIG: 33044 44 4 2020 0002544
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0001418 /2021
Procedimiento origen: DEMANDA SEGURIDAD SOCIAL 428/2020
Sobre: OTROS DCHOS. SEG. SOCIAL
RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RECURRIDO/S D/ña: Íñigo
ABOGADO/A: ANA VALLINA FERNANDEZ-POSADA
Sentencia núm. 1703/2021
En OVIEDO, a veintisiete de julio de dos mil veintiuno.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ y Dª CATALINA ORDOÑEZ DÍAZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el RECURSO DE SUPLICACIÓN NÚM. 1418/2021, formalizado por el Letrado de la Seguridad Social, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 131/2021 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA SEGURIDAD SOCIAL 428/2020, seguido a instancia de D. Íñigo, representado por la Letrada Dª Ana Vallina FernándezPosada frente al citado organismo recurrente, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ .
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D. Íñigo presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual dictó la sentencia número 131/2021, de fecha once de marzo de dos mil veintiuno.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
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- Íñigo, nacido el NUM000 de 1.953 y afiliado a la seguridad social con el número NUM001, solicitó el día 20 de marzo de 2.018 pensión de jubilación ordinaria.
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- Por resolución del Instituto nacional de la seguridad social de 21 de marzo de 2.018 se le reconoció el derecho a pensión de jubilación, conforme a una base reguladora de 2.528,59 euros y porcentaje del 100.
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- El actor, que se encuentra casado, manifiesta que es padre de dos hijos, María Teresa e Roque .
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- El día 16 de enero de 2.020 presenta escrito ante el Instituto nacional de la seguridad social solicitando que se le abone el incremento correspondiente al complemento regulado en el artículo 60 de la Ley general de la seguridad social. Por resolución de 25 de febrero de 2.020 se desestima su petición señalando que " A fecha actual, la normativa vigente en materia de complemento por maternidad es el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social que solo contempla un complemento por maternidad respecto de las mujeres que habiendo tenido dos o más hijos biológicos o adoptados, causen derecho a una pensión contributiva de jubilación; incapacidad permanente o de viudedad en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social". 5º.- La reclamación previa formulada el 8 de junio fue desestimada el 15 de junio del año 2.020.
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- La cuestión debatida afecta a un gran número de beneficiarios de la seguridad social.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que estimando íntegramente la demanda formulada por D. Íñigo contra el Instituto nacional de la seguridad social debo declarar y declaro el derecho del actor al complemento por maternidad en cuantía de 106,39 euros mensuales, condenando al demandado a estar y pasar por dicha declaración y al pago de las prestaciones legalmente establecidas, con efectos desde el día 16 de octubre de 2.019.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la...
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ATS, 7 de Junio de 2022
...de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Principado de Asturias de fecha 27 de julio de 2021, en el recurso de suplicación número 1418/21, interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de O......