STSJ Aragón 129/2021, 2 de Marzo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Marzo 2021
Número de resolución129/2021

Sentencia número Desconocido

Demanda número 13/2021

MAGISTRADOS/A ILMOS/A. Sres/a:

Dª. MARÍA-JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

  1. JOSÉ-ENRIQUE MORA MATEO

Dª. ELENA LUMBRERAS LACARRA

En Zaragoza, a dos de marzo dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres/a. indicados al margen y presidida por la primera de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el proceso número 13 de 2021, seguido en instancia única ante esta Sala, en virtud de demanda de Despido Colectivo, siendo presentada por D. Edemiro, D. Bruno y D. Efrain, en su calidad de delegados de personal de la empresa ZUFRISA, contra ZUFRISA S.A., INDULLEIDA S.A., NUFRI SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 1596 DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A.P.A. Nº 118, NUFRI S.L, CERTIPLANT S.L. y MANUFRI S.L. Siendo parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. ELENA LUMBRERAS LACARRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El seis de enero de dos mil veintiuno tuvo entrada en la Secretaría de esta Sala demanda de despido colectivo, en la que se exponían los hechos y fundamentos de derecho que en la misma constan, terminando con la súplica de que se dictara sentencia por la que "1º) se declare la nulidad del despido colectivo comunicado a la representación de los trabajadores en fecha 3/12/2020, condenando a las codemandadas, solidariamente, a readmitir a los trabajadores en sus puestos de trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir. 2º) Subsidiariamente, se declare no ajustado a derecho el citado despido colectivo. 3ª) Se declare, en todo caso, la responsabilidad solidaria de todas las codemandadas respecto de las consecuencias del despido colectivo".

SEGUNDO

- Con fecha 15 de enero de 2021 se dictó decreto y se señaló para la celebración del acto de la vista el día 23 de febrero de 2021, con citación de las partes, a cuyo acto, celebrado en la fecha indicada, ha comparecido la parte demandante D. Bruno, D. Edemiro y D. Efrain, asistidos por el Letrado D. David Burgos Marco, ZUFRISA S.A., asistida de la Letrada Dª. María Bergua Torregrosa, D. José María Bosch Alegre en representación de INDULLEIDA S.A., asistida por la Letrada Dª. Teresa Vilarrubias Darna, D. Esteve Subirá Forcada en representación de NUFRI S.L. y Dª María Carmen Sanahuja Albareda en representación de NUFRI, Sociedad Agraria de Transformación, número 1596, asistidas ambas por el Letrado D. Max Arias Blázquez, y las

empresas CERTIPLANT S.L. y MANUFRI S.L., asistidas y representadas por el Letrado D. Max Arias Blázquez. No compareció el Ministerio Fiscal.

En el acto del juicio las partes hicieron sus manifestaciones tal como consta en la grabación audiovisual llevada a cabo, practicándose la prueba propuesta, concluyendo con las manifestaciones igualmente recogidas en la grabación.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

La empresa ZUFRISA SA, con domicilio social en Ctra. Madrid-Barcelona, KM 277 (50.280 Calatorao, Zaragoza) cuenta con 31 trabajadores. Se dedica a la fabricación de zumos de fruta y productos derivados, en concreto la elaboración, mezcla y comercialización de purés cremogenados y concentrados de frutas así como la elaboración de zumo simple de cítricos (sin concentrar).

Con fecha 5 de noviembre de 2020 la empresa comunicó al Comité de Empresa la intención de iniciar Expediente de Regulación de Empleo por causas económicas, y la extinción prevista de 26 trabadores comunicando la apertura de periodo de consultas, conteniendo la siguiente información:

a) La especif‌icación de las causas del despido colectivo, conforme a lo establecido en el artículo 1. del RD 1483/ 2012.

b) Número y clasif‌icación profesional de los trabajadores afectados por el despido.

e) Número y clasif‌icación profesional de los trabajadores empleados habitualmente en el último año.

d) Período previsto para la realización de los despidos.

e) Criterios tenidos en cuenta para la designación de los trabajadores afectados por los despidos.

f) Copia de la comunicación dirigida a los trabajadores o a sus representantes por la dirección de la empresa de su intención de iniciar el procedimiento de despido colectivo.

Acompañando a la comunicación la memoria explicativa de las causas del despido colectivo, según lo establecido en los artículos 4 y 5, del RD 1483/2012.

Adjuntándose: documentación auditada de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios completos.

Como causas del despido colectivo se alegaron las siguientes: El motivo principal invocado es el importe de la pérdida sufrida en el último ejercicio cerrado (1 de mayo de 2019 a 30 de abril de 2020) que ascendió a 1.142.335,43 euros, originada, entre otros motivos, por la reducción de la campaña de transformación de naranja y clementina.

SEGUNDO

El 5 de Noviembre de 2020 se inició el período de consultas de ERE (Expediente de Regulación de Empleo) basado en causas económicas para proceder al despido de 26 empleados entre el 9 de diciembre de 2020 y el 1 de agosto de 2021. Con fechas 5/11/2020, 12/11/2020, 17/11/2020 y 20/11/2020 (esta última en el Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje) se celebraron las reuniones propias del período de consultas, que f‌inalizó sin acuerdo (documentos 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 del EJE).

En la reunión del día 17 de noviembre de 2020 la RLT solicitó a la parte empresarial información económica y patrimonial del grupo Nufri e Indulleida SA comentando la representación empresarial que son personas jurídicas diferentes de Zufrisa SA y que es información adicional a la exigida en el Estatuto de los Trabajadores artículo 50 para los despidos colectivos y RD 1483/2012 artículos 3 a 6 y que hasta este momento se ha entregado a la RLT la documentación legal preceptiva en materia de despidos colectivos (Acta de la reunión de 17 de noviembre de 2020)

El día 3 de diciembre de 2020 la empresa notif‌ica a los representantes de los trabajadores, D. Edemiro, D. Bruno y D. Efrain, su decisión de despedir a 26 trabajadores según calendario que adjunta (documento 10 del EJE).

El día 18 de diciembre de 2020 D. Rafael, trabajador de Nufrisa, SA y afectado por el ERE, presenta su baja voluntaria con efectos del día 31 de diciembre de 2020 (documento nº 7 de la prueba documental de Zufrisa SA).

TERCERO

En la negociación del ERE intervino, por parte de ZUFRISA SA, D. Roman, Responsable de Recursos Humanos de la empresa NUFRI SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 1596 DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ante la negativa de D. Severiano, Director General de Zufrisa, a participar en el proceso negociador, por las razones que expone en la carta que dirige el día 2 de noviembre de 2020 al Sr. Victoriano (Consejero Delegado de Zufrisa) (documento nº 4 de la prueba documental de Zufrisa, SA). Por este servicio Nufri SAT

1596 facturó a Zufrisa la cantidad de 1.633,50 euros (1.350,00 más IVA) (documento nº 2 prueba documental de Nufri SAT Nª 1596).

CUARTO

En cuanto a las cifras económicas de Zufrisa, según los Informes de Auditoría (documentos 4, 5 y 6 de la prueba documental de la parte actora e informe pericial de Zufrisa, documento nº 10 de su prueba documental):

-Ejercicio anual terminado el 30 de abril de 2017: el importe neto de la cifra de negocios es de 11.367.309,92 euros y el benef‌icio generado es de 55.692,63 euros.

-Ejercicio anual terminado el 30 de abril de 2018: el importe neto de la cifra de negocios es de 13.478.944,28 euros y el benef‌icio generado es de 92.197,97 euros.

-Ejercicio anual terminado el 30 de abril de 2019: el importe neto de la cifra de negocios ascendió a 8.770.540,99 euros y el benef‌icio generado a 119.959,89 euros.

En el ejercicio 2019-2020 Zufrisa, cerrado a 30 de abril de 2020, arrojó un resultado negativo de 1.142.33543 euros. En este ejercicio ha aumentado el importe neto de la cifra de negocios en un 65% pasando a ser de 9.344.863,35 euros, mientras que la cifra de existencias f‌inales ha experimentado una disminución de

2.265.734 euros.

En el ejercicio 2018/2019 las existencias estaban valoradas en 3.229.54925 euros mientras en el ejercicio 2019/2020 están valoradas a -2.178.03295 euros.

La sociedad Zufrisa durante el ejercicio 2019/2020 ha realizado la mayoría de las ventas a empresas del grupo Indulleida, SA y Nufri SAT 1596 ascendiendo a un total del 93,69%. La dependencia de Zufrisa respecto de las sociedades del grupo para realizar transacciones comerciales es prácticamente total (Memoria explicativa de las causas económicas de extinción de contratos de trabajo, documento nº 3 de la parte actora).

QUINTO

La empresa Zufrisa SA presentó en marzo de 2020 un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) por causas organizativas y de producción por fuerza mayor como consecuencia del COVID 19 solicitando suspender/reducir la jornada de los contratos de trabajo de 21 personas por el período comprendido entre el 30 de marzo de 2020 y el día 1 de julio de 2020, fecha en la que se presentó la renuncia total al expediente de regulación temporal de empleo. Las causas motivadoras del ERTE fueron la carencia de suministro de materia prima: fruta fresca debido a que los principales proveedores de la empresa: NUFRI y su grupo, Orchard Fruit Company, SL, cooperativas de la zona y Luis Antonio son operadores de distribución nacional e internacional y debían cumplir con lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de abastecimiento alimentario.

SEXTO

Los principales accionistas de Zufrisa SA son: Indulleida, SA, que posee el 5995% del capital social y A.N. Soc. Cooperativa que posee el 1396% del capital social. A su vez la sociedad SAT Nª 1596 Nufri RL es el accionista mayoritario de Indulleida, SA (Cuentas Anuales e Informe de gestión correspondientes al ejercicio anual terminado el 30 de abril de 2020,...

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