SAP Alicante 175/2021, 18 de Mayo de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 175/2021 |
Fecha | 18 Mayo 2021 |
A.P. de Alicante (5ª.) Rollo 447/2020
SENTENCIA NÚM. 175
Iltmas. Sras.:
Presidenta: Dª. María Teresa Serra Abarca
Magistrada: Dª. Susana Martínez González
Magistrada: Dª. María Encarnación Aganzo Ramón
En la ciudad de Alicante, a dieciocho de mayo de dos mil veintiuno.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por las Iltmas. Sras. expresadas al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Benidorm, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Everardo, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador
D. Luis Andrés Pastor Oleaga y dirigida por el Letrado D. Martín Enrique Núñez Benito, y como apelada la parte demandante Federico, representada por el Procurador D. Julio Costa Andreu con la dirección del Letrado D. Ángel Arias Moraño.
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Benidorm, en los referidos autos, tramitados con el núm. 501/2019, se dictó sentencia con fecha 19 de junio de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Costa Andreu, en nombre y representación de Don Federico, que dio lugar a los autos de juicio ordinario sobre reclamación de rentas seguidos ante este Juzgado bajo el Nº 501/2019, condenando al demandado, Don Everardo, a abonar a la parte demandante la cantidad de diez mil ochocientos euros (10.800 €), más los intereses legales de dicha cantidad contados desde la fecha de presentación de la demanda hasta la fecha de esta sentencia, y sin perjuicio de la aplicación automática de los intereses de la mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
, contados desde la fecha de la sentencia hasta la fecha de pago, con expresa condena en costas de la parte demandada."
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación número 447/2020, señalándose para votación y fallo el pasado día 18 de mayo de 2021, en que tuvo lugar.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. María Teresa Serra Abarca.
Se interpuso demanda de reclamación de cantidad en concepto de rentas estipuladas en el contrato de arrendamiento de vivienda suscrito en fecha 1 de octubre de 2014. La sentencia estima la pretensión económica ejercitada en la demanda por el propietario y frente a esa decisión interpone recurso de apelación el demandado que alegando error en la valoración de la prueba solicita la revocación de la resolución de instancia.
Las alegaciones de la parte apelante, ni la argumentación que las sustentan logran evidenciar en modo alguno error ni arbitrariedad en los acertados razonamientos, los que, por ello y al no haber quedado desvirtuados en esta alzada, bastan, por sí solos, a los fines desestimatorios del recurso, procediendo así, y en primer término, tenerse aquí por incorporados, de conformidad con la reiterada doctrina emanada del Tribunal Constitucional ( AATC 688/86 y 956/88 y SSTC 174/1987, 146/1990, 11/1995, 24/1996, 115/1996, 105/97, 231/9...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba