AAP Vizcaya 2033/2020, 19 de Octubre de 2020
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Vizcaya, seccion 4 (civil) |
Fecha | 19 Octubre 2020 |
Número de resolución | 2033/2020 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA
BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN ATALA
BARROETA ALDAMAR 10-3ª planta - C.P. /PK: 48001
Tel .: 94-4016665; Fax / Faxa : 94-4016992
Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: audiencia.s4.bizkaia@justizia.eus, probauzitegia.4a.bizkaia@justizia.eus
N.I.G. PV / IZO EAE: 48.04.2-19/010082
N.I.G. CGPJ / IZO BJKN: 48020.42.1-2019/0010082
Recurso apelación mercantil LEC 2000
1884/2019 - L // 1884/2019 - L
Apelazio-errekurtsoa; merkataritza-arloa;
2000ko PZL
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: Juzgado de lo Mercantil
nº 1 Bilbao / Bilboko Merkatariztza-arloko 1 zenbakiko
Epaitegia
Autos de Diligencias Preliminares 426/2019 // 426/2019 Atariko
eginbideak (e)ko autoak Recurrente / Errekurtsogilea: PACCAR INC., DAF TRUCKS
N.V. y DAF TRUCKS DEUTSCHLAND GMBH
Procuradora / Prokuradorea: D.ª ISABEL SOFÍA MARDONES
CUBILLO; D. JESÚS FUENTE LAVÍN; D. GERMÁN ORS
SIMÓN
Abogado / Abokatua: D. MANDY GOLLOS BALL; D. CRISTIAN
GUAL GRAU
Recurrido / Errekurritua: D. Sebastián, D.
Serafin Y D. Sixto
Procuradora / Prokuradorea: D. GERARDO PÉREZ ALMEIDA
Abogado / Abokatua: D. BLAS ALBERTO GONZÁLEZ
NAVARRO
A U T O nº 2033/2020
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
PRESIDENTA : Dª REYES CASTRESANA GARCÍA
MAGISTRADA : Dª LOURDES ARRANZ FREIJO
MAGISTRADO : D. EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI
LUGAR : BILBAO (BIZKAIA)
FECHA : Diecinueve de octubre de dos mil veinte.
La Audiencia Provincial de Bizkaia - Sección Cuarta, constituida por quienes arriba se indica, ha visto el recurso de apelación mercantil en materia de diligencias preliminares nº 1884/19, procedente de los autos de diligencias preliminares nº 426/2019 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, promovido en primer lugar por DAF TRUCKS DEUTSCHLAND GMBH, representado por el Procurador de los Tribunales D. GERMÁN ORS SIMÓN, asistido del letrado D. CRISTIAN GUAL GRAU, en segundo lugar por PACCAR INC, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª ISABEL MARDONES CUBILLO, asistido de la letrada Dª MANDY GOYOS BALL, y finalmente por DAF TRUCKS N.V., representada por el Procurador de los Tribunales D. JESÚS FUENTE LAVÍN, asistido del letrado D. CRISTIAN GUAL GRAU, todos ellos frente al auto 167/2019, de 7 de junio. Son parte apelada D. Sebastián, D. Serafin y D. Sixto, representados por el Procurador de los Tribunales D. GERARDO MARTÍNEZ ALDAMA, asistido del letrado D. BLAS ALBERTO GONZÁLEZ NAVARRO.
-
- El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao dictó en procedimiento de diligencias preliminares nº 426/2019, auto nº 167/2019, de 7 de junio, cuya parte dispositiva establece:
"Es parcialmente estimada la solicitud referida en el encabezamiento de esta resolución.
En su consecuencia:
Requiérase a la/s parte/s frente a la que se solicita la medida, a través de su representación procesal, a fin que ponga a disposición de la solicitante, en el plazo de un mes, la siguiente información:
-
Listado de modelos fabricados por ella/s en el periodo comprendido entre el 01.01.1990 y el 30.06.2018, clasificados en la forma que especifica la solicitud o de manera equivalente que permita la confección de los siguientes listados.
-
Listado de precios de la casa matriz o de la comercial intermedia facturados al importador, concesionario o filial comercializadora española, correspondientes a cada uno de los modelos incluidos en la relación anterior.
-
"Total delivery cost" de cada uno de estos modelos, incluyendo el coste de las partidas indicadas en la solicitud (planificación del producto, análisis previo de la competencia, desarrollo digital, desarrollo físico, personal de desarrollo, validaciones físicas, externalizaciones, coste de material, coste de producción, logística, impuestos y aranceles, entrega al cliente) o aquellos otros equivales que permitan el desglose del coste total por unidad de cada uno de los modelos listados.
Es desestimada la petición de la siguiente información:
-
Certificados de homologación de los modelos listados.
-
Informes de ensayo de consumo.
-
Consumo específico de combustible de cada uno de los modelos listados.
-
Documentación de planificación del producto, incluyendo los roadsmaps de consumo.
No ha lugar a oficiar a la Comisión Europea a fin de que remita el texto íntegro de la Decisión de la Comisión de 19.07.2016.
Las costas procesales no son impuestas a ninguna de las partes ".
2 .- Frente a tal resolución interpuso recurso de apelación el Procurador de los Tribunales D. GERMÁN ORS SIMÓN, en nombre y representación de DAF TRUCKS DEUTSCHLAND GMBH, en el que alegaba:
2.1.- Infracción de la normativa europea en materia de notificación y traslado de documentos judiciales y de jurisdicción internacional.
2.2.- Falta de acreditación de legitimación activa de los solicitantes para realizar la solicitud, y de DAF TRUCKS DEUTSCHLAND GMBH, para soportarla.
2.3.- Infracción del art. 283 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil por no cumplir la solicitud los requisitos de acceso a fuentes de prueba.
2.4.- Subsidiariamente, falta de fijación de caución y de adopción de las medidas adecuadas para garantizar la confidencialidad de los datos y prorrogar el plazo para la entrega de los mismos.
3 .- También interpuso recurso de apelación La Procuradora de los Tribunales Dª ISABEL MARDONES CUBILLO, en nombre y representación de PACCAR INC., en el que alegaba:
3.1.- Infracción de la normativa europea en materia de notificación y traslado de documentos judiciales y de jurisdicción internacional.
3.2.- Falta de acreditación de legitimación activa de los solicitantes para realizar la solicitud, y de DAF TRUCKS DEUTSCHLAND GMBH, para soportarla.
3.3.- Infracción del art. 283 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil por no cumplir la solicitud los requisitos de acceso a fuentes de prueba.
3.4.- Subsidiariamente, falta de fijación de caución y de adopción de las medidas adecuadas para garantizar la confidencialidad de los datos y prorrogar el plazo para la entrega de los mismos.
4 .- Finalmente interpuso recurso de apelación el Procurador de los Tribunales D. JESÚS FUENTE LAVÍN, en nombre y representación de DAF TRUCKS N.V., en el que sostenía:
4.1.- Infracción de la normativa europea en materia de notificación y traslado de documentos judiciales y de jurisdicción internacional.
4.2.- Falta de acreditación de legitimación activa de los solicitantes para realizar la solicitud, y de DAF TRUCKS DEUTSCHLAND GMBH, para soportarla.
4.3.- Infracción del art. 283 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil por no cumplir la solicitud los requisitos de acceso a fuentes de prueba.
4.4.- Subsidiariamente, falta de fijación de caución y de adopción de las medidas adecuadas para garantizar la confidencialidad de los datos y prorrogar el plazo para la entrega de los mismos.
-
- Los recursos se tuvieron por interpuestos mediante resolución de 29 de julio de 2019, dándose traslado a la otra parte, oponiéndose la representación de D. Sebastián, D. Serafin y D. Sixto, que solicitó su desestimación, tras lo cual se elevan los autos a esta Audiencia Provincial.
-
- Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 24 de octubre de 2019 se mandó formar el Rollo de apelación, al que ha correspondido el nº 1884/2019 de Registro, y turnarse la ponencia al Sr. Magistrado D . Edmundo Rodríguez Achútegui .
-
- Dictado auto que inadmitía prueba documental a las partes apelantes, éstas plantearon suspensión por prejudicialidad penal, de cuya solicitud se dio traslado a la parte apelada, que se opuso, dictándose nuevo auto el 25 de junio de 2020, desestimando tal solicitud.
-
- La citada resolución fue recurrida por los tres apelantes de forma conjunta, y admitido el recurso y tras la oposición de la otra parte, se desestima en auto de 10 de septiembre.
-
- En resolución de 24 de septiembre se acordó señalar para deliberación, votación y fallo el siguiente día 6 de octubre.
-
- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.
Sobre los términos del litigio
-
- D. Sebastián, D. Serafin y D. Sixto, alegando haber adquirido camiones de las marcas demandadas, formularon solicitud de acceso a fuentes de prueba por infracción de las normas de defensa de la competencia, reclamando lista de modelos fabricados con las precisiones que recogía la solicitud, precios de transferencia de fábrica o precios brutos, delivery cost, certificado de homologación, informes de ensayo y consumo, consumo específico de combustible, y documentación de planificación del producto, detallando igualmente la forma en que, a su juicio, debiera tener lugar la diligencia.
-
- Tras ser llamados al procedimiento PACCAR INC. y DAF TRUCKS DEUTSCHLAND GMBH, se personaron alegando defectos en el emplazamiento, se celebró vista a la comparecieron ambos y el tercer apelante, DAF TRUCKS N.V. Sus alegaciones fueron rechazadas por el auto recurrido.
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- Las tres sociedades antes mencionadas han recurrido en los términos que se ha expuesto en §2, §3 y §4, oponiéndose la solicitante al recurso.
Sobre la infracción en la notificación y emplazamiento
-
- En el primer motivo de los respectivos recursos, los tres apelantes plantean idéntica queja, relativa a lo que consideran defectuosa notificación y traslado de los documentos judiciales y jurisdicción internacional. Alegan que en el caso de DAF GMBH y DAF TRUCKS N.V. la solicitud presentada no se acompañaba de la traducción al idioma oficial en la República Federal Alemana, y en el de PACCAR INC. tampoco se hizo al inglés. Añaden que la forma en que se verificó tal diligencia no se adecua a las previsiones del Reglamento...
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