SAP Barcelona 341/2021, 1 de Marzo de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 01 Marzo 2021 |
Número de resolución | 341/2021 |
Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08071
TEL.: 938294451
FAX: 938294458
N.I.G.: 0801942120178119321
Recurso de apelación 1606/2020-2ª
Materia: Juicio Ordinario
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona
Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario (Contratación art. 249.1.5) 2894/2018
Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 0661000012160620
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.
Beneficiario: Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Concepto: 0661000012160620
Parte recurrente/Solicitante: BANCO DE SABADELL, S.A.
Procurador/a: Ana Belen Porta Bonillo
Abogado/a: Agustí Figueras Sabater
Parte recurrida: Bernarda, Aureliano
Procurador/a: Fernando Bertran Santamaria
Abogado/a: Susana Moreno De Lamo
Cuestiones.- Nulidad cláusula gastos, sin restitución de cantidades. Impugnación de la condena en costas. SENTENCIA núm.341/2021
Ilmos. Sres. Magistrados
DON JOSE MARIA RIBELLES ARELLANO
DON LUIS RODRÍGUEZ VEGA
DOÑA MARTA CERVERA MARTÍNEZ
En Barcelona a uno de marzo de dos mil veintiuno.
Parte apelante : Bernarda, Aureliano
Parte apelada : BANCO SABADELL S.A.
Resolución recurrida : Sentencia -Fecha: 24 de febrero de 2020 -Demandante: Bernarda, Aureliano -Demandada: BANCO SABADELL S.A.
El fallo de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:
"Que ESTIMO la demanda interpuesta por D. Aureliano y DÑA. Bernarda contra BANCO SABADELL, S.A y en consecuencia:
1) Declaro la nulidad por abusivas las cláusula relativa a la imposición de gastos y tributos al prestatario de la escritura de fecha 25 de Enero de 2000. Sin pronunciamiento expreso en cuanto a las costas procesales." SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la demandante. Del recurso se dio traslado a la parte demandada para que presentara escrito de oposición. TERCERO.- Recibidos los autos originales y formado en la Sala el Rollo correspondiente, se procedió al señalamiento de día para votación y fallo, que tuvo lugar el pasado 25 de febrero de 2021.
Es ponente el Ilmo. Sr. DON JOSE MARIA RIBELLES ARELLANO.
Términos en los que aparece determinado el conflicto en esta instancia.
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La parte actora interpuso demanda solicitando la nulidad de la estipulación del contrato de préstamo hipotecario suscrito con la entidad demandada relativa a los gastos del contrato, solicitando, como efecto de la nulidad, "con los efectos inherentes a la declaración de nulidad" .
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Opuesta la demandada, la sentencia estima la demanda, declara la nulidad de la cláusula, sin restitución de cantidades, sin imposición de costas.
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La sentencia es recurrida por la actora, que impugna el pronunciamiento relativo a las costas procesales, que entiende deben ser impuestas a la demandada de conformidad con el principio del vencimiento del artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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La demandada se opone al recurso y solicita que se confirme la sentencia por sus propios fundamentos.
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