STSJ Asturias 1185/2021, 26 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Mayo 2021
Número de resolución1185/2021

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO

SENTENCIA: 01185/2021

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33024 44 4 2020 0001343

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000923 /2021

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 336/2020

RECURRENTE/S D/ña Juan Pedro

ABOGADO/A: ANA SUAREZ BOTAS

RECURRIDO/S D/ña: DIRECCION001

ABOGADO/A: IGNACIO SANCHEZ LOPEZ

Sentencia núm. 1185/2021

En Oviedo, a veintiséis de mayo de dos mil veintiuno.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Dª CATALINA ORDOÑEZ DÍAZ y Dª MARÍA DE LA ALMUDENA VEIGA VÁZQUEZ, Magistradas, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación número 923/2021, interpuesto por la Letrada doña ANA SUÁREZ BOTAS, en nombre y representación de don Juan Pedro, frente a la sentencia 35/2021 dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de DIRECCION000, en el procedimiento de Despido 336/2020, demandante el recurrente,

demandada DIRECCION001 representada por el Letrado don IGNACIO ELOY SÁNCHEZ LÓPEZ, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. CATALINA ORDÓÑEZ DÍAZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Don Juan Pedro presentó demanda contra la empresa DIRECCION001, de la que conoció el señalado Juzgado de lo Social, que dictó sentencia de fecha 12 de febrero de 2021.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida se consignaron los siguientes Hechos Probados:

  1. - El demandante D. Juan Pedro, mayor de edad, con DNI nº NUM000, ha venido prestando sus servicios para la empresa DIRECCION001, con una antigüedad reconocida a 30 de julio 2015 y la categoría profesional de responsable de control y calidad en proyectos de la División de Energía y Plantas Industriales y la Línea de Negocio de Proyectos de Industria y Medio Ambiente, en virtud de un contrato de trabajo indef‌inido, a tiempo completo, dentro del ámbito del Convenio Colectivo del Sector para la Industrial del Metal del Principado de Asturias.

  2. . - Desde el 10 de septiembre de 2019 el trabajador se encontraba desplazado en Chile y adscrito al proyecto del EPC de la planta de motores de 150 NW de Llanos Blanco, con una plantilla de 156 trabajadores.

  3. - Las principales funciones que desarrollaba el actor eran las siguientes:

    . Funciones de carácter técnico tales como control documentado del estado de la obra, supervisar y garantizar los alineamientos del terreno, asegurar la calidad de los procesos, generar informes y reportes respecto de la situación de la obra, analizar y diseñar planes de mejora y ejecutar acciones de seguimiento y control en terreno.

    . Dirigir todas las actividades relacionadas con asegurar la calidad de los procesos dentro de la compañía.

    . Formular y divulgar las políticas de calidad que deben seguirse dentro de la empresa.

    . Controlar y vigilar el cumplimiento de las políticas de calidad establecidas.

    . Elaborar y/o apoyar la correcta elaboración de registros y documentos, promoviendo el trabajo en equipo en su redacción e implementación.

    . Vinculación con las distintas personas o entidades (Partes interesadas internas y externas del proyecto), para apoyar el cumplimiento de los objetivos del Plan de Calidad.

    . Registrar resultados de ensayos de obra y coordinar su correcta ejecución de acuerdo a Normas y requisitos del proyecto.

    . Apoyar la detección y control de riesgos en el cumplimiento de objetivos claves para la calidad y en la correcta ejecución de las partidas de obra.

    . Promover la actualización y reenfoque periódico del Plan de Calidad, de acuerdo al avance y particularidades de la ejecución del proyecto.

    . Coordinar la ejecución de las auditorías al Plan de Calidad, motivar al personal y promover su competencia, para lograr la correcta implementación del Plan de Calidad.

  4. . - El demandante venía percibiendo un salario diario bruto de 68,26 euros, incluyendo la prorrata de pagas extras, un complemento de expatriación de 42,74 euros diarios, una dieta de expatriación de 65 euros diarios y el alquiler de una vivienda por importe de 750 euros mensuales.

  5. - El 22 de enero de 2020, tras disfrutar de las f‌iestas navideñas en España, el trabajador regresó a Chile, teniendo previsto su regreso a España para el 1 de abril de 2020 a f‌in de disfrutar de un permiso de cuatro días que concede la empresa cada tres meses de trabajo, conforme a las rotaciones de personal.

  6. - El 12 de marzo de 2020, ante la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19, la empleadora prohibió temporalmente la movilidad internacional de todos los trabajadores expatriados, entre los que se encuentra el actor, en los países en que opera la empresa, incluido Chile. Al día siguiente el trabajador solicitó a la responsable de Recursos Humanos su regreso a España, por motivos familiares, sin ser autorizado a ello. A través del gestor de viajes de la empresa que tramita los billetes de avión, el demandante cambió la fecha del billete que tenía previsto para volver a España el 1 de abril de 2020 a f‌in de disfrutar del permiso de cuatro días, adelantando su regreso a España del 15 al 16 de marzo de 2020, sin que desde entonces volviera

    a reincorporarse a su puesto de trabajo en Chile, manteniendo diversos correos electrónicos sobre trabajo con la empresa.

  7. - A partir de entonces el proyecto de Chile quedó sin responsable de control y calidad en dicho país, sin que el actor pudiera ser sustituido por otro trabajador, conforme a las rotaciones de personal, debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, teniendo que seguir abonando el alquiler de su vivienda en dicho estado a la espera de que se reincorporara nuevamente.

  8. - El 16 de marzo de 2020 la empresa habilitó el teletrabajo para aquellos trabajadores que pudieran hacerlo, proporcionando el contacto con un responsable de la empresa para aquellos otros que no pudieran teletrabajar y tuvieran que desplazarse.

  9. - La empresa procedió a la apertura de un expediente contradictorio para la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves, a tenor del art. 53 del convenio de aplicación, que comenzó con un pliego de cargos de fecha 18 de marzo de 2020 en el que se ponía de manif‌iesto que la conducta del trabajador podía ser constitutiva de una falta muy grave sancionable conforme al art. 51.E) del convenio, concediéndole un plazo de tres días para formular alegaciones. El tenor literal del pliego de cargos es el siguiente:

    "Muy Sr. Nuestro:

    Por medio de la presente ponemos en su conocimiento que la Dirección de DIRECCION001, (en adelante, "la Empresa" o "la compañía") ha tomado la decisión de proceder a la apertura de una expediente contradictorio al objeto de determinar la posible comisión por su parte de los hechos que se describen a continuación y que, de conf‌irmarse, podrían ser constitutivos de una infracción laboral de carácter muy grave, susceptible de ser sancionada con una suspensión de empleo y sueldo de hasta 60 días e, incluso, con el despido disciplinario, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 C) del Convenio Colectivo del Sector para la industria del Metal del Principado de Asturias.

    Como sabe, usted viene prestando servicios para la Empresa desde el día 30 de julio de 2015 desarrollando las funciones propias de su puesto de trabajo como responsable de Control y Calidad de diversos proyectos en los que usted ha estado involucrado en la división de Energía y plantas industriales y la línea de negocio de Proyectos de industria y Medio Ambiente. Actualmente, y desde el día 10 de septiembre de 2019, usted se encuentra desplazado en Chile y adscrito al proyecto del EPC de la planta de motores de 150 MW de Llanos Blanco, desarrollando principalmente las siguientes funciones (entre otras):

    . Funciones de carácter técnico tales como control documentado del estado de la obra, supervisar y garantizar los alineamientos del terreno, asegurar la calidad de los procesos, general informes y reportes respecto de la situación de la obra, analizar y diseñar planes de mejora y ejecutar acciones de seguimiento y control en terreno.

    . Dirigir todas las actividades relacionadas con asegurar la calidad de los procesos dentro de la compañía.

    . Formular y divulgar las políticas de calidad que deben seguirse dentro de la empresa.

    . Controlar y vigilar las políticas de calidad que deben seguirse dentro de la empresa.

    . Controlar y vigilar el cumplimiento de las políticas de calidad establecidas.

    . Elaborar y/o apoyar la correcta elaboración de registros y documentos, promoviendo el trabajo en equipo en su redacción e implantación.

    . Vinculación con las distintas personas o entidades (partes interesadas internas y externas del proyecto), para

    apoyar el cumplimiento de los objetos del Plan de Calidad.

    . Registrar resultados de ensayos de obra y coordinar su correcta ejecución de acuerdo a Normas y requisitos del proyecto.

    . Apoyar la detección y control de riesgos en el cumplimiento de objetivos claves para la calidad y en la correcta ejecución de las partidas de obra.

    . Promover la actualización y reenfoque periódico del Plan de Calidad, de acuerdo al avance y particularidades de la ejecución del proyecto.

    . Coordinar la ejecución de las auditorías al Plan de Calidad, motivar al personal y promover su competencia, para lograr la correcta implementación del plan de Calidad.

    Como usted conoce, el equipo de trabajo de la Empresa en el citado Proyecto en Chile está integrado por un total de 156 trabajadores de los cuales usted tiene la condición de...

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