SAP Navarra 393/2021, 19 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Abril 2021
Número de resolución393/2021

S E N T E N C I A Nº 000393/2021

Ilma. Sra. Presidenta

Dª. ANA INMACULADA FERRER CRISTÓBAL

Ilmos. Sres. Magistrados

D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLÁ

D. JESÚS SANTIAGO DELGADO CRUCES

D. ILDEFONSO PRIETO GARCÍA-NIETO

D. EDORTA JOSU ECHARANDIO HERRERA

En Pamplona/Iruña, a 19 de abril del 2021.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 1077/2019, derivado del Procedimiento Ordinario (Contratación - 249.1.5) nº 672/2019 - 00, del Juzgado de Primera Instancia Nº 7-BIS de Pamplona/Iruña ; siendo parte apelante, la demandada, KUTXABANK, representada por la Procuradora Dª Virginia Barrena Sotés y asistida por el Letrado D. José Ramón Márquez Moreno; parte apelada, los demandantes, Dña. Leocadia y D. Gaspar, representados por la Procuradora Dª Amaia Urricelqui Larrañaga y asistidos por el Letrado D. José Luis Sanjurjo San Martín .

Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ILDEFONSO PRIETO GARCÍA-NIETO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 17 de julio del 2019, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 7-BIS de Pamplona/ Iruña dictó Sentencia en Procedimiento Ordinario (Contratación - 249.1.5) nº 672/2019 - 00, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que estimando íntegramente la demanda deducida por la Procuradora Sra. Urricelqui en nombre de DON Gaspar y DOÑA Leocadia frente a KUTXABANK

  1. Declaro nula la cláusula quinta (GASTOS) de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria autorizada el 01.08.13 por el Notario de Estella Lorenzo Pedro Doval de Mateo con el nº 924 de su protocolo en la que intervinieron quienes son parte en este procedimiento.

  2. Condeno a KUTXABANK a abonar a los actores, como consecuencia de la nulidad de dicha cláusula, la suma de 783'08 € .

  3. Condeno a KUTXABANK. a abonar a los actores, sobre cada una de las partidas de gastos (348'38 por Notaría + 303'31 por Registro + 131'39 por gestoría) intereses al tipo legal del dinero desde su abono hasta

    sentencia, e incrementado el tipo en dos puntos desde a fecha de su abono (01.08.13 en el caso de la Notaría,

    24.09.13 en el del Registro y 16.08.13 en el de la Gestoría) hasta sentencia, e incrementado el tipo en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta el completo pago.

  4. Condeno a KUTXABANK a pagar a los actores las costas del procedimiento, sirviendo de base para su tasación la cantidad de 783'08 €."

TERCERO

Notif‌icada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte demandada, KUTXABANK.

CUARTO

La parte apelada, Dª Leocadia y D. Gaspar, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la conf‌irmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 1077/2019, habiéndose señalado el día 8 de abril del 2021 para su deliberación y fallo, con observancia de las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda se solicitó que se declarara nula la cláusula Quinta.- GASTOS A CARGO DE LA PARTE PRESTATARIA del contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito por las partes y que se condenara a la entidad a devolver los importes pagados indebidamente como consecuencia de la misma por los conceptos de por los conceptos de Registro (303'31 €) y mitad de Notaría y Gestoría (348'38 + 131'39).

La entidad demandada se allanó de forma parcial a la demanda manifestando en su contestación: " Esta parte reconoce y manif‌iesta su allanamiento a la nulidad de la cláusula impugnada, así como a la restitución de cantidades en base a la misma, cuantía resultante de la suma de partidas abonadas en aplicación de la cláusula de gastos hipotecarios correspondientes al 50% de aranceles de notaría y minuta de la gestoría, y el 100% del arancel registral..........En relación al resto de partidas reclamadas incluidas en la cláusula QUINTA de la escritura

de préstamo hipotecario, esta parte viene a presentar la consiguiente oposición......." y terminaba por suplicar "

tener por formulado el ALLANAMIENTO PARCIAL del demandado a la demanda promovida por la parte actora solamente en lo referente a la nulidad de la cláusula de gastos y la restitución de las cantidades abonadas por la aplicación de la misma con sus respectivos intereses legales en relación al 50% de las partidas de notaria y gestoría, y el 100% del arancel registral".

La sentencia estimó la demanda en los términos recogidos en el fallo antes transcrito.

Ahora en el recurso la entidad f‌inanciera pide que se revoque la sentencia de la primera instancia "desestimando la pretensión de la actora de reintegro de la totalidad de las cantidades que pagó en concepto de gastos notariales, registrales y de gestoría por el otorgamiento e...

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