AAP Barcelona 171/2021, 12 de Julio de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 12 Julio 2021 |
Emisor | Audiencia Provincial de Barcelona, seccion 4 (civil) |
Número de resolución | 171/2021 |
Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013
TEL.: 935672160
FAX: 935672169
EMAIL:aps4.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0807742120218027519
Recurso de apelación 348/2021 -J
Materia: Diligencias preliminares
Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Esplugues de Llobregat Procedimiento de origen:Diligencias preliminares 123/2021
Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 0650000012034821
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.
Beneficiario: Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Concepto: 0650000012034821
Parte recurrente/Solicitante: SEGURCAIXA ADESLAS S.A., SEGUROS Y REASEGUROS
Procurador/a: Javier Segura Zariquiey
Abogado/a: GEMA MORENO GINÉ
Parte recurrida: POLICIA LOCAL DE SANT JUST, AJUNTAMENT DE SANT JUST DESVERN
Procurador/a:
Abogado/a:
AUTO Nº 171/2021
Magistrados:
Vicente Conca Perez Marta Dolores del Valle Garcia Mireia Rios Enrich
Barcelona, 12 de julio de 2021
Ponente: Mireia Rios Enrich
En fecha 13 de abril de 2021 se han recibido los autos de Diligencias preliminares 123/2021 remitidos por Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Esplugues de Llobregat a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Javier Segura Zariquiey, en nombre y representación de SEGURCAIXA ADESLAS S.A., SEGUROS Y REASEGUROS contra Auto - 10/02/2021 y en el que consta como demandada POLICIA LOCAL DE SANT JUST, AJUNTAMENT DE SANT JUST DESVERN.
El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: Deniego la solicitud presentada por el/la Procurador/a Javier Segura Zariquiey en nombre y representación de SEGURCAIXA ADESLAS S.A., SEGUROS Y REASEGUROS, de practicar como diligencia preliminar.
Archívense las presentes actuaciones."
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 17/06/2021. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente a la Magistrada Dª Mireia Rios Enrich .
Planteamiento y objeto de recurso.
SEGURCAIXA ADESLAS DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. formula solicitud de diligencias preliminares, contra la POLICIA LOCAL de SANT JUST DESVERN y contra el AJUNTAMENT de SANT DESVERN, en la que alega que, en fecha 16 de Octubre de 2020 tenía suscrita una póliza de seguro obligatorio y voluntario del vehículo Audi matrícula ....-PWL ; que en fecha 16 de octubre de 2020, el indicado vehículo tuvo un accidente de circulación en Sant Just Desvern al colisionar contra la motocicleta matrícula ....-PVS conducida por D. Primitivo ; que tras el accidente intervino la Policía Local de Sant Just Desvern; que no ha podido obtener copia del informe policial del accidente por vía extrajudicial, y que el atestado o informe instruido por la Policía Local de Sant Just Desvern es necesario a efectos de poder valorar el modo de ocurrencia del accidente y las posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En base a lo anterior, solicita que, tras los oportunos trámites legales, se requiera a la POLICIA LOCAL de SANT JUST y en su defecto al AJUNTAMENT de SANT DESVERN, a fin de que exhiban la documentación interesada. El juzgado de primera instancia deniega la solicitud de diligencias preliminares presentada por SEGURCAIXA ADESLAS S.A. SEGUROS Y REASEGUROS.
Frente a dicha resolución, SEGURCAIXA ADESLAS S.A. SEGUROS Y REASEGUROS, formula recurso de apelación en el que alega que el juzgado de primera instancia ha efectuado una incorrecta interpretación del artículo 256.1, apartado 9, de la LEC; que hay una ley especial que prevé la posible obtención de esos informes policiales, y con la exhibición de ese documento se protegen los derechos de los implicados tal como establece el apartado 9 del artículo 256.1 de la LEC, cumpliéndose pues los requisitos que establece la normativa; y que el apartado 9 del art 256-1 de la LEC, junto con el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, supone una causa a incardinar dentro de las diligencias preliminares posibles a solicitar por estar prevista en una Ley especial, y así lo expresa la Exposición de Motivos de la LEC del 2000 al decir "se amplían las diligencias que cabe solicitar, aunque sin llegar al extremo de que sean indeterminadas".
Y solicita se dicte resolución por la que se estime el recurso interpuesto y se revoque el auto apelado, acordando la admisión a trámite de la petición inicial de Diligencia Preliminar presentada por la representación de SEGURCAIXA ADESLAS S.A.
Diligencias preliminares .
Se alega en la demanda que el vehículo Audi matrícula ....-PWL, en fecha 16 de octubre de 2020, sufrió un accidente de circulación en Sant Just Desvern al colisionar contra la motocicleta matrícula ....-PVS y que interesa disponer...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Burgos 380/2021, 11 de Noviembre de 2021
...en la LEC, la norma procesal básica, carente de la condición de especial. A título de ejemplo de leyes especiales, el Auto de la AP de Barcelona, secc. 4 de 12/07/2021 recoge como "Con este precepto se está haciendo alusión a los arts. 129 y ss de la Ley de Patentes que regulan unas diligen......