STSJ Comunidad Valenciana 64/2021, 12 de Enero de 2021

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2021:417
Número de Recurso2179/2020
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución64/2021
Fecha de Resolución12 de Enero de 2021
EmisorSala de lo Social

Recurso de Suplicación 2179/2020

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de Suplicación 002179/2020

Ilmas. Sras.

Dª Inmaculada C. Linares Bosch, presidente Dª Mª Esperanza Montesinos Llorens

Dª Ana Sancho Aranzasti

En Valencia, a doce de enero de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 000064/2021

En el Recurso de Suplicación 002179/2020, interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de septiembre de 2020, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 18 DE VALENCIA, en los autos 001138/2019, seguidos sobre Despido-Relación Laboral Temporal, a instancia de

D. Fidel asistido por el letrado D. Fernando Peralta Ortega, contra el ORGANISMO AUTÓNOMO MUNICIPAL PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS I ORQUESTA DE VALENCIA asistido por el letrado D. Daniel Mico Bonora, y en los que es recurrente D. Fidel, ha actuado como ponente la Ilma. Sra. Dª. Inmaculada C. Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: DESESTIMANDO la demanda presentada por D. Fidel contra ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y

ORQUESTA DE VALENCIA., y en su consecuencia ABSUELVO a la demandada de todas

las pretensiones deducidas en su contra. ".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "1º.- La parte actora

D. Fidel ha prestado sus servicios por orden y cuenta del ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS

Y ORQUESTA DE VALENCIA (en adelante OAM) en virtud de los siguientes contratos y condiciones laborales: (folios 113 a 119 de los autos Tomo II) -En fecha 31.07.2015 el actor suscribió con la OAM contrato laboral especial de alta dirección como Subdirector de Música del OAM Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia, estableciéndose las siguientes funciones: a) Asumir la programación musical del Palau, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los órganos de gobierno del OAM; b) Elaborar, conjuntamente con el Director

de la Orquesta de Valencia, la programación de ésta y someterla a la Comisión de Programación de la Orquesta;

  1. Organizar aquellas actividades de la Orquesta tales como actuaciones en foso, tournées nacionales e internacionales, grabaciones discográf‌icas, actuaciones en otros teatros y auditorios, etc., d) Las demás funciones y cometidos que se determinen en los Estatutos Rectores y en la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo. La retribución anual pactada es de 65.000,00 € percibidos prorrateados en 14 pagas al año (salario mensual de 4.642,86 €), cantidad que queda consignada en la aplicación presupuestaria 330/131.00 "Retribuciones Laboral Temporal" de los Presupuestos. La duración estipulada fue de un año, f‌inalizando el

13.08.2016. -En fecha 29.07.2016 el actor suscribió con la OAM contrato laboral especial de alta dirección como Subdirector de Música del OAM Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia, estableciéndose las siguientes funciones: a) Preparar la programación musical del Palau para que el Director del OAM proceda a su elaboración def‌initiva y la eleva, a través de la Presidencia, a su oportuna aprobación por el Consejo de Administración; b) Preparar, conjuntamente con el Director de la Orquesta de Valencia, la programación de los conciertos de dicha formación musical, para que el Director del OAM proceda a su elaboración def‌initiva y la eleva, previo conocimiento de la Junta de Programación y a través de la Presidencia, a su oportuna aprobación por el Consejo de Administración; c) Ostentar, asistido por la Secretaría Técnica y subordinado al Director de la OAM, la Jefatura funcional inmediata de los profesores de la Orquesta de Valencia; d) Organizar, bajo la supervisión del Director de la OAM, aquellas actividades de la Orquesta de Valencia, tales como actuaciones en foso, giras nacionales e internacionales, grabaciones discográf‌icas, actuaciones en otros teatros y auditorios (para lo cual, y previa visita a dichos recintos, procederá a su oportuna inspección), sin perjuicio de que, para la realización de dichas actividades, la decisión def‌initiva corresponda a la Presidencia del organismo; e) Las demás funciones y cometidos que se determinen en los Estatutos Rectores y en la Relación de

Puestos de Trabajo del Organismo. La retribución anual pactada es de 65.000,00 € percibidos prorrateados en 14 pagas al año (salario mensual de 4.642,86 €), cantidad que queda consignada en la aplicación presupuestaria 330/131.00 "Retribuciones Laboral Temporal" de los Presupuestos. La duración estipulada es de un año, pactándose la prórroga por anualidades sucesivas y hasta un máximo de dos prórrogas automáticamente. 2º.- La retribución mensual del actor ha sido de 5.470 €, incluida la prorrata de pagas extras (hecho conforme) (folios 121 a 123 de los autos Tomo II) 3º.- El actor dejó de prestar servicios para el OAM el 14.08.2019 (informe de vida laboral obrante en autos y folio 60 de los autos Tomo I). El Director de Recursos Humanos del OAM y el Director del OAM no f‌irmaron ni notif‌icaron cese alguno al actor (prueba de interrogatorio de testigos) 4º.- El actor en fecha 25.07.2019 mantuvo una reunión con la Presidenta Delegada de la OAM para tratar el tema de la nueva contratación del Subdirector de Música del OAM, por la f‌inalización en fecha 13.02.2029 del contrato que el actor suscribió con el demandado, haciéndole entrega al actor de un informe jurídico de fecha 22.07.2029 elaborado por el subdirector de gestión y secretario del OAM relativo a las exigencias jurídicas que requiere la contratación del Subdirector de Música del OAM (folios 53 a 55, 73 y 74 de los autos Tomo I., y prueba de interrogatorio de testigo) 5º.- El letrado de la parte actora emitió informe jurídico sobre el contrato del actor destinado al OAM el 29.07.2019, informando favorablemente respecto de una nueva prórroga del contrato de alta dirección vigente en dicha de fecha. (folio 111 de los autos Tomo II) 6º.-En la Relación de Puestos de Trabajo del OAM años 2016, 2017, 2018 y 2019 f‌igura el puesto de Subdirector de Música junto con el de Director como de Libre Nombramiento (LN) (folios 110 vuelto a 112 de los autos Tomo

I). Conforme al artículo 20.3 y 20.1 de los Estatutos Rectores del Organismo Autónomo Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia, la plantilla y relación de puestos del Organismo determinará la naturaleza jurídica del puesto de Subdirector de Música del Palau, pudiéndose reservarse a personal eventual, laboral o funcionarial (folio 129 vuelto de los autos Tomo II) 7º.- Con anterioridad al primer contrato de alta dirección suscrito por el actor como subdirector de Música con el OAM, dicho puesto fue cubierto por D. Lázaro, en virtud de 6 contratos de alta dirección de duración bianual y uno de duración anual durante el período de 01.02.2002 a 13.08.2015 (folios 53 a 69 de los autos Tomo II) 8º.- Conforme a los Estatutos Rectores del Organismo Autónomo Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia", éste es una entidad de derecho público de naturaleza institucional, dependiente del municipio de Valencia, y adscrito a la Delegación de Cultura. Tiene carácter administrativo a efectos de su régimen presupuestario y contable (art. 1.1) (folio 125 de los autos Tomo II) 9º.- Conforme al artículo 20.1 de los Estatutos Rectores del Organismo Autónomo Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia, al Subdirector de Música le corresponden las funciones y cometidos que determine la

relación de puestos de trabajo del Organismo y, en todo caso, la formulación de iniciativas y preparación de la programación de los conciertos de la Orquesta, sean en el propio Palau o en otras salas para someterla al conocimiento de la Junta de Programación. Subordinado al Director del organismo, ostenta la Jefatura funcional inmediata de los profesores de la Orquesta (folio 129 vuelto de los autos. Tomo II) 10º.- El actor asistía habitualmente a las sesiones del Consejo de administración del OAM, en su condición de subdirector de Música, sin que conste indicación expresa del Presidente. (folios 8 a 51 de los autos. Tomo II) . Conforme al artículo 15.2 b) de los Estatutos Rectores del Organismo Autónomo Palau de la Música, Congresos y Orquesta

de Valencia, podrá asistir a las sesiones del Consejo, previa indicación expresa de su Presidente, el subdirector de Música. (folio 138 de los autos Tomo

II) 11º.- El actor ha ordenado pagos del OAM en calidad de cuentadante durante al menos los años 2018 y 2019. (folios 93 a 102 de los autos Tomo II) 12º.- El actor ha representando al OAM en su condición de Subdirector de Música tanto en actividades de la Orquesta de Valencia a nivel nacional como internacional (folios 69 a 90 de los autos Tomo II. Prueba de interrogatorio de testigos) 13º.- El actor preparaba y elaboraba la programación musical del Palau tanto nacional como internacional conjuntamente con el Director, para su aprobación por el Consejo de Administración, siendo la programación musical la actividad fundamental del OAM (prueba de interrogatorio de testigos) 14º.- El actor no llevaba control horario en su puesto de trabajo ni solicitaba vacaciones, permisos, ni comunicaba sus salidas de viaje con excepción de algunas por motivos de seguridad, a la dirección de recursos humanos del OAM (prueba de interrogatorio de testigos) 15º.- El

01.07.2016 se acordó por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valencia el nombramiento de D. Maximiliano como Director del OAM (folios 135 a 139 de los autos) El director de la OAM integra el Consejo de Administración del Organismo (art. 14 de los Estatutos Rectores) (folio 127 vuelto de los autos). 16º.- La parte actora no ostenta ni ha ostentado en el año...

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