STSJ Aragón 114/2021, 11 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Mayo 2021
EmisorTribunal Superior de Justicia de Aragón, sala Contencioso Administrativo
Número de resolución114/2021

SENTENCIA 000114/2021

Presidente

D. FERNANDO ZUBIRI DE SALINAS (Ponente)

Magistrados

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

D. IGNACIO MARTÍNEZ LASIERRA

En Zaragoza, a 11 de mayo del 2021.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON, Sección Segunda, en grado de apelación el recurso contencioso administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Zaragoza con el número 271/2018, rollo de apelación número 169/2020, a instancia de la parte apelante AYUNTAMIENTO DE MALLÉN, representado por la Procuradora Dª Begoña Uriarte González y defendido por el Letrado D. Jesús Esteban Lacruz Mantecón; contra D. Segundo, apelado en esta instancia, representado por la Procuradora Dª Mª Pilar Amador Guallar y defendido por el Letrado D. Germán Jiménez Ruiz, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando Zubiri de Salinas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4 de septiembre de 2020, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 5 de Zaragoza, dictó Sentencia cuya parte dispositiva dice:

"ESTIMAR el recurso nº 271/2018 interpuesto por D. Segundo, contra la resolución impugnada que se anula por no ser conforme a derecho, debiendo el Ayuntamiento de Mallén abonar al recurrente los gastos procesales en un importe de 36.300 euros. Sin costas."

SEGUNDO

Notif‌icada dicha sentencia a las partes, por la Procuradora indicada en la representación también señalada, se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y, dado traslado a la parte adversa formuló, igualmente en tiempo y forma, alegaciones oponiéndose a dicho recurso, siendo remitidas las actuaciones a esta Sala.

TERCERO

Turnado a la Sección 2ª el recurso, formado el correspondiente rollo y comparecidas las partes, por Decreto de fecha 6 de mayo de 2020 fue designado Ponente del presente procedimiento el Ilmo. Sr. D. Eugenio Ángel Esteras Iguacel, y en virtud de la adscripción de Magistrados de la Sala Civil y Penal de Tribunal Superior de Justicia de Aragón a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mismo Tribunal, por Providencia de fecha 13 de abril de 2021 fue designado nuevo Ponente el Magistrado de la Sala Civil y Penal el Ilmo. Sr. D. Fernando Zubiri de Salinas f‌ijándose para votación y fallo el día 21 de abril de 2021.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia que es objeto de recurso de apelación ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por Don Segundo, quien había solicitado del Ayuntamiento de Mallén el resarcimiento de la cantidad que debe abonar como honorarios del letrado Don Carlos Alberto, por la defensa jurídica en el proceso penal al que se vio sujeto, y que concluyó en sentencia absolutoria.

La citada sentencia aprecia que la actuación del demandante por la que se vio incurso en el proceso penal lo fue como consejero de la empresa pública municipal Sociedad Urbanística de Mallén, S. A., cuyo capital pertenecía íntegramente a la corporación municipal; que para ejercitar su derecho a la defensa, el demandante contrató los servicios profesionales del abogado Sr. Carlos Alberto ; que la sentencia recaída en el proceso penal fue absolutoria y devino f‌irme; y que la minuta de honorarios del letrado, por importe de 30.000 euros, más el correspondiente IVA, es estimada correcta según dictamen del Colegio de Abogados de Zaragoza.

Por todo ello, y apreciando que concurre el derecho a la indemnidad del funcionario demandante, estima íntegramente su pretensión.

SEGUNDO

La administración demandada recurre en apelación invocando que la sentencia de primer grado nada dice sobre la imputación al actor de la falsif‌icación de documento mercantil por expedición de facturas de la papelería de su propiedad, cuando era una cuestión debatida en el proceso, pues el ayuntamiento alegaba que es esencial considerar si sobre estos hechos imputados tiene inf‌luencia la condición de funcionario del actor. También expone que la imputación de falsif‌icación de documento mercantil por la confección de facturas de papelería, por medio de la papelería de su propiedad, no se realizó por razón de su condición de funcionario municipal, ni tampoco por el ejercicio de sus funciones como secretario no consejero de la sociedad municipal "Sociedad Urbanística de Mallén, S.A.", sino como propietario de un negocio mercantil particular.

En cualquier caso, de estimarse que no se reúnen los requisitos precisos para admitir el reintegro de los gastos de defensa por cualquiera de los dos hechos por los que se le imputó al actor, bien por no corresponder los hechos a su concepto de funcionario, bien por realizarse en concurrencia con sus intereses particulares y con abuso, se deberá denegar el reconocimiento por el todo, dado que los gastos de defensa se producen por el total de la imputación, generándose por la misma. Y, de otra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • STS 137/2023, 6 de Febrero de 2023
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 6 de fevereiro de 2023
    ..., representado por la procuradora doña Silvia Urdiales González y asistido por el letrado don Germán Jiménez Ruiz, contra la sentencia nº 114/2021, de 11 de mayo, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el rec......
  • ATS, 8 de Junio de 2022
    • España
    • 8 de junho de 2022
    ...de fecha 11 de mayo de 2021 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (recurso de apelación nº 169/2020). Debemos precisar que las cuestiones en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia son la......
  • STSJ Andalucía 1486/2022, 3 de Noviembre de 2022
    • España
    • 3 de novembro de 2022
    ...el recurso de casación preparado contra la sentencia de 11 de mayo de 2021 del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (recurso de apelación 169/2020), que el mencionado artículo 14.f) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR